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Documento BOE-A-2012-2679

Ley 2/1991, de 8 de noviembre, de modificación de la Ley Reguladora del Plan General de Carreteras del País Vasco.

Publicado en:
«BOE» núm. 47, de 24 de febrero de 2012, páginas 16284 a 16290 (7 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Comunidad Autónoma del País Vasco
Referencia:
BOE-A-2012-2679
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es-pv/l/1991/11/08/2

TEXTO ORIGINAL

Se hace saber a todos los ciudadanos de Euskadi que el Parlamento Vasco ha aprobado la siguiente Ley 2/1991, de 8 de noviembre, de modificación de la Ley Reguladora del Plan General de Carreteras del País Vasco.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

La Ley 2/1989, de 30 de mayo, reguladora del Plan General de Carreteras del País Vasco, publicada en el Boletín Oficial del País Vasco n.º 109, de 9 de junio, contiene como Anexo el Catálogo de la Red Objeto del Plan, en aplicación de sus artículos sexto, párrafo segundo letra a) y séptimo, parágrafo segundo de su párrafo homónimo.

Desde su publicación se han acelerado notablemente los esfuerzos de las administraciones autonómica y forales para el perfeccionamiento de los estudios sobre denominación de las carreteras de titularidad foral, en coherencia con el artículo sexto y concordantes de la precitada Ley 2/1989, dada la pluralidad de situaciones de su administración en la etapa preautonómica.

Fruto de ello ha sido, sobre todo, el perfilamiento de los datos concernientes a la longitud de los tramos viarios o el aquilatamiento de los puntos de comienzo y de final de éstos, que quedan reflejados en el Catálogo de la Red Objeto del Plan contenido en el Anexo de la Ley.

La labor de catalogación de la Red Objeto del Plan no se entiende, sin embargo, concluida con la mejora que se introduce; de ahí que se haya estimado oportuno agilizar el procedimiento normativo de acomodación del Catálogo a unas circunstancias en constante variación, mediante la atribución al Gobierno Vasco de facultades para su modificación técnica, previo informe de la Comisión del Plan General de Carreteras del País Vasco.

El texto de la Ley se ordena en tres únicos artículos, una disposición derogatoria, una final y un Anexo.

Artículo primero.

El artículo séptimo de la Ley 2/1989, de 30 de mayo, reguladora del Plan General de Carreteras del País Vasco queda redactado en los siguientes términos:

«1. El Plan General de Carreteras del País Vasco será el documento que, al objeto de asegurar la debida coordinación de las redes de carreteras de la Comunidad Autónoma, establezca las normas técnicas y de señalización que las Administraciones públicas vascas pondrán en vigor para sus redes, y determine las previsiones, objetivos, prioridades y mejoras a realizar como mínimo en la Red Objeto del Plan.

2. La Red Objeto del Plan incluirá el conjunto de carreteras que enlacen los Territorios Históricos o con las carreteras de las Administraciones no comprendidas en la Comunidad Autónoma, atendiendo a la importancia de los tráficos.

3. La relación de carreteras de la Red Objeto del Plan será la contenida como anexo de esta Ley, cuya modificación competerá al Parlamento de la Comunidad Autónoma, salvo lo dispuesto en el párrafo siguiente para las modificaciones técnicas.

4. La modificación técnica de la relación de carreteras de la Red Objeto del Plan del Anexo, siempre que no suponga modificación sustancial y/o exclusión de los itinerarios del Catálogo ni la inclusión de otros nuevos, se hará mediante Decreto del Gobierno Vasco, previo informe de la Comisión del Plan General de Carreteras del País Vasco.

El informe deberá ser emitido en el plazo máximo de un mes desde el siguiente a su petición; transcurrido aquél, el informe se entenderá favorable.»

Artículo segundo.

El párrafo tercero del artículo decimoquinto de la Ley 2/1989, de 30 de mayo, reguladora del Plan General de Carreteras del País Vasco queda redactado del siguiente modo:

«3. Los órganos forales de los Territorios Históricos articularán las medidas presupuestarias y económicas que garanticen el efectivo cumplimiento del contenido obligatorio de los programas de actuaciones del Plan General de Carreteras, teniendo en cuenta lo dispuesto en la disposición adicional primera de la presente Ley y en el artículo 10.25 del Estatuto de Autonomía.»

Artículo tercero.

El Anexo de la Ley 2/1989, de 30 de mayo, queda redactado conforme al Anexo de la presente.

Disposición derogatoria.

Quedan derogados el artículo séptimo, el párrafo tercero del artículo decimoquinto y el Anexo de la Ley 2/1989, de 30 de mayo, reguladora del Plan General de Carreteras del País Vasco, así como cuantas disposiciones se opongan a su contenido.

Disposición final.

La presente Ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

ANEXO
Catálogo de la red objeto del plan general de carreteras del País Vasco (I)

A. Corredor norte-sur

CÓDIGO ANTIGUO CÓDIGO NUEVO DENOMINACIÓN COMIENZO FINAL LONGITUD KMS. OBSERVACIONES
A-1 A-1 Autopista Burgos Cantábrico (Málzaga) Lím. Álava en Rivabellosa Eibar (Malzaga, A-8) 74,800 Concesión admón. Central Pendiente de construcción
N-1 N-(I)* De Madrid a Irun Lím. Prov. Burgos en Rivabellosa Límite C.F. Navarra en Eguino 73,124 En el tramo de competencias de las DD.FF. DE Álava y Gipuzkoa
N-1 N-(I)* De Madrid a Irun Límite C.F. Navarra Irun (Frontera) 73,200  
N-I N-102 De Vitoria-Gasteiz a N-I. Dirección Madrid Circunv. Vitoria-Gasteiz en Armentia N-I (Ariñez) 6,515  
N-I N-104 De Vitoria-Gsateiz a N-1. Dirección Francia Circunv. Vitoria-Gasteiz en Arana N-1 (Venta del Patio) 11,430  
SS-413 GI-131(*) De Andoain a Donostia-San Sebastián por Hernani Andoain (N-1) San Sebastián (Nudo Loyola) 22,000  
--------------- N-638 Acceso al aeropuerto de Hondarribia Variante Norte de Irun Aeropuerto de Hondarribia 1,860  

B. Corredor de cornisa cantábrica

CÓDIGO ANTIGUO CÓDIGO NUEVO DENOMINACIÓN COMIENZO FINAL LONGITUD KMS. OBSERVACIONES
A-8 A-8 Autopista del Cantábrico Irun (Behobia) Basauri 100,200 Concesión admón. Central
A-8 A-8 Autopista del Cantábrico Basauri Baracaldo( Cruces) 11,200 Solución Sur de Bilbao
A-8 A-8 Autopista del Cantábrico Enlace de Añorga (Donostia- S.S.) Enlace de Herrera (Donostia- S.S.) 8,000 Variante de Donostia- San Sebastián
------------- A-8 Autopista del Cantábrico Baracaldo (Cruces) Lím. Cantabria 16,800 Nueva carretera. Solución Ugalde.

Catálogo de la red objeto del plan general de carreteras del País Vasco (II)

CÓDIGO ANTIGUO CÓDIGO NUEVO DENOMINACIÓN COMIENZO FINAL LONGITUD KMS. OBSERVACIONES
N-634 N-634 De Donostia-San Sebastián a Santander y La Coruña Donostia-San Sebastián (Recalde, N-I) Lím. Cantabria 133,930  
--------------- N-637 De Cruces (Intercambiador) a Erletxes por Pte. de Rontegui Enlace de Cruces Rotonda de Erandio 4,300 Solución Ugaldebieta I
--------------- N-637 De Cruces (Intercambiador) a Erletxes por Pte. de Rontegui Kukularra Entronque antigua BI-104 0,900  
BI-103 N-637 (*) De Cruces (Intercambiador) a Erletxes por Pte. de Rontegui Rotonda de Erandio Asúa 1,500 Corredor Txori-Herri
BI-111 N-637 (*) De Cruces (Intercambiador) a Erletxes por Pte. de Rontegui Final antigua BI-103 Inicio antigua BI-112 0,600 Travesía de Asúa « «
BI-112 N-637 (*) De Cruces (Intercambiador) a Erletxes por Pte. de Rontegui Asúa Derio 5,100 Travesía de Asúa « «
BI-113 N-637 (*) De Cruces (Intercambiador) a Erletxes por Pte. de Rontegui Derio Vte. Larrabetzu (Inicio) 6,400 Travesía de Asúa « «
--------------- N-637(*) De Cruces (Intercambiador) a Erletxes por Pte. de Rontegui Entronque antigua B-103 Entronque antigua B-104 2,800 Vte. Larrabetzu
BI-114 N-637(*) De Cruces (Intercambiador) a Erletxes por Pte. de Rontegui V. de Larrabetzu (final) Erletxes 1,500 Vte. Larrabetzu
--------------- N-633(*) Acceso aeropuerto de Sondita     0,400 Nueva carretera
--------------- N-644 Autovía del Puerto A-8 Puerto de Santurtzi 2,700 Nueva carretera
C-639 N-639(*) Acceso al puerto de Ciérvana Nocedal (A-8) Puerto de Santurtzi (Exter.) 11,000 Futura entrada al Puerto Exterior

Catálogo de la red objeto del plan general de carreteras del País Vasco (III)

C. Corredor del Ebro

CÓDIGO ANTIGUO CÓDIGO NUEVO DENOMINACIÓN COMIENZO FINAL LONGITUD KMS. OBSERVACIONES
A-68 A-68 Autopista Bilbao-Zaragoza Enlace A-8 (Solución Sur) Lím. Rioja 79,000 Concesión de la Admón. Central
N-232 N-124 De Vitoria-Gasteiz a Logroño por Haro Armiñon (N-I) Briñas (Lím. Rioja) 14,350  

D. Conexión Bizkaia-Burgos

CÓDIGO ANTIGUO CÓDIGO NUEVO DENOMINACIÓN COMIENZO FINAL LONGITUD KMS. OBSERVACIONES
C-6318 BI-636 (*) De Bilbao a Reinosa Bilbao (N-634) Lím. P. Burgos 31,200 Incluye vte. De Balmaseda

E. Conexión Bizkaia-Cantabria

CÓDIGO ANTIGUO CÓDIGO NUEVO DENOMINACIÓN COMIENZO FINAL LONGITUD KMS. OBSERVACIONES
C-6210 BI-630 De Balmaceda a Ramales de la Victoria Balmaseda (BI-636) Lím. Cantabria 24,910 Se exceptúa el paso por el enclave de Trucíos (Cantabria).

F. Conexión Burgos-Santander

CÓDIGO ANTIGUO CÓDIGO NUEVO DENOMINACIÓN COMIENZO FINAL LONGITUD KMS. OBSERVACIONES
C-629 N-629 De Burgos a Santoña Límite Cantabria Lím. Cantabria 5,100 Término municipal de Lanestosa

G. Conexión Navarra-Gipuzkoa

CÓDIGO ANTIGUO CÓDIGO NUEVO DENOMINACIÓN   COMIENZO FINAL LONGITUD KMS.
--------------- A-15 Autovía Aduna-Irurtzun Aduna (N-I) Lím. Nav. (Berastegi-Urto) Tolosa 16,800 Nueva carretera
N-240 N-130 De Pamplona a Tolosa Lím. Navarra   12,730  
C-150 GI-120 De Estella a Beasain por Lizarrusti Beasain (N-I) Lím. Navarra 18,900  

Catálogo de la red objeto del plan general de carreteras del País Vasco (IV)

H. Conexión Álava-Navarra

CÓDIGO ANTIGUO CÓDIGO NUEVO DENOMINACIÓN COMIENZO FINAL LONGITUD KMS. OBSERVACIONES
C-132 A-132 De Lumbier a Vitoria-Gasteiz por Tafalla y Estella Vitoria-Gasteiz Lím. Navarra en Sta. Cruz de Campezo 38,560  

I. Conexión Álava-Bizkaia

CÓDIGO ANTIGUO CÓDIGO NUEVO DENOMINACIÓN COMIENZO FINAL LONGITUD KMS. OBSERVACIONES
C-6210 N-622 De Vitoria-Gasteiz a Bilbao por la autopista A-68 Vitoria-Gasteiz Altube(A-68) 19,290 Nueva en parte de su territorio
N-240 N-240 De Tarragona a Bilbao por el puerto de Barazar Vitoria-Gasteiz Galdakao (El Gallo, N-634) 52,967  
N-625 BI-625 De Orduña a Bilbao Lím. Álava Cruce N-634 17,200 Incluye Orduña-Saratxo
N-625 N-625(*) De Orduña a Bilbao Lím. Bizkaia Lím. de Álava e Areta 17,960 Incluye vte. de LLodio
C-6211 BI-623(*) De Vitoria-Gsateiz a Durango Legutiano(N-240) Lím. de Bizkaia en Gomilaz 6,090  
C-6211 BI-623(*) De Vitoria-Gasteiz a Durango Lím. Álava en Gomilaz Durango( N-634) 20,000 Incluye vte. De Otxandio
--------------- N-624 Acceso al aeropuerto de Foronda Enlace autovía Vitoria- Gasteiz Aerop. de Foronda 3,155  

J. Conexión Álava-Gipuzkoa

CÓDIGO ANTIGUO CÓDIGO NUEVO DENOMINACIÓN COMIENZO FINAL LONGITUD KMS. OBSERVACIONES
C-6213 A-627 De Vitoria-Gasteiz a Eibar Legutiano(Urbina) Lím. de Gipuzkoa 5,580  
C-6213 GI-627 De Vitoria-Gasteiz a Eibar Lím. Álava Eibar(Malzaga) 38,100 Incluye vtes. De Eskoriatza, Aretxabaleta, Arrasate, Bergara, Osintxu, Placencia de las Armas.

J. Conexión Álava-Gipuzkoa

CÓDIGO ANTIGUO CÓDIGO NUEVO DENOMINACIÓN COMIENZO FINAL LONGITUD KMS. OBSERVACIONES
C-6213 GI-627 De Vitoria-Gasteiz a Eibar Lím. Álava Eibar(Malzaga) 38,100 Incluye vtes. De Eskoriatza, Aretxabaleta, Arrasate, Bergara, Osintxu, Placencia de las Armas.

K. Conexión Álava-Cantabria

CÓDIGO ANTIGUO CÓDIGO NUEVO DENOMINACIÓN COMIENZO FINAL LONGITUD KMS. OBSERVACIONES
C-6210 A-624 De Vitoria-Gasteiz a Cantabria por Balmaseda Altube (A-68) Límite de Bizkaia 44,850 Incluye tramo de Burgos
C-6210 BI-624 De Vitoria-Gasteiz a Cantabria por Balmaseda Lím. Burgos Enlace BI-636   Dependiente D.F. Álava

J. Conexión Gipuzkoa-Bizkaia

CÓDIGO ANTIGUO CÓDIGO NUEVO DENOMINACIÓN COMIENZO FINAL LONGITUD KMS. OBSERVACIONES
C-6322 GI-632(*) De Beasain a Durango por Kanpazar Beasain (N-I) Arrasate 28,000 Entre Bergara y Mondragón GI-632 coincide con GI-627.
C-6322 BI-632(*) De Beasain a Durango por Kanpazar Elorrio Durango 9,000  
610 GI-632(*) De Beasain a Durango por Kanpazar Mondragón Lím. Bizkaia 5,500  
BI-1225 BI-632(*) De Beasain a Durango por Kanpazar Lím. Gipuzkoa Elorrio 7,300  

* En los casos señalados con asterisco, la Red Objeto del Plan se refiere a la carretera existente, que adoptará la denominación correspondiente al código nuevo pero, en el momento de construirse la carretera de nuevo trazado, ésta será la que adopte el reseñado código, quedando la antigua con la denominación que al efecto se establezca.

Por consiguiente, ordeno a todos los ciudadanos, particulares y autoridades, que la guarden y hagan guardarla.

Palacio de Ajuria-Enea, 19 de noviembre de 1991.–El Lehendakari, Jose Antonio Ardanza Garro.

[Publicada en el «Boletín Oficial del País Vasco» número 237, de 25 de noviembre de 1991. Esta ley se publica en su redacción original aprobada por el Parlamento Vasco, de conformidad con lo previsto en el artículo 27.5 del Estatuto de Autonomía del País Vasco y el artículo 6.1.b) del Real Decreto 181/2008, de 8 de febrero, de ordenación del diario oficial «Boletín Oficial del Estado», sin perjuicio de su vigencia actual]

ANÁLISIS

  • Rango: Ley
  • Fecha de disposición: 08/11/1991
  • Fecha de publicación: 24/02/2012
  • Fecha de entrada en vigor: 26/11/1991
  • Publicada en el BOPV núm. 237, de 25 de noviembre de 1991.
Referencias anteriores
  • MODIFICA los arts. 15 y 7 y el anexo de la Ley 2/1989, de 30 de mayo (Ref. BOE-A-2012-3401).
  • DE CONFORMIDAD con el Estatuto aprobado por Ley Orgánica 3/1979, de 18 de diciembre (Ref. BOE-A-1979-30177).
Materias
  • Carreteras
  • País Vasco
  • Planes provinciales

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