El Pleno del Ayuntamiento de Collado (Cáceres), en sesión extraordinaria celebrada el día 1 de septiembre de 2011 adoptó, por unanimidad, el acuerdo de modificar la actual denominación por la de Collado de la Vera, con el quórum establecido en el artículo 47.2.d) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, y en el artículo 26.2 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales, aprobado por el Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio.
El cambio se justifica en la necesidad de conservar el nombre histórico, Collado, añadiéndole la denominación de la Comarca a la que pertenece con el fin de lograr una mejor localización e identidad.
Se han seguido los trámites legalmente establecidos y consta en el expediente informe favorable de la Diputación Provincial de Cáceres.
En su virtud, a propuesta del Consejero de Administración Pública, el Consejo de Gobierno, acuerda:
Aprobar el cambio de denominación del municipio de Collado por Collado de la Vera.
Ordenar la publicación del presente acuerdo en el Diario Oficial de Extremadura.
La nueva denominación será efectiva a partir de su anotación en el Registro de Entidades Locales del Estado y su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Mérida, 23 de marzo de 2012.–El Consejero de Administración Pública, Pedro Tomás Nevado-Batalla Moreno.
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