Visto el expediente de indulto de don Miguel Francisco Montes Neiro, condenado por la Audiencia Provincial de Granada, sección primera, en sentencia de 12 de febrero de 2009, como autor de un delito de robo con intimidación en concurso ideal con el delito de allanamiento de morada, a la pena cinco años de prisión; una falta de lesiones a la pena de multa de dos meses con una cuota diaria de diez euros; un delito de robo con violencia, a la pena de cuatro años de prisión; un delito de detención ilegal, a la pena de cuatro años de prisión, con las accesorias de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena; y una falta de lesiones, a la pena de dos meses de multa con una cuota diaria de diez euros, por hechos cometidos en el año 2006, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 20 de enero de 2012,
Vengo en indultar a don Miguel Francisco Montes Neiro las penas privativas de libertad pendientes de cumplimiento, dejando subsistentes las penas de multa y demás pronunciamientos contenidos en sentencia, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cinco años desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 23 de enero de 2012.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
ALBERTO RUIZ-GALLARDÓN JIMÉNEZ
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