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Documento BOE-A-2012-15513

Resolución de 11 de diciembre de 2012, de la Secretaría de Estado de Cultura, por la que se conceden subvenciones para la promoción de la lectura y las letras españolas, correspondientes al año 2012.

Publicado en:
«BOE» núm. 308, de 24 de diciembre de 2012, páginas 87350 a 87356 (7 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2012-15513

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo establecido en el artículo 25 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; los artículos 62 a 64 de su Reglamento, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio; el artículo 7 de la Orden CUL/2912/2010, de 10 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de las subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva del Ministerio de Cultura y el apartado duodécimo de la Resolución de 18 de junio de 2012, de la Secretaría de Estado de Cultura, por la que se convocan subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para la promoción de la lectura y las letras españolas, correspondientes al año 2012, esta Secretaría de Estado ha resuelto:

Primero.

Hacer pública la composición de la Comisión de Valoración que se celebró el día 10 de octubre y quedó constituida de la siguiente manera:

Presidenta: Doña María Teresa Lizaranzu Perinat, Directora General de Política e Industrias Culturales y del Libro.

Vicepresidenta: Doña Mónica Fernández Muñoz, Subdirectora General de Promoción del Libro, la Lectura y las Letras Españolas.

Vocales: Doña Marta Sáenz Báscones, Jefa de Área de Promoción del Libro y la Lectura de la Subdirección General de Promoción del Libro, la Lectura y las Letras Españolas; doña Isabel Ruiz de Elvira Serra, Subdirectora Adjunta de Promoción del Libro, la Lectura y las Letras Españolas; doña Carmen Campos García del Instituto Nacional de Tecnologías Educativas y Formación del Profesorado del MECD; doña Gemma Lluch Crespo, profesora de la Facultad de Filología, Traducción y Comunicación de la Universidad de Valencia; don David Durán Gisbert, profesor del Departamento de Psicología de la Educación de la Universidad Autónoma de Barcelona; don Luis González Martín, Director General Adjunto de la Fundación Germán Sánchez Ruipérez; don Carlos García-Romeral Pérez, Jefe de la Unidad de Bibliotecas Públicas, representante de la Comunidad de Madrid; don Unai Cuevas Arano, técnico de la Dirección General de Patrimonio Cultural, representante de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Secretaria: Doña Cristina Alarcó Ubach, Jefa de Servicio de Promoción de la Lectura de la Subdirección General de Promoción del Libro, la Lectura y las Letras Españolas.

Se hace constar que todos los integrantes de la misma manifestaron su conformidad personal para ser designados miembros de este órgano colegiado.

Segundo.

Previo informe de la Comisión de valoración, que ha aplicado los criterios de valoración establecidos en el apartado noveno de la Resolución de 18 de junio de 2012, y una vez aprobada la Propuesta de resolución definitiva, conceder subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva en el año 2012 a 55 entidades y a 62 proyectos, por un importe de cuatrocientos treinta y siete mil trescientos setenta y ocho euros (437.378,00 €), con cargo a la aplicación presupuestaria 18.13.481.15 del programa 334B. Dichas entidades constan en el documento que como anexo acompaña a la presente orden, habiendo sido excluidas o desestimadas el resto de las solicitudes formuladas correspondientes a 2012, o habiendo expresado su desistimiento o renuncia formalmente.

Las cuantías concedidas como subvención para cada proyecto sólo podrán destinarse para las finalidades concedidas, no pudiendo trasvasarse cantidades de uno a otro proyecto, cumpliendo en cada caso las normas de justificación detalladas en los anexos I y II de la Resolución de 18 de junio de 2012. Asimismo, de conformidad con lo establecido en el apartado decimosexto e), deberá constar el patrocinio del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte en toda la documentación impresa de la actividad subvencionada.

Esta orden es definitiva en la vía administrativa y contra la misma cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 11.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su notificación a los beneficiarios, o al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado para el resto de los interesados.

Asimismo, la presente orden podrá ser recurrida potestativamente en reposición, en el plazo de un mes y ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 11 de diciembre de 2012.–El Secretario de Estado de Cultura, P.D. (Orden ECD/465/2012, de 2 de marzo), la Directora General de Política e Industrias Culturales y del Libro, María Teresa Lizaranzu Perinat.

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