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Documento BOE-A-2012-2545

Orden HAP/296/2012, de 17 de febrero, por la que se dispone el cese y nombramiento de Vocales miembros del Consejo para la Defensa del Contribuyente.

Publicado en:
«BOE» núm. 44, de 21 de febrero de 2012, páginas 15219 a 15219 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-2012-2545

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto 1676/2009, de 13 de noviembre, por el que se regula el Consejo para la Defensa del Contribuyente, establece la composición y funciones del Consejo para la Defensa del Contribuyente, en el marco de lo dispuesto en el artículo 34.2 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, como órgano colegiado de la Administración del Estado.

Dicho órgano está integrado en el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas y adscrito a la Secretaría de Estado de Hacienda, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2.5 del Real Decreto 256/2012, de 27 de enero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.

La composición del Consejo se determina en el artículo 4 del Real Decreto 1676/2009, de 13 de noviembre, de acuerdo con el cual los Vocales son nombrados y cesados por el titular del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas mediante Orden ministerial, con excepción de los previstos en el articulo 4.1.b).2.º y 3.º y e), que tendrán la condición de vocales natos en razón del cargo que ostentan.

De conformidad con el artículo 4.1.b).1.º del Real Decreto 1676/2009, de 13 de noviembre, serán vocales del Consejo, entre los vocales representantes de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, dos en representación de los departamentos y servicios de la Agencia Estatal de Administración Tributaria. Asimismo, conforme a lo dispuesto en el artículo y 4.1.c), del citado Real Decreto serán vocales del Consejo, un representante de la Dirección General de Tributos y un representante de la Dirección General del Catastro. Todos ellos nombrados a propuesta del Secretario de Estado de Hacienda.

En su virtud, siendo procedente modificar la composición del Consejo para la Defensa del Contribuyente, a propuesta del Secretario de Estado de Hacienda, oída preceptivamente la Directora General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria en cuanto a los representantes de dicha entidad, dispongo:

Primero.

Agradeciéndole los servicios prestados, dejan de formar parte como Vocales miembros del Consejo para la Defensa del Contribuyente don Jesús Gascón Catalán, don Ángel Manuel Álvarez Capón, don Gaspar Caballo Mingo y doña María Coronado Sierra.

Segundo.

Según se dispone en el artículo 4.1.b).1º y c) del Real Decreto 1676/2009, de 13 de noviembre, por el que se regula el Consejo para la Defensa del Contribuyente, se nombran Vocales miembros del citado Consejo, en representación de las Direcciones Generales de Tributos y del Catastro, así como de los departamentos y servicios de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, a don Diego Martín-Abril y Calvo, doña Rosana Navarro Heras, doña María Ángeles Fernández Pérez y don Luis Ramón Jones Rodríguez.

Madrid, 17 de febrero de 2012.–El Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas, Cristóbal Montoro Romero.

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