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Documento BOE-A-2012-3218

Orden ECD/445/2012, de 22 de febrero, por la que se autoriza la extinción de la autorización del Centro de Educación Infantil incompleto "Saavedra" de Melilla.

Publicado en:
«BOE» núm. 56, de 6 de marzo de 2012, páginas 19068 a 19069 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2012-3218

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente tramitado por doña María Luisa del Canto Bossini, en calidad de titular del Centro de Educación Infantil incompleto de Primer Ciclo denominado «Saavedra», sito en la Calle Miguel Zazo, número 7, de Melilla, con código 52000737, solicitando la extinción de la autorización de funcionamiento de dicho centro,

Este Ministerio, de conformidad con los artículos 15, 16 y 18 del Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, ha dispuesto:

Primero.

Autorizar, a instancia de la titularidad, la extinción por cese de actividades del centro docente que a continuación se indica:

Denominación genérica: Centro de Educación Infantil Incompleto.

Denominación específica: «Saavedra».

Persona o entidad titular: Doña María Luisa del Canto Bossini.

Domicilio: Calle Miguel Zazo, número 7.

Localidad: Melilla.

Municipio: Melilla.

Provincia: Melilla.

Enseñanzas autorizadas: Educación Infantil de primer ciclo.

Capacidad: Una unidad de primer ciclo.

Segundo.

Dicha extinción surtirá efectos desde el inicio de curso académico 2011-2012.

Tercero.

Queda sin efecto la disposición legal que autorizó el funcionamiento legal de dicho centro, siendo necesario para el caso de que se instase la reapertura del mismo, dar cumplimiento a los preceptos legales vigentes en materia de autorización de centros docentes privados.

Cuarto.

La presente extinción de la autorización se comunicará de oficio al Registro estatal de centros docentes no universitarios para la correspondiente inscripción de baja en el mismo.

Quinto.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, el interesado podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la notificación de la misma, de acuerdo con lo establecido en los artículos 25 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Asimismo, podrá ser recurrida potestativamente en reposición, en el plazo de un mes y ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Madrid, 22 de febrero de 2012.–El Ministro de Educación, Cultura y Deporte, P.D. (Orden EDU/580/2011, de 10 de marzo), la Secretaria de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, Montserrat Gomendio Kindelan.

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