Obtenida la verificación del Plan de Estudios por el Consejo de Universidades, previo informe positivo de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación (ANECA).
Establecido el carácter oficial del título por Acuerdo del Consejo de Ministros de 11 de febrero de 2011 (publicado en el BOE de 16 de marzo de 2011) por Resolución de la Secretaría General de Universidades de 25 de febrero de 2011).
A efectos del cumplimiento de lo previsto en el artículo 35.4 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, y en la redacción dada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, que establecen que los Rectores y las Rectoras de las universidades deberán ordenar la publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y en el Diario Oficial de Galicia (DOG), en este caso, del primer inciso del apartado 5.1 de la Memoria para la solicitud de verificación de títulos oficiales, según el Anexo I del Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, según comunicado de 14 de octubre de 2008 de la Subdirección General de Coordinación Académica y Régimen Jurídico del Ministerio de Ciencia e Innovación, relativo a la estructura de las enseñanzas, y según el artículo 26 del Real Decreto 861/2010 de 2 de julio.
Este Rectorado, resuelve:
Publicar el plan de estudios conducente a la obtención del título oficial de máster universitario en Biotecnología Avanzada, que se recoge en el Anexo a esta resolución.
Vigo, 21 de abril de 2012.–El Rector, Salustiano Mato de la Iglesia.
Rama de conocimiento: Ciencias
Universidades participantes: A Coruña y Vigo
Cuadro 1. Distribución de créditos ECTS según tipo de materia
Tipo de materia |
ECTS |
---|---|
Obligatorias |
42 |
Optativas |
18 |
Prácticas Externas |
18 |
Trabajo Fin de Máster |
12 |
Créditos Totales |
90 |
Cuadro 2. Asignaturas, créditos y módulos del Máster
Asignatura |
ECTS |
Carácter |
Curso |
Módulo |
---|---|---|---|---|
Ingeniería Genética y Transgénesis. |
4,5 |
Obligatoria. |
1.º |
I. Metodologías y Procesos. |
Ingeniería Celular y Tisular. |
3 |
Obligatoria. |
1.º |
|
Genómica y Proteómica. |
4,5 |
Obligatoria. |
1.º |
|
Bioinformática. |
3 |
Obligatoria. |
1.º |
|
Biotecnología Industrial. |
6 |
Obligatoria. |
1.º |
|
Procesos y Productos Biotecnológicos. |
3 |
Obligatoria. |
1.º |
|
Técnicas de Aplicación en Biotecnología. |
6 |
Obligatoria. |
1.º |
|
Organización y Gestión: Gestión Empresarial y Gestión Eficaz del Laboratorio. |
4,5 |
Obligatoria. |
1.º |
II. Gestión, Control y Auditoría de Bioempresas. |
Auditoría de Empresas Biotecnológicas. |
4,5 |
Obligatoria. |
1.º |
|
Aspectos Legales y Éticos en Biotecnología. |
3 |
Obligatoria. |
1.º |
|
Biotecnología Alimentaria. |
3 |
Optativa. |
1.º |
III. Biotecnología Alimentaria y Agropecuaria. |
Análisis de Alimentos, Seguridad Alimentaria y Trazabilidad. |
3 |
Optativa. |
1.º |
|
Biotecnología Animal. |
3 |
Optativa. |
1.º |
|
Biotecnología Aplicada al Desarrollo Sostenible. |
3 |
Optativa. |
1.º |
|
Biotecnología Vegetal. |
3 |
Optativa. |
1.º |
|
Biotecnología Aplicada al Desarrollo Sostenible. |
3 |
Optativa. |
1.º |
IV. Biotecnología Ambiental. |
Contaminación Ambiental. |
3 |
Optativa. |
1.º |
|
Tecnología Ambiental y Gestión del Agua. |
3 |
Optativa. |
1.º |
|
Tecnología Ambiental y Gestión del Suelo y Aire. |
3 |
Optativa. |
1.º |
|
Prevención, Gestión y Auditorías Ambientales. |
3 |
Optativa. |
1.º |
|
Diagnóstico y Terapia Molecular. |
3 |
Optativa. |
1.º |
V. Biotecnología Sanitaria. |
Reproducción Asistida. |
3 |
Optativa. |
1.º |
|
Diseño y Producción de Vacunas y Fármacos. |
3 |
Optativa. |
1.º |
|
Diseño de Nuevos Fármacos Específicos (Farmacología y Farmacogenómica). |
3 |
Optativa. |
1.º |
|
Herramientas Biotecnológicas para Análisis Forense. |
3 |
Optativa. |
1.º |
|
Trabajo Fin de Máster. |
12 |
Obligatoria. |
2.º |
VI. Proyecto Fin de Máster. |
Prácticas Externas. |
18 |
Obligatoria. |
2.º |
VII. Prácticas Externas. |
Para la obtención del título de Máster Universitario en Biotecnología Avanzada, el alumnado deberá superar 72 ECTS obligatorios y optar por una de las especialidades ofertadas, que se corresponden con los módulos III, IV o V, cursando 15 créditos de la especialidad y 3 ECTS a escoger entre las otras especialidades.
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