Visto el expediente de indulto de don Francisco Pérez Rodríguez, condenado por la Audiencia Provincial de Málaga, sección novena, en sentencia de 19 de enero de 2010, como autor de un delito contra la salud pública, a la pena de tres años de prisión, con la accesoria legal de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante ella y multa de 415,89 euros, por hechos cometidos en el año 2007, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 27 de abril de 2012,
Vengo en conmutar a don Francisco Pérez Rodríguez la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cinco años desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 27 de abril de 2012.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
ALBERTO RUIZ-GALLARDÓN JIMÉNEZ
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