Visto el expediente de indulto de don José Ángel Contreras Garrido, condenado por la Audiencia Provincial de Ciudad Real, Sección Segunda, en sentencia de 16 de octubre de 2008, como autor de un delito de lesiones, a la pena de dos años de prisión e inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 2006, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 9 de marzo de 2012,
Vengo en conmutar a don José Ángel Contreras Garrido la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento por otra de dos años de multa que se satisfará en cuotas diarias de dos euros cuyo inicio y forma de cumplimiento serán determinados por el Tribunal sentenciador, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 9 de marzo de 2012.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
ALBERTO RUIZ-GALLARDÓN JIMÉNEZ
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