En uso de las atribuciones que le confiere el artículo 120 del Reglamento de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, aprobado por Real Decreto 2486/1998, de 20 de noviembre, el Ministro de Economía y Competitividad es el órgano competente para declarar el cese de los vocales de la Junta Consultiva de Seguros y Fondos de Pensiones en representación de los actuarios de seguros.
En su virtud, dispongo el cese de don Julián Oliver Raboso como vocal de la Junta Consultiva de Seguros y Fondos de Pensiones en representación de los actuarios de seguros, agradeciéndole los servicios prestados.
Madrid, 2 de abril de 2012.–El Ministro de Economía y Competitividad, Luis de Guindos Jurado.
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