El artículo 8.2 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, establece que la implantación y supresión de las enseñanzas conducentes a la obtención de títulos de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, serán acordados por la Comunidad Autónoma, bien a propuesta del Consejo Social o bien por propia iniciativa con el acuerdo del referido Consejo, en todo caso previo informe del Consejo de Gobierno de la Universidad.
La implantación de las enseñanzas oficiales viene regulada por el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, modificado por el R.D. 861/2010, de 2 de julio (Boletín Oficial del Estado 03-07-2010), por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales y por el Decreto 11/2009, de 20 de enero, de implantación y supresión de las enseñanzas universitarias oficiales conducentes a la obtención de los títulos de Grado, Máster y Doctorado.
El Consejo de Universidades del Ministerio de Educación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25.7 del Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, y una vez recibido el informe de evaluación de ANECA, Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación, resuelve verificar positivamente la propuesta de enseñanzas del Máster Universitario en Periodismo Multimedia, presentada por la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea.
El Real Decreto 861/2010, de 2 de julio (Boletín Oficial del Estado de 03-07-2010), en el artículo 26.3, establece que una vez que el Gobierno haya aprobado el carácter oficial del título, el Rector de la Universidad ordenará publicar el plan de estudios en el Boletín Oficial del Estado y en el Diario Oficial de la correspondiente comunidad autónoma.
Mediante Orden de 1 de diciembre de 2010, de la Consejera de Educación, Universidades e Investigación publicada en el Boletín Oficial del País Vasco del 19 de enero de 2011, se autoriza la implantación y modificación de enseñanzas oficiales de Másteres Universitarios de la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea y, por acuerdo del Consejo de Ministros de fecha 1 de julio de 2011, publicado mediante Resolución de 11 de julio de 2011 de la Secretaría General de Universidades (Boletín Oficial del Estado de 4 de agosto de 2011), se establece el carácter oficial de los mismos.
Por todo ello, en aplicación del citado artículo 26.3 del Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, en la redacción dada en el Real Decreto 861/2010, y una vez establecido el carácter oficial del Máster Universitario en Máster Universitario en Periodismo Multimedia, resuelvo:
Ordenar la publicación en el Boletín Oficial del Estado del plan de estudios del Máster Universitario en Periodismo Multimedia, que se imparte en la Universidad del País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea, en los términos que constan en el anexo a la presente resolución.
Leioa, 31 de enero de 2012.–El Rector, Iñaki Goirizelaia Ordorika.
Estructura y distribución de ECTS1 del plan de estudios
Tipos |
Total |
---|---|
Obligatorios |
48,00 |
Optativos |
0,00 |
Prácticas Externas |
6,00 |
Trabajo Fin de Máster |
6,00 |
Total |
60,00 |
Asignaturas
Denominación |
ECTS1 |
Carácter |
Duración |
---|---|---|---|
Areas Temáticas |
4,50 |
Obligatorio. |
Cuatrimestral. |
Control de Calidad Lingüística y Temática |
3,50 |
Obligatorio. |
Cuatrimestral. |
Edición Gráfica e Infografía Multimedia |
4,50 |
Obligatorio. |
Cuatrimestral. |
Gestión Multimedia para la Edición Digital |
6,00 |
Obligatorio. |
Anual. |
Gestión de Medios Informativos |
3,00 |
Obligatorio. |
Cuatrimestral. |
Producción de Contenidos |
7,00 |
Obligatorio. |
Anual. |
Producción y Proyectos Editoriales en Medios Impresos |
7,50 |
Obligatorio. |
Anual. |
Radio Informativa |
6,00 |
Obligatorio. |
Anual. |
Televisión Informativa |
6,00 |
Obligatorio. |
Cuatrimestral. |
Prácticas Externas |
6,00 |
Obligatorio. |
Trimestral. |
Trabajo Fin de Máster |
6,00 |
Obligatorio. |
Anual. |
Complementos de Formación: En función de la formación previa acreditada por el estudiante, se podrá exigir la realización de alguna de las siguientes asignaturas:
Denominación |
ECTS1 |
Carácter |
Duración |
---|---|---|---|
Diseño |
3,00 |
Complemento. Formativo. |
Cuatrimestral. |
Software |
3,00 |
Complemento. Formativo. |
Cuatrimestral. |
Edición Digital en TV |
3,00 |
Complemento. Formativo. |
Cuatrimestral. |
(1) ECTS: European Credit Transfer System.
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