Visto el expediente de indulto de don Marcos Galiana Pajares, condenado por la Audiencia Provincial de Madrid, Sección Sexta, en sentencia de 11 de febrero de 2010, como autor de un delito continuado de apropiación indebida, a la pena de cuatro años de prisión, multa de ocho meses con una cuota diaria de seis euros, e inhabilitación especial del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de duración de la condena, por hechos cometidos en los años 2003-2007, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 9 de marzo de 2012,
Vengo en conmutar a don Marcos Galiana Pajares la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 9 de marzo de 2012.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
ALBERTO RUIZ-GALLARDÓN JIMÉNEZ
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