Por Orden EDU/3538/2011, de 13 de diciembre (Boletín Oficial del Estado del 28), se concedieron ayudas para la movilidad de estudiantes en enseñanzas universitarias oficiales de máster para el curso académico 2011-2012 convocadas por Orden EDU/1541/2011, de 2 de junio.
Concluido el proceso de subsanación de las solicitudes y habiéndose detectado omisiones y errores cuya corrección ha acreditado el cumplimiento de los requisitos de la Convocatoria por parte de los solicitantes y teniendo en cuenta lo acordado por la Comisión de Selección del programa de ayuda del Capítulo Il Modalidad B), Subvenciones para la movilidad de estudiantes, se ha dispuesto:
Conceder las subvenciones para la movilidad de la estudiante omitida en la Orden de concesión EDU/3538/2011, de 13 de diciembre, que se indica en el Anexo I por los importes que se señalan para la universidad y máster oficial.
Proceder a la subsanación del error detectado en la grabación de los apellidos de un beneficiario en el Anexo I de la mencionada Orden en el siguiente sentido:
Pág. 144061, donde dice: «CHACARRÍAS LAPASTORA, MIGUEL», debe decir: «CHAVARRÍAS LAPASTORA, MIGUEL».
Proceder a la corrección de los errores detectados en la concesión correspondiente a los gastos de estancia de algunos estudiantes que se recogían en el Anexo de la Orden EDU/3538/2011, de 13 de diciembre. La diferencia entre ambos importes figura en el Anexo II de esta Orden, por estudiante, máster y universidad, y deberá ser reintegrado al Tesoro Público tal como establece el artículo 9 de la Orden EDU/1541/2011, de 2 de junio.
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, en el plazo de un mes, recurso potestativo de reposición, al amparo de los artículos 116 y 177 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. Asimismo, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la fecha de su notificación. Dicho recurso no podrá ser interpuesto hasta que el anterior recurso potestativo de reposición sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta.
Madrid, 27 de abril de 2012.–El Ministro de Educación, Cultura y Deporte, P.D. (Orden EDU/465/2012, de 2 de marzo), el Director General de Política Universitaria, Federico Morán Abad.
Convocatoria 2011/2012
Universidad |
Referencia |
Programa máster |
Apellidos y nombre |
Total subvención |
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Universidad de Oviedo. |
MAS2011-00725 |
Máster Universitario en Historia y Análisis sociocultural. |
Álvarez Lozano, Lorena. |
3.680,00 |
Convocatoria 2011/2012
Modificación a la Orden de 13 de diciembre de 2011 (BOE 28-12-2011)
Universidad |
Referencia |
Programa máster |
Apellidos y nombre |
Importe concedido Orden 13-12-2011 |
Importe subvención |
Diferencia importe |
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Universidad del Pais Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea |
MAS2011-00701 |
Máster Universitario en Química Sintética e Industrial. |
Martín Amores, Ugaitz. |
1.200,00 |
600,00 |
600,00 |
Riaño Castela, Iker. |
1.200,00 |
400,00 |
800,00 |
|||
Iglesias Rodríguez, Virginia. |
1.200,00 |
600,00 |
600,00 |
|||
Conde García, Nerea. |
1.200,00 |
600,00 |
600,00 |
|||
Total |
4.800,00 |
2.200,00 |
2.600,00 |
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