Visto el expediente de indulto de don Rafael Luján Novella, condenado por la Audiencia Provincial de Valencia, sección cuarta, en sentencia de 1 de diciembre de 2009, como autor de un delito contra la salud pública, a la pena de tres años y seis meses de prisión e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y multa de 600 euros, por hechos cometidos en el año 2009, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 2 de marzo de 2012,
Vengo en conmutar a don Rafael Luján Novella la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento por 60 días de trabajo en beneficio de la comunidad, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 5 de marzo de 2012.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
ALBERTO RUIZ-GALLARDÓN JIMÉNEZ
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