El texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero (Ley de Evaluación de Impacto Ambiental), prevé que los proyectos públicos o privados consistentes en la realización de las obras, instalaciones o de cualquier otra actividad comprendida en el anexo II, así como cualquier proyecto no incluido en su anexo I que pueda afectar directa o indirectamente a los espacios de la Red Natura 2000, deben ser evaluados por el órgano ambiental a los efectos de determinar con claridad las posibles afecciones y medidas correctoras aplicables al mismo, o, en su caso, el sometimiento al procedimiento de evaluación de impacto ambiental regulado en la sección 1.ª del capítulo II de dicha Ley.
El proyecto Adecuación y mejora de los caminos de acceso a los embalses de Fuensanta y Cenajo, términos municipales de Yeste, Hellín, Socovos (Albacete) y Moratalla (Murcia), se encuentra encuadrado en el apartado 9 del grupo k, del referido anexo II.
Los principales elementos del análisis ambiental del proyecto son los siguientes:
1. Objeto, descripción y localización del proyecto. Promotor y órgano sustantivo
Los caminos de servicio de acceso a los embalses de Fuensanta y Cenajo, se encuentran asfaltados en su totalidad y tienen como función garantizar el acceso a los mismos. Presentan unas deficiencias que comprometen la correcta aplicación de la orden de 12 de marzo de 1996, por la que se aprueba el Reglamento Técnico de Seguridad de Presas y Embalses.
En la documentación ambiental se estudian tres alternativas: la de no actuación, la segunda alternativa, consistente en realizar un nuevo trazado, y la tercera alternativa, que supondría realizar la actuación sobre el trazado existente. Esta última fue la seleccionada, puesto que se actúa sobre la infraestructura preexistente, sin necesidad de proyectar caminos de nuevo trazado.
El objeto del proyecto es la subsanación de las deficiencias detectadas, para lo que se proponen una serie de actuaciones. El camino de acceso al embalse de Cenajo se encuentra ubicado en los términos municipales de Hellín, Socovos y Moratalla y el camino de acceso al embalse de Fuensanta en el término municipal de Yeste.
En el embalse de Cenajo se actuará en una longitud de 24,3 km:
a) En una longitud de 14.611 m en el tramo C-1 y de 2.521 m en el tramo C-2 se llevarán a cabo ampliaciones de calzada, refuerzo de firme, sobreanchos en algunas curvas de radio pequeño en 12 puntos, señalización y balizamiento, mantenimiento, reparación y ampliación de las obras de drenaje existentes.
b) En 1.744 m en el tramo C-2 y 3.550 m del tramo C-S se llevarán a cabo refuerzo de firme, señalización y balizamiento, mantenimiento, reparación y ampliación de las obras de drenaje existentes.
c) En el tramo denominado C-Variante se ejecutará una nueva calzada de 4 m de anchura, de 1.740 m.
En el embalse de Fuensanta se actuará en una longitud de 4,3 km:
a) En 2.727 m de longitud de los tramos F-1 y F-2 se llevarán a cabo ampliaciones de calzada, refuerzo de firme, sobreanchos en algunas curvas de radio pequeño en 14 puntos, señalización y balizamiento, mantenimiento, reparación y ampliación de las obras de drenaje existentes.
b) En 477 m del tramo F-2 y 1.091 m del tramo F-S se llevará a cabo refuerzo de firme, señalización y balizamiento, mantenimiento, reparación y ampliación de las obras de drenaje existentes.
En varios puntos de los tramos anteriores se llevarán a cabo actuaciones contra desprendimientos.
La ampliación de calzada se realiza para conseguir un ancho de plataforma mínimo para disponer de dos carriles de circulación de 2,75 m de ancho, arcenes de 0,25 m y bermas de 0,25 m. En las curvas de radio inferior a 20 m, se ha proyectado un sobreancho de 0,75 m.
Los volúmenes de tierra que se llevarán a vertedero son 48.209,29 m3 en el embalse de Cenajo y de 7.144,56 m3 en el embalse de Fuensanta. El promotor propone la utilización de áridos reciclados en la fabricación del hormigón de la obra, procedentes de la demolición de las obras de fábrica y muros de hormigón. Las operaciones de reciclado se llevarán a cabo en la planta n.º 1 Reciclado RCD,S Albacete, S.L. El resto de materiales será depositado en los vertederos autorizados señalados en el documento ambiental.
El promotor y órgano sustantivo de este proyecto es la Confederación Hidrográfica del Segura del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.
2. Tramitación y consultas
Con fecha 29 de julio de 2010 se recibe en la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, en la actualidad Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental y Medio Natural, la documentación ambiental del proyecto. Revisada dicha documentación, con fecha 20 de octubre de 2010 se solicitó la mejora de la misma en algunos aspectos con el objeto de realizar consultas ambientales. El 7 de junio de 2011 se recibe la documentación ambiental con las mejoras solicitadas. El 17 de junio se solicitan 14 ejemplares para realizar las consultas. Con motivo de la inclusión en la documentación ambiental complementaria recibida de los términos municipales de Socovos y Moratalla en el ámbito de actuación del proyecto, se solicitan de nuevo la remisión de 15 ejemplares para realizar consultas ambientales.
Con fecha 8 de noviembre de 2011, se inicia el trámite de consultas previas, consultándose a los organismos expuestos a continuación. Se ha marcado con una «x» aquellos que han emitido informe:
Organismos consultados |
Resultado de la consulta |
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Dirección General de Medio Natural y Política Forestal del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino. |
– |
Confederación Hidrográfica del Segura del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino. |
– |
Dirección General del Agua de la Consejería de Agricultura y Agua de la Región de Murcia. |
– |
Dirección General de Política Forestal de la Consejería de Agricultura y Agua de la Región de Murcia. |
– |
Dirección General de Planificación, Evaluación y Control Ambiental de la Consejería de Agricultura y Agua de la Región de Murcia. |
– |
Dirección General de Patrimonio Natural y Biodiversidad de la Consejería de Agricultura y Agua de la Región de Murcia. |
– |
Dirección General de Bienes Culturales de la Consejería de Cultura y Turismo de la Región de Murcia. |
X |
Dirección General de Bienes Culturales de la Consejería de Cultura y Turismo de la Región de Murcia. |
– |
Dirección General de Medio Ambiente de la Consejería de Presidencia de la Región de Murcia. |
– |
Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales de la Consejería de Cultura y Turismo de la Región de Murcia. |
– |
Dirección General de Ganadería y Pesca de la Consejería de Agricultura y Agua de la Región de Murcia. |
– |
Dirección General de Montes y Espacios Naturales de la Consejería de Agricultura de la Junta de Comunidades de Castilla- La Mancha. |
– |
Organismo Autónomo de Espacios Naturales de Castilla-La Mancha de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. |
– |
Dirección General de Cultura. Consejería de Educación, Ciencia y Cultura de la Junta de Comunidades de Castilla- La Mancha. |
X |
Diputación Provincial de Albacete. |
– |
Subdelegación del Gobierno en Albacete. |
– |
Ayuntamiento de Hellín (Albacete). |
– |
Ayuntamiento de Moratalla (Murcia). |
X |
Ayuntamiento de Socovos (Albacete). |
X |
Ayuntamiento de Yeste (Albacete). |
– |
Ecologistas en Acción–CODA (Confederación Nacional). |
– |
Ecologistas en Acción-Acmadén (Asociación Castellano-Manchega de Defensa del Patrimonio Natural). |
– |
Ecologistas en Acción de Albacete. |
– |
Ecologistas en Acción de Murcia. |
– |
SEO. |
– |
Sociedad Albacetense de Ornitología SAO. |
X |
Las principales cuestiones ambientales planteadas en las respuestas recibidas se resumen a continuación:
Sociedad Albacetense de Ornitología: El proyecto de referencia afecta al LIC ES4120008 y ZEPA ES0000388 Sierra de Alcaraz y de Segura y Cañones del Segura y del Mundo. En la zona del embalse de Fuensanta existe el hábitat prioritario 6220* Zonas Subestépicas de Gramíneas y anuales de Thero-Brachypodietea. Desde el punto de vista faunístico, la zona destaca por la presencia de aves como el águila azor perdicera «Hieraetus fasciatus», encontrándose muy próxima una zona de nidificación. Entre los mamíferos destaca la nutria «Lutra Lutra». Indica que las obras de drenaje transversal no deben suponer un efecto barrera para la fauna por lo que debería tenerse en cuenta el documento «Prescripciones Técnicas para el diseño de pasos de fauna y vallados perimetrales» del Ministerio de Medio Ambiente, año 2006 para la adecuación de las mismas. Indica una serie de medidas correctoras, entre las cuales señala que las obras se realicen fuera del periodo reproductivo de las aves. En coordinación con el Servicio de Montes y Espacios Naturales de los Servicios Periféricos de la Delegación de Agricultura en Albacete, solicita que se lleve a cabo un censo y localización de nidos del águila perdicera y águila real, de la ZEPA anteriormente citada, y se lleve a cabo el seguimiento de las posibles parejas y marcaje de los pollos durante al menos 5 años.
Dirección General de Cultura. Delegación Provincial de Albacete de la Consejería de Educación, Ciencia y Cultura de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha: Indica que cualquier modificación del emplazamiento de las diversas infraestructuras del proyecto de obra civil autorizado en este momento deberá contar con la autorización de esta Dirección General.
Dirección General de Bienes Culturales de la Consejería de Cultura y Turismo de la Región de Murcia: Señala que en el área de proyecto no se ha constatado en las bases de datos del patrimonio arqueológico del patrimonio cultural de la Región de Murcia la presencia conocida de elementos de carácter arqueológico, paleontológico o inmueble, aunque dicha área no ha sido objeto de una prospección arqueológica sistemática. Indica que es necesario redactar un Estudio de Impacto sobre el patrimonio cultural que incorpore los resultados de una prospección arqueológica previa y exhaustiva del área afectada por el proyecto de referencia. El estudio sobre el patrimonio cultural deberá correr a cargo de técnicos arqueólogos designados por la Dirección General de Bienes Culturales a propuesta de los interesados en el proyecto.
Ayuntamiento de Moratalla: Considera en su informe que el proyecto no causa impactos ambientales significativos.
Ayuntamiento de Socovos: Indica que, comprobada la documentación remitida y tras visitar el lugar afectado por las obras, no presume la posibilidad de que las obras impliquen impactos ambientales significativos sin cubrir o mal cubiertos por las medidas correctoras aportadas. Asimismo, no se consideran otras administraciones o particulares a los que se deba solicitar informes complementarios.
3. Análisis según los criterios del anexo III
Una vez analizada la documentación que obra en el expediente, y considerando las respuestas recibidas a las consultas practicadas, se realiza el siguiente análisis para determinar la necesidad de sometimiento del proyecto al procedimiento previsto en la sección 1.ª del capítulo II del texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos, según los criterios del anexo III.
Características del proyecto. Las actuaciones a realizar en los caminos de acceso tanto al embalse de Cenajo como al embalse de Fuensanta cuentan con las mismas características. En el acceso al embalse de Cenajo, se adecuará un camino de acceso en una longitud total de 24,3 km aproximadamente, y en el embalse de Fuensanta se adecuará una longitud total de 4,3 km.
Se corregirán curvas de radio menor a 20 m, dando un sobreancho de 0,75 m en uno de los márgenes. En el camino de acceso al embalse de Fuensanta, se corregirán 12 curvas, y en los accesos al embalse de Fuensanta se corregirán 14 curvas.
El proyecto llevará a cabo ampliaciones de calzada para conseguir dos carriles de circulación de 2,75 m, arcenes de 0,25 m y bermas de 0,25 m a cada lado.
Tanto en los caminos de acceso al embalse de Cenajo como en el camino de acceso al embalse de Fuensanta, existen problemas de desprendimientos en varios puntos, por lo que se han escogido diferentes soluciones dependiendo de los tramos de los caminos de acceso, que consisten, entre otras en mallas de triple torsión colgadas y muros de piezas prefabricadas de hormigón.
En cuanto a los sistemas de drenaje se procederá a la limpieza y reparación de las obras existentes para que cumplan los condicionantes hidráulicos y también se ampliarán obras de drenaje que no cumplan con estos condicionantes.
Ubicación del proyecto. El camino de acceso al embalse de Fuensanta se sitúa en el término municipal de Yeste. El camino de acceso al embalse de Cenajo se sitúa en los términos municipales de Hellín, Socovos y Moratalla. Ambos discurren por el LIC ES4120008 y ZEPA ES0000388 Sierra de Alcaraz y Segura y Cañones del Segura y del Mundo.
Características del potencial impacto. De la documentación remitida se concluye que el proyecto no supondrá un incremento significativo de las emisiones de contaminantes a la atmósfera, ni de la producción de residuos, ni de los vertidos a cauces públicos, ni del uso de los recursos naturales, ni la afección a ninguna vegetación de ribera protegida.
Según se recoge en los planos del documento ambiental, los caminos de acceso que se pretende acondicionar no afectan a hábitats prioritarios dentro del LIC.
Junto con la primera documentación ambiental del proyecto recibida con fecha 29 de julio de 2010 en esta Dirección General, el promotor adjunta un informe elaborado por el Organismo Autónomo de Espacios Naturales de la Junta de Castilla-La Mancha, de fecha 2 de junio de 2010, junto con la Declaración de la Autoridad Responsable del Seguimiento de la Red Natura 2000, procedente de la Dirección General de Áreas Protegidas y Biodiversidad de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente de la Junta de Castilla-La Mancha, que tendrá una validez de 12 meses e indica que el condicionado de dicho informe se tendrá en cuenta durante la realización de las obras. Ambos organismos informan de que después de realizada la evaluación requerida en el art. 6.3 de la Directiva 92/43/CEE, se ha llegado a la conclusión de que el proyecto no tendrá efectos negativos apreciables en lugares incluidos en Red Natura 2000.
En la documentación complementaria solicitada, el promotor recoge el cumplimento de las condiciones que se establecen en ambos informes, entre las cuales indican que para evitar cualquier afección a especies protegidas y nidificantes en la zona, el periodo más adecuado para la ejecución de las obras es el comprendido entre el 15 de agosto y 15 de enero. Se realizará un reportaje fotográfico antes y después de la ejecución de las obras presentándose al Organismo Autónomo de Espacios Naturales, con un informe final con las incidencias ambientales acaecidas, y antes de la realización de la actuación se comunicará con suficiente antelación al Organismo Autónomo de Espacios Naturales y al Servicio Provincial en Albacete de la Dirección General de Áreas Protegidas y Biodiversidad.
Teniendo en cuenta todo ello, y a propuesta de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental y Medio Natural, este Ministerio resuelve:
De acuerdo con la evaluación de impacto ambiental practicada según la sección 2.ª del capítulo II, artículos 16 y 17, y el análisis realizado con los criterios del anexo III del texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos, no es previsible que el proyecto Adecuación y mejora de los caminos de acceso a los embalses de Fuensanta y Cenajo, términos municipales de Yeste, Hellín, Socovos (Albacete) y Moratalla (Murcia), cumpliendo los requisitos ambientales que se desprenden de la presente Resolución, vaya a producir impactos adversos significativos, por lo que no se considera necesaria la tramitación prevista en la sección 1.ª del capítulo II de dicha Ley.
Esta Resolución se hará pública a través del «Boletín Oficial del Estado» y de la página web del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente (www.magrama.es), debiendo entenderse que no exime al promotor de obtener las autorizaciones ambientales que resulten legalmente exigibles.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», de acuerdo con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo Común, o interponer directamente recurso contencioso administrativo, en el plazo de dos meses contado desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, de conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción Contencioso-administrativa.
Madrid, 21 de mayo de 2012.–El Secretario de Estado de Medio Ambiente, Federico Ramos de Armas.
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