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Documento BOE-A-2012-211

Orden CUL/3613/2011, de 14 de diciembre, por la que se conceden subvenciones para el fomento de proyectos culturales a desarrollar en los museos, correspondientes a 2011.

Publicado en:
«BOE» núm. 4, de 5 de enero de 2012, páginas 884 a 889 (6 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Cultura
Referencia:
BOE-A-2012-211

TEXTO ORIGINAL

La Orden CUL/2912/2010, de 10 de noviembre, establece las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva del Ministerio de Cultura y de sus organismos públicos. De acuerdo con ella, por Orden CUL/1782/2011, de 26 de mayo, fueron convocadas ayudas en régimen de concurrencia competitiva para la dotación de inversiones en los museos;

Vistas por el órgano instructor las solicitudes presentadas por las personas y entidades que han concurrido a la convocatoria y subsanadas las faltas y acompañados los documentos preceptivos, en aplicación del apartado octavo.3 de dicha Orden;

Vistos los expedientes por la Comisión de Valoración, compuesta de acuerdo a lo previsto en el apartado noveno.3 de la Orden de la convocatoria y designados sus miembros por Resolución de la Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales de 29 de septiembre de 2011 («Boletín Oficial del Estado» de 5 de octubre), y reunida al efecto en sesión celebrada el día 7 de octubre de 2011;

Vista la propuesta de resolución definitiva de 2 de diciembre de 2011, de la Subdirección General de Museos Estatales.

Habiendo sido valoradas las solicitudes con arreglo a los criterios establecidos en el apartado décimo de la Orden de convocatoria, y considerando la adecuación de los proyectos a las finalidades de la convocatoria y el interés cultural de las actividades propuestas dispongo:

Primero.

Conceder las subvenciones a las personas y entidades que se relacionan en el anexo I de la presente Orden para la realización de las actividades que en el mismo se mencionan y en las cuantías que, asimismo se señalan.

La concesión de las ayudas se hará con cargo a la siguiente aplicación presupuestaria:

Subvenciones para el fomento de proyectos culturales a desarrollar en museos: 24.03.333A. 485. 28.

En los supuestos de renuncia a la ayuda concedida o de no aceptación de la misma en plazo, el importe de la ayuda que no haya de ser recibido por los beneficiarios referidos en el anexo I será concedido a los beneficiarios relacionados en el anexo II de la presente Orden de concesión, siguiendo el orden de prelación establecido en el mismo. En este caso, la concesión de la ayuda será notificada individualmente a los solicitantes incluidos en el anexo II. Estos solicitantes dispondrán de un plazo de diez días a partir de la recepción de la notificación de la concesión para aceptar la ayuda por escrito. De no aceptarse la ayuda en dicho plazo se entenderá que renuncia a la misma.

Segundo.

Excluir el resto de las solicitudes presentadas.

Tercero.

El plazo máximo para realizar la actividad subvencionada se fija en el 30 de junio de 2012.

Cuarto.

Esta Orden pone fin a la vía administrativa y contra la misma cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 11.1 a) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y artículo 66 de la Ley Orgánica 6/1985, del Poder Judicial, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su notificación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.

Asimismo, la presente Orden podrá ser recurrida potestativamente en reposición, en el plazo de un mes y ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Madrid, 14 de diciembre de 2011.–La Ministra de Cultura, P.D. (Orden CUL/ 2165/ 2009, de 14 de julio), la Directora general de Bellas Artes y Bienes Culturales, Ángeles Albert de León.

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