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Documento BOE-A-2012-2603

Resolución de 25 de enero de 2012, de la Dirección de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea, por la que se crean ficheros de datos de carácter personal.

Publicado en:
«BOE» núm. 45, de 22 de febrero de 2012, páginas 15592 a 15598 (7 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-A-2012-2603
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2012/01/25/(2)

TEXTO ORIGINAL

El artículo 20.1 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y el artículo 52 del Real Decreto 1720/2007, de 21 de noviembre, por el que se aprueba su Reglamento de desarrollo, establecen que la creación, modificación o supresión de los ficheros de las Administraciones Públicas sólo podrá hacerse por medio de disposición general o acuerdo publicado en el «Boletín Oficial del Estado» o en el Diario Oficial correspondiente.

La Orden FOM/1330/2002, de 20 de mayo, por la que se actualiza la relación de ficheros automatizados de datos de carácter personal del Ministerio de Fomento, actualizó los ficheros de datos de carácter personal de la Dirección General de Aviación Civil del Ministerio de Fomento.

Durante el tiempo transcurrido, no solo ha evolucionado la normativa en materia de aviación civil con la asunción de nuevas funciones administrativas, sino que se ha creado un organismo público, la Agencia Estatal de Seguridad Aérea, para el ejercicio de la mayoría de las competencias de la Dirección General de Aviación Civil.

La Agencia se constituyó el 20 de octubre de 2008, al amparo de la Ley 28/2006, de 19 de julio, de Agencias estatales para la mejora de los servicios públicos, y del Real Decreto 184/2008, de 8 de febrero, por el que se aprueba su Estatuto.

Esta resolución establece los ficheros de datos de carácter personal de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea, que comprenden ficheros originados en la Dirección General de la Aviación Civil que afectan a funciones y competencias transferidas a la Agencia, y nuevos ficheros resultantes de la implantación de otros procedimientos administrativos para desarrollar sus atribuciones.

Según el artículo 1.2 de su Estatuto, la Agencia Estatal de Seguridad Aérea podrá ejercer las potestades administrativas precisas para el cumplimiento de sus fines y funciones. De conformidad con el artículo 26.1 a) de su Estatuto, corresponde a su Directora el ejercicio de las funciones inherentes a la dirección y gestión ordinaria de la misma.

Esta resolución ha sido informada por la Agencia Española de Protección de Datos, en virtud del artículo 37.h) de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, y se dicta a fin de cumplimentar lo establecido en los artículos 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, y 53 del Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre.

En su virtud, resuelvo:

Primero. Creación de ficheros.

Se crean los quince ficheros de datos de carácter personal de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea que se incorporan en el anexo de esta resolución.

Constan, respecto de cada fichero, el nombre del fichero, su finalidad, las personas o colectivos de los que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos, el origen de los mismos, la estructura básica, el sistema de tratamiento, las cesiones y comunicaciones previstas de dichos datos, el nivel de seguridad de los ficheros y el servicio ante el que pueden ejercitarse los derechos de acceso y el órgano responsable.

Estos ficheros serán notificados al Registro General de la Agencia Española de Protección de Datos en el plazo de treinta días desde su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Segundo. Entrada en vigor.

Esta resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 25 de enero de 2012.–La Directora de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea, Isabel Maestre Moreno.

ANEXO
Ficheros automatizados de nueva creación

Identificación del fichero: control de acceso y videovigilancia

Finalidad: control de acceso físico a las instalaciones de Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA), protección de su patrimonio y prevención de delitos. Vigilancia de exámenes en las instalaciones de SENASA.

Colectivo: empleados, ciudadanos, visitantes y alumnos.

Origen: el propio interesado o su representante.

Estructura básica: datos identificativos (nombre y apellidos o denominación social, D.N.I., N.I.E. o pasaporte, N.I.F.), imagen y voz.

Sistema de tratamiento: mixto.

Comunicaciones de datos previstas: Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.

Transferencias internacionales de datos: no hay trasferencias internacionales previstas.

Nivel de seguridad: básico.

Servicio ante el que se pueden ejercer los derechos: Agencia Estatal de Seguridad Aérea.

Órgano responsable: Agencia Estatal de Seguridad Aérea (avenida del General Perón, 40, acceso B - 28020 Madrid).

Identificación del fichero: gestión económica y presupuestaria

Finalidad: gestiona los expedientes de contratación y comisiones de servicio de la AESA.

Colectivo: personal funcionario y laboral que presta sus servicio en la AESA, así como las empresas que prestan servicios o realizan obras para la AESA.

Origen: el propio interesado o su representante.

Estructura básica: datos identificativos y de contacto (nombre y apellidos o denominación social, D.N.I., N.I.E. o pasaporte, N.I.F., domicilio postal, correo electrónico, teléfono), datos económicos y de morosidad de empresas, datos bancarios. Marca y matrícula del vehículo del comisionado en la información relativa a las comisiones de servicio del personal de AESA.

Sistema de tratamiento: mixto.

Comunicaciones de datos previstas: Administración Tributaria, entidades bancarias, Tribunal de Cuentas e Intervención General de la Administración del Estado.

Transferencias internacionales de datos: no hay trasferencias internacionales previstas.

Nivel de seguridad: básico.

Servicio ante el que se pueden ejercer los derechos: Agencia Estatal de Seguridad Aérea.

Órgano responsable: Agencia Estatal de Seguridad Aérea.

Identificación del fichero: tasas

Finalidad: gestión de tasas por prestación de servicios y realización de actividades en materia de navegación aérea.

Colectivo: personas físicas o jurídicas relacionadas con el ámbito aeronáutico.

Origen: el propio interesado o su representante.

Estructura básica: datos identificativos y de contacto (nombre y apellidos o denominación social, D.N.I., N.I.E. o pasaporte, N.I.F., domicilio postal, correo electrónico, teléfono), datos bancarios y hecho imponible.

Sistema de tratamiento: mixto.

Comunicaciones de datos previstas: Administración Tributaria, entidades bancarias, Tribunal de Cuentas e Intervención General de la Administración del Estado.

Transferencias internacionales de datos: no hay trasferencias internacionales previstas.

Nivel de seguridad: básico.

Servicio ante el que se pueden ejercer los derechos: Agencia Estatal de Seguridad Aérea.

Órgano responsable: Agencia Estatal de Seguridad Aérea.

Identificación del fichero: registro entrada y salida

Finalidad: controla la documentación que entra o sale de la AESA.

Colectivo: personas físicas o jurídicas relacionadas con el ámbito aeronáutico, u otras que dirijan escritos a la AESA o que sean destinatarias de actos dictados por esta.

Origen: el propio interesado o su representante.

Estructura básica: datos identificativos y de contacto (nombre y apellidos o denominación social, D.N.I., N.I.E. o pasaporte, N.I.F., domicilio postal, correo electrónico, teléfono), asunto.

Sistema de tratamiento: mixto.

Comunicaciones de datos previstas: otros órganos administrativos destinatarios del documento presentado.

Transferencias internacionales de datos: no hay trasferencias internacionales previstas.

Nivel de seguridad: básico.

Servicio ante el que se pueden ejercer los derechos: Agencia Estatal de Seguridad Aérea.

Órgano responsable: Agencia Estatal de Seguridad Aérea.

Identificación del fichero: recursos humanos

Finalidad: gestión de las relaciones laborales.

Colectivo: personal funcionario y laboral que presta servicio en AESA.

Origen: el propio interesado o su representante, órganos de la AESA o de la Administración pública.

Estructura básica: datos identificativos y de contacto (nombre y apellidos, N.I.F., domicilio postal, correo electrónico, teléfono), datos personales, familiares, académicos, profesionales, médicos, bancarios y de empleo, afiliación sindical y sanciones disciplinarias.

Sistema de tratamiento: mixto.

Comunicaciones de datos previstas: Administración Tributaria, entidades bancarias, Mutualidades de funcionarios, Organismos de la Seguridad Social, entidad gestora plan de pensiones de la Administración General del Estado, sindicatos, Tribunal de Cuentas e Intervención General de la Administración del Estado.

Transferencias internacionales de datos: no hay trasferencias internacionales previstas.

Nivel de seguridad: alto.

Servicio ante el que se pueden ejercer los derechos: Agencia Estatal de Seguridad Aérea.

Órgano responsable: Agencia Estatal de Seguridad Aérea.

Identificación del fichero: expedientes sancionadores, recursos y responsabilidad patrimonial

Finalidad: gestión de la potestad sancionadora, recursos administrativos y jurisdiccionales y de reclamaciones de responsabilidad patrimonial.

Colectivo: presuntos infractores, denunciantes, recurrentes, reclamantes y terceros interesados.

Origen: denunciante, el propio interesado o su representante.

Estructura básica: datos identificativos y de contacto (nombre y apellidos o denominación social, D.N.I., N.I.E. o pasaporte, N.I.F., domicilio postal, correo electrónico, teléfono), infracciones administrativas, datos relativos a los hechos acaecidos, datos relativos a resoluciones recurridas o hechos de los que derive la reclamación.

Sistema de tratamiento: mixto.

Comunicaciones de datos previstas: Administración Tributaria y Tribunales de Justicia.

Transferencias internacionales de datos: no hay trasferencias internacionales previstas.

Nivel de seguridad: medio.

Servicio ante el que se pueden ejercer los derechos: Agencia Estatal de Seguridad Aérea.

Órgano responsable: Agencia Estatal de Seguridad Aérea.

Identificación del fichero: tramitación de quejas y sugerencias

Finalidad: gestión de quejas y sugerencias sobre los servicios prestados por AESA.

Colectivo: personas físicas y jurídicas usuarias destinatarias o afectadas por la actuación de la AESA.

Origen: el propio interesado o su representante.

Estructura básica: datos identificativos y de contacto (nombre y apellidos o denominación social, D.N.I., N.I.E. o pasaporte, N.I.F., domicilio postal, correo electrónico, teléfono), motivo de la queja o sugerencia.

Sistema de tratamiento: mixto.

Comunicaciones de datos previstas: otros órganos administrativos destinatarios de la queja presentada; Defensor del Pueblo; Inspección General de Fomento en virtud del Real Decreto 951/2005, de 29 de julio, por el que se establece el marco general para la mejora de la calidad en la Administración General del Estado.

Transferencias internacionales de datos: no hay trasferencias internacionales previstas.

Nivel de seguridad: básico.

Servicio ante el que se pueden ejercer los derechos: Agencia Estatal de Seguridad Aérea.

Órgano responsable: Agencia Estatal de Seguridad Aérea.

Identificación del fichero: gestión de notificantes en el ámbito del Programa Estatal de Seguridad Operacional para la Aviación Civil

Finalidad: almacenar temporalmente los datos personales de los notificantes.

Colectivo: cualquier persona del sector aeronáutico.

Origen: el propio notificante.

Estructura básica: datos identificativos y de contacto del notificante (nombre y apellidos, D.N.I., N.I.E. o pasaporte, domicilio postal, correo electrónico, teléfono) junto con un índice que relacione al notificante con la notificación en sí.

Sistema de tratamiento: mixto.

Comunicaciones de datos previstas: ninguna.

Transferencias internacionales de datos: no hay trasferencias internacionales previstas.

Nivel de seguridad: básico.

Servicio ante el que se pueden ejercer los derechos: Agencia Estatal de Seguridad Aérea.

Órgano responsable: Agencia Estatal de Seguridad Aérea.

Identificación del fichero: gestión de cualificaciones profesionales

Finalidad: gestión de expedientes de formación de personas que participan en las inspecciones aeronáuticas, así como de su experiencia profesional y sus certificados de competencia y de capacitación alternativa.

Colectivo: personal funcionario y laboral que presta sus servicios en AESA, así como las empresas que colaboran en las tareas de inspección.

Origen: el propio interesado.

Estructura básica: datos identificativos y de contacto (nombre y apellidos o denominación social, D.N.I., N.I.E. o pasaporte, N.I.F., domicilio postal, correo electrónico, teléfono); experiencia profesional; titulación y formación específica; puesto de trabajo y funciones asignadas.

Sistema de tratamiento: mixto.

Comunicaciones de datos previstas: Agencia Europea de Seguridad Aérea.

Transferencias internacionales de datos: Organización de Aviación Civil Internacional (Canadá).

Nivel de seguridad: básico.

Servicio ante el que se pueden ejercer los derechos: Agencia Estatal de Seguridad Aérea.

Órgano responsable: Agencia Estatal de Seguridad Aérea.

Identificación del fichero: autorizaciones a profesionales aeronáuticos

Finalidad: gestión de las licencias de controladores aéreos, pilotos y alumnos; tripulantes de cabina de pasajeros; técnicos de mantenimiento; acreditaciones aeroportuarias de tripulantes de cabina de pasajeros y otros.

Colectivo: personas físicas que solicitan las citadas licencias y acreditaciones.

Origen: el propio interesado o su representante.

Estructura básica: datos identificativos y de contacto (nombre y apellidos, D.N.I, N.I.E. o pasaporte, domicilio postal, correo electrónico, teléfono), datos académicos, de empleo, titulación y autorizaciones, datos de evaluación y calificación de alumnos.

Sistema de tratamiento: mixto.

Comunicaciones de datos previstas: ninguna.

Transferencias internacionales de datos: no hay trasferencias internacionales previstas.

Nivel de seguridad: básico.

Servicio ante el que se pueden ejercer los derechos: Agencia Estatal de Seguridad Aérea.

Órgano responsable: Agencia Estatal de Seguridad Aérea.

Identificación del fichero: autorizaciones a personas físicas y personas jurídicas que incluyan el NIF del representante

Finalidad: gestión de autorizaciones de servidumbres aeronáuticas; centros de formación de profesionales aeronáuticos; aprobaciones operacionales; centros de mantenimiento; organizaciones de gestión del mantenimiento de la aeronavegabilidad; agentes de carga, expedidores conocidos y proveedores de suministros; servicios de asistencia en tierra; licencias de transporte aéreo y autorizaciones de trabajos aéreos; acreditación de compañías aéreas de terceros países; operaciones comerciales y otros.

Colectivo: empresas y ciudadanos que soliciten la autorización, acreditación o licencia.

Origen: el propio interesado o su representante y Administraciones públicas.

Estructura básica: datos identificativos y de contacto (nombre y apellidos o denominación social, D.N.I., N.I.E. o pasaporte, N.I.F., domicilio postal, correo electrónico, teléfono). Datos de evaluación y calificación de alumnos en la información relativa a centros de formación.

Sistema de tratamiento: mixto.

Comunicaciones de datos previstas: ninguna.

Transferencias internacionales de datos: no hay trasferencias internacionales previstas.

Nivel de seguridad: básico.

Servicio ante el que se pueden ejercer los derechos: Agencia Estatal de Seguridad Aérea.

Órgano responsable: Agencia Estatal de Seguridad Aérea.

Identificación del fichero: inspección y supervisión

Finalidad: inspecciones de navegación aérea; bases contraincendios, sanitarias y de salvamento; listas de equipo mínimo; aeronaves nacionales (SANA) y extranjeras (SAFA); certificados de aeronavegabilidad; dispositivos sintéticos de vuelo; inspecciones comerciales; programas de seguridad en aeropuertos, compañías y formadores de seguridad aérea, y supervisión económico-financiera de las compañías.

Colectivo: personas físicas y compañías relacionadas con el sector aéreo. Formadores de colectivos establecidos en el Programa Nacional de Formación de Seguridad de la Aviación Civil.

Origen: el propio interesado o su representante, Administraciones públicas y Registros Públicos.

Estructura básica: datos identificativos y de contacto (nombre y apellidos o denominación social, D.N.I., N.I.E. o pasaporte, N.I.F., domicilio postal, correo electrónico, teléfono). Datos del vuelo en inspecciones comerciales.

Sistema de tratamiento: mixto.

Comunicaciones de datos previstas: ninguna.

Transferencias internacionales de datos: no hay trasferencias internacionales previstas.

Nivel de seguridad: básico.

Servicio ante el que se pueden ejercer los derechos: Agencia Estatal de Seguridad Aérea.

Órgano responsable: Agencia Estatal de Seguridad Aérea.

Identificación del fichero: aeronaves e identificadores provisionales

Finalidad: Registro de matrícula de las aeronaves EC, así como concesión de identificadores provisionales a aeronaves no inscritas en el Registro de Matrícula de Aeronaves.

Colectivo: titulares, arrendatarios y operadores de aeronaves.

Origen: el propio interesado o su representante.

Estructura básica: datos identificativos y de contacto (nombre y apellidos o denominación social, D.N.I., N.I.E. o pasaporte, N.I.F., domicilio postal, correo electrónico, teléfono).

Sistema de tratamiento: mixto.

Comunicaciones de datos previstas: Registros públicos y Administración Tributaria.

Transferencias internacionales de datos: no hay trasferencias internacionales previstas.

Nivel de seguridad: básico.

Servicio ante el que se pueden ejercer los derechos: Agencia Estatal de Seguridad Aérea.

Órgano responsable: Agencia Estatal de Seguridad Aérea.

Identificación del fichero: medicina aeronáutica

Finalidad: determinación de la capacidad psicofísica de los titulares de licencias aeronáuticas (pilotos, tripulantes de cabina, controladores de tránsito aéreo y alumnos) para el ejercicio de sus funciones. Control inicial y periódico de aptitud.

Colectivo: aspirantes y titulares de licencias aeronáuticas en todas sus categorías.

Origen: el propio interesado o su representante.

Estructura básica: datos identificativos y de contacto (nombre y apellidos o denominación social, D.N.I., N.I.E o pasaporte, N.I.F., domicilio postal, correo electrónico, teléfono), datos sociales, de empleo y salud.

Sistema de tratamiento: mixto.

Comunicaciones de datos previstas: centros médicos aeronáuticos y médicos examinadores aéreos designados por AESA (regla JAR FCL 3.090 c), incluida en el anexo de la Orden de 21 de marzo de 2000, por la que se adoptan los requisitos conjuntos de aviación para las licencias de la tripulación de vuelo (JAR-FCL), relativos a la organización médico-aeronáutica, los certificados médicos de clase 1 y de clase 2 y los requisitos médicos exigibles al personal de vuelo de aviones y helicópteros civiles).

Transferencias internacionales de datos: autoridades aeromédicas de países miembros de la Unión Europea.

Nivel de seguridad: alto.

Servicio ante el que se pueden ejercer los derechos: Agencia Estatal de Seguridad Aérea.

Órgano responsable: Agencia Estatal de Seguridad Aérea.

Identificación del fichero: quejas, consultas y reclamaciones de pasajeros

Finalidad: gestión de quejas presentadas por los pasajeros.

Colectivo: pasajeros de compañías aéreas y operadores turísticos.

Origen: el propio interesado o su representante.

Estructura básica: datos identificativos y de contacto (nombre y apellidos, D.N.I., N.I.E. o pasaporte, domicilio postal, correo electrónico, teléfono), datos del vuelo.

Sistema de tratamiento: mixto.

Comunicaciones de datos previstas: compañías aéreas, en virtud del artículo 16 del Reglamento (CE) 261/2004, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de febrero de 2004, por el que se establecen normas comunes sobre compensación y asistencia a los pasajeros aéreos en caso de denegación de embarque y de cancelación o gran retraso de los vuelos.

Transferencias internacionales de datos: no hay trasferencias internacionales previstas.

Nivel de seguridad: básico.

Servicio ante el que se pueden ejercer los derechos: Agencia Estatal de Seguridad Aérea.

Órgano responsable: Agencia Estatal de Seguridad Aérea.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 25/01/2012
  • Fecha de publicación: 22/02/2012
  • Fecha de entrada en vigor: 23/02/2012
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • art. 52 del Reglamento aprobado por Real Decreto 1720/2007, de 21 de noviembre (Ref. BOE-A-2008-979).
    • art. 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre (Ref. BOE-A-1999-23750).
Materias
  • Agencia Estatal de Seguridad Aérea
  • Agencias estatales
  • Ficheros con datos personales
  • Navegación aérea

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