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Documento BOE-A-2012-15739

Orden AAA/2807/2012, de 21 de diciembre, por la que se fijan los precios públicos por la realización de servicios de los laboratorios de sanidad y genética animal.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 313, de 29 de diciembre de 2012, páginas 89463 a 89467 (5 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2012-15739
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/2012/12/21/aaa2807

TEXTO ORIGINAL

El Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, dispone de una serie de laboratorios encargados de la realización de análisis en materia de sanidad animal y de genética molecular, planificados, coordinados y dirigidos técnicamente por la Dirección General de Sanidad de la Producción Agraria, de acuerdo con el artículo 9.1.g) del Real Decreto 401/2012, de 17 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente. Entre ellos se encuentran el Laboratorio Central de Sanidad Animal y el Centro Nacional de Genética Molecular, sitos ambos en Algete (Madrid), y el Laboratorio Central de Sanidad Animal, sito en Santa Fe (Granada), cuyos servicios generan un coste adicional no imputable al normal desarrollo de la gestión administrativa.

Pues bien, la Ley 8/1989, de 13 de abril, de tasas y precios públicos, establece en el título III, las normas sobre concepto, cuantía, fijación y administración de los precios públicos. En su artículo 24 define estos últimos como las prestaciones pecuniarias que se satisfagan por la prestación de servicios o realización de actividades en régimen de Derecho Público cuando, prestándose también tales servicios o actividades por el sector privado, sean de solicitud voluntaria por parte de los administrados.

Las solicitudes de análisis para realizar las actividades anteriormente reseñadas se han incrementado en los últimos años, así como la complejidad de los métodos analíticos utilizados, lo que hace necesario la normalización en la realización de las actividades analíticas y la adecuación de su gestión económico-administrativa a las normas vigentes en materia de gastos e ingresos públicos. Por ello parece aconsejable dictar una orden que fije los precios públicos, que han de regir en las citadas actuaciones, habida cuenta de que en el artículo 26.1 a) de la Ley 8/1989, de 13 de abril, se establece que el establecimiento o modificación de los precios públicos se hará por orden del Departamento ministerial del que dependa el órgano que ha de percibirlos y a propuesta de este.

En su virtud, y conforme a lo previsto en el artículo 26.1 de la Ley 8/1989, de 13 de abril, resuelvo:

Primero.

La presente orden tiene como objeto establecer los precios públicos por la realización de las actividades contempladas en el anexo. Estos precios públicos han sido calculados de manera que cubran como mínimo los costes económicos del servicio realizado.

Dichas cuantías se verán incrementadas por la aplicación del tipo del Impuesto sobre el Valor Añadido que legalmente corresponda.

El importe de los precios que se fija en el anexo de esta orden se podrá actualizar, con efectos de 1 de enero de cada año, total o parcialmente. Para efectuar dicha actualización se tendrá en cuenta la evolución del Índice de Precios al Consumo que publique el Instituto Nacional de Estadística u organismo que le sustituya.

Segundo.

La solicitud de los servicios a prestar podrá cursarse en el modelo que a tal efecto se establezca por la Dirección General de Sanidad de la Producción Agraria, que estará disponible en la página web del Departamento.

Tercero. Ingreso y devolución.

1. El pago de los precios públicos se realizará mediante el ingreso de su importe en el Tesoro Público por los medios previstos en el Reglamento General de Recaudación, aprobado mediante Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, presentándose junto con la solicitud de análisis la correspondiente justificación de dicho ingreso.

2. En caso de que no pudiera efectuarse una prestación determinada, procederá la devolución del importe que corresponda.

Cuarto. Descuentos o reducciones.

1. En el caso de que una misma persona, física o jurídica, solicite de una vez la realización de un número de análisis, se aplicarán los siguientes descuentos:

a) Más de 0 y menos de 10: 0%.

b) Más de 11 y menos de 100: 10%.

c) Más de 101 y menos de 1.000: 20%.

d) Más de 1.001 y menos de 5.000: 30%.

e) Más de 5.001 y menos de 10.000: 40%.

f) Más de 10.001 y menos de 50.000: 50%.

g) Más de 50.001: 70%.

2. Cuando las determinaciones que se soliciten se refieran a animales propiedad de cualquier Administración Pública española, estarán exentas del pago de los precios públicos correspondientes.

Asimismo, estará exceptuado del pago del precio público correspondiente el genotipado de los animales ovinos que se lleve a cabo a solicitud de la entidad gestora del Libro Genealógico de la raza correspondiente, oficialmente reconocidas de acuerdo con el Real Decreto 2129/2008, de 26 de diciembre, por el que se establece el Programa nacional de conservación, mejora y fomento de las razas ganaderas, y el genotipado se efectúa en el marco del programa de selección geneática aprobado de acuerdo con la normativa aplicable respecto del Programa nacional de selección genética para la resistencia a las encefalopatías espongiformes transmisibles en ovino.

Quinto.

Los actos administrativos derivados de la gestión y recaudación de los precios públicos objeto de la presente orden podrán ser impugnados en la forma y plazos que establecen los artículos 107 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sexto.

La presente orden surtirá efectos a partir del día 1 de enero de 2013.

Madrid, 21 de diciembre de 2012.–El Ministro de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, Miguel Arias Cañete.

ANEXO

CUANTÍAS

A. Sanidad animal

Actividad a realizar

Total

Euros

1. Diagnóstico molecular

 

1.1 Determinación por PCR convencional

30

1.2 Determinación por PCR tiempo real

53

1.3 Tipificación por PCR

60

1.4 PCR + Secuenciación producto PCR hasta 600 pb

250

1.5 Secuenciación + Filogenia

1.300

2. Diagnóstico serológico

 

2.1 Determinación serológica por ELISA

40

2.2 Determinación serológica por Fijación de Complemento

55

2.3 Determinación serológica por Agar Gel Inmunodifusión

25

2.4 Determinación serológica por Seroneutralización

45

2.5 Determinación serológica por Inhibición de la Hemoaglutinación

25

2.6 Determinación serológica por aglutinación

6

2.7 Determinación serológica por aglutinación en placa

6

2.8 Determinación serológica por NPLA diferencial de Pestivirus (PPC, BD, DVB)

72

2.9 Estudios serológicos de patógenos bacterianos

30

3. Detección/Identificación antigénica

 

3.1 Aislamiento vírico en huevo embrionado y hemoaglutinación

80

3.2 Aislamiento viral en células

60

3.3 Caracterización de virus Influenza por IH e IN

70

3.4 Caracterización de Paramyxovirus por IH

45

3.5 Aislamiento en cultivos celulares de virus de peces

118

3.6 Aislamiento en cultivos celulares de virus de peces + identificación por Seroneutralización

146

3.7 Inmunofluorescencia Indirecta de virus de peces

88

3.8 Determinación virológica por ELISA

40

3.9 Aislamiento e identificación de Salmonella spp

25

3.10 Serotipado de Salmonella spp

45

3.11 Aislamiento e identificación de Brucella spp

25

3.12 Aislamiento e identificación de Mycobacterium spp

25

3.13 Aislamiento e identificación de Mycoplama spp

25

3.14 Aislamiento e identificación de otros agentes bacterianos

30

3.15 Aislamiento e identificación de Campylobacter termófilos

17

3.16 Aislamiento e identificación E. coli no verotoxigénico

12

3.17 Aislamiento e identificación E. coli verotoxigénico

30

3.18 Aislamiento e identificación de Campylobacter fetus

29

3.19 Aislamiento e identificación de vibrio spp

29

3.20 Aislamiento e identificación de Metritis Contagiosa Equina por envío y animal

39

3.21 Aislamiento e identificación de Loque Americana

75

3.22 Aislamiento e identificación de Loque Europea

75

4. Determinación resistencias antimicrobianas

 

4.1 Determinación resistencias antimicrobianos Salmonella

31

4.2 Determinación resistencias antimicrobianos Salmonella con betalactamasas

75

4.3 Determinación resistencias antimicrobianos E.coli

31

4.4 Determinación resistencias antimicrobianos Campylobacter

40

4.5 Determinación resistencias antimicrobianos Staphylococcus aureus

31

5. Detección de toxinas

 

5.1 Investigación botulismo por bioensayo

410

6. Análisis parasitológicos

 

6.1 Parásitos (microscopía óptica)

46

6.2 Myxobolus cerebralis (digestión enzimática)

70

6.3 Identificación y recuento de Nosema spp. (microscopía óptica)

46

6.4 Identificación Varroosis

11

6.5 Identificación Acarapisosis (Acarapis woodi)

46

6.6 Identificación Ascosferosis (Ascosphera apis)

11

6.7 Identificación Tropilaelaps spp

11

6.8 Identificación Aethina tumida

11

7. Diagnóstico EETs

 

7.1 Pruebas rápidas diagnóstico EETs ELISA TeSeE

23

7.2 Pruebas rápidas diagnóstico EETs ELISA Idexx

44

7.3 Pruebas rápidas diagnóstico EETs WB Prionics

50

7.4 Pruebas Confirmatorias diagnóstico EETs WB OIE

128

7.5 Pruebas Confirmatorias diagnóstico EETs WB TeSeE

82

7.6 Pruebas Confirmatorias diagnóstico EETs IHQ

90

7.7 Pruebas Confirmatorias diagnóstico EETs Histología

43

7.8 Pruebas Discriminatorias diagnóstico EETs WB VLA

148

7.9 Pruebas Discriminatorias diagnóstico EETs WB CEA

239

8. Contrastación de kits

 

8.1 Contrastación kits de diagnóstico de ELISA

450

8.2 Contrastación de kits de diagnóstico de PCR según enfermedad:

 

Un agente o serotipo

500

Dos agentes o serotipos

750

Tres agentes o serotipos

1.000

Más de tres agentes o serotipos: consultar precio.

 

9. Control de vacunas

 

9.1 Control de vacuna antibrucelares

650

9.2 Control de vacuna antirrábica

650

10. Participación EIA

 

10.1 Participación en EIA PCR

300

10.2 Participación en EIA serología

250

10.3 Participación en EIA aislamiento salmonella

300

10.4 Participación en EIA serotipado salmonella

240

10.5 Participación en EIA aislamiento virus peces

350

11. Suministro de reactivos (gastos de envío no incluidos)

 

11.1 Sueros referencia (1ml)

100

11.2 Inóculos aislados virales

60

11.3 Virus inactivados para controles de PCR

150

12. Estancia de formación por persona y día

200

B. Genética animal

Actividad a realizar

Total

Euros

1. Análisis por PCR de Organismos Modificados Genéticamente:

 

1.1 Análisis de screening (detección de controles internos de planta, y de secuencias reguladoras o de selección) por gen analizado

50

1.2 Análisis de detección e identificación por PCR a tiempo real de secuencias específicas por gen analizado

60

1.3 Análisis cuantitativo por PCR a tiempo real: por OMG (están incluidas las operaciones descritas en 1.1 y 1.2)

180

2. Genotipado del gen PRNP en ganado ovino.

9

3. Genotipado mediante microsatélites.

14

4. Control de identidad y/o Filiación mediante microsatélites.

19

5. Análisis de polimorfismos de un solo nucleótido (SNPs) mediante BeadChips

20

* El precio no incluye el material del chip.

 

** El n.º de muestras siempre será múltiplo de las muestras que incluye el tipo de chip utilizado. Para otro n.º de muestras, consultar precio.

 

5. Participación en EIA

250

C. Residuos de medicamentos veterinarios

Actividad a realizar

Total

Euros

1. Preparación de muestras:

 

1.1 Para análisis con operaciones básicas o cuantificación de análisis, consistentes en operaciones convencionales de laboratorio (extracciones, destilaciones, mineralizaciones, etc.). Por cada muestra y cada determinación

10

1.2 Para procesos intermedios de mayor complejidad. Por cada muestra

25

2. Identificación y/o cuantificación de una sustancia, o grupo de sustancias, mediante técnicas instrumentales separativas (cromatografía de gases, de líquidos, electroforesis capilar, etc.):

 

2.1 Una sustancia

30

2.2 Entre 2 a 15 sustancias

40

2.3 Más de 15 sustancias

65

3. Identificación y/o cuantificación de una sustancia, o grupos de sustancias, mediante cromatografía de gases/espectrometría de masas y/o cromatografía de líquidos/masas

80

4. Participación en EIA

300

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 21/12/2012
  • Fecha de publicación: 29/12/2012
  • Fecha de entrada en vigor: 01/01/2013
  • Efectos desde el 1 de enero de 2013.
  • Fecha de derogación: 18/04/2015
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
Materias
  • Dirección General de Sanidad de la Producción Agraria
  • Genética
  • Laboratorios
  • Precios
  • Sanidad veterinaria

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