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Documento BOE-A-2012-4520

Orden ESS/648/2012, de 15 de marzo, por la que, en ejecución de sentencia, se resuelve el concurso convocado por Orden TAS/1651/2008, de 4 de junio.

Publicado en:
«BOE» núm. 79, de 2 de abril de 2012, páginas 27185 a 27185 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio de Empleo y Seguridad Social
Referencia:
BOE-A-2012-4520

TEXTO ORIGINAL

Por Orden TAS/702/2008, de 7 de marzo («BOE» del 15) se convocó concurso 2/08 para la provisión de puestos de Subinspector de Empleo y Seguridad Social en este Ministerio, resolviéndose el precitado concurso por Orden TAS/1651/2008, de 4 de junio («BOE» de 13 de junio).

Contra dichas Órdenes, don Fernando Boró Herrera interpuso recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo n.º 2 de Madrid, solicitando la anulación de las mismas.

El citado Juzgado dictó Sentencia número 210/09, de fecha 9 de junio de 2009, recurrida en apelación ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, que dictó Sentencia con fecha 18 de mayo de 2011, en cuyo fallo se estima el recurso de apelación interpuesto por el Sr. Boro contra la Sentencia del Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo, condenando a la Administración demandada a dictar nueva Orden en la que la Base Segunda.5 se ajuste al Reglamento de Ingreso y Provisión de Puestos de Trabajo, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, con anulación de la Orden TAS/1651/2008, de 4 de junio, por la que se resuelve el concurso en lo que hace al apelante.

Por ello, se reúne la Comisión de Valoración de los Méritos establecida en la Base Quinta de la Orden TAS/702/2008 por la que se convocó concurso para la provisión de puestos de Subinspector de Empleo y Seguridad Social y, al objeto de dar cumplimiento a la sentencia, acuerdan otorgar a los méritos referidos a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral una puntuación máxima no inferior al 10 % ni superior al 40 % de la puntuación máxima total, dando a cada uno de estos méritos una puntuación de 0,45 puntos, siendo la puntuación máxima a obtener en los méritos referidos a conciliación, de 0,90 puntos.

De acuerdo con la nueva valoración, no se ven alteradas las Inspecciones Provinciales de Trabajo y Seguridad Social en las que obtuvieron destino los funcionarios en el concurso resuelto por Orden TAS/1651/2008, de 4 de junio.

Madrid, 15 de marzo de 2012.–La Ministra de Empleo y Seguridad Social, P. D. (Orden TIN/2254/2011, de 28 de julio), el Subsecretario de Empleo y Seguridad Social, Pedro Llorente Cachorro.

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