Visto el expediente de indulto de don David Acosta Romero, condenado por la Audiencia Provincial de Sevilla, sección tercera, en sentencia de 2 de junio de 2010, como autor de un delito de estafa, a la pena de un año de prisión y multa de seis meses con una cuota diaria de tres euros; y un delito de falsedad, a la pena de seis meses de prisión y multa de seis meses con una cuota diaria de tres euros, con las accesorias de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de las condenas, por hechos cometidos en el año 2005, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 11 de mayo de 2012,
Vengo en conmutar a don David Acosta Romero las penas privativas de libertad pendientes de cumplimiento por otra única de 60 días de trabajos en beneficio de la comunidad, a condición de que no abandone el tratamiento iniciado hasta alcanzar la total rehabilitación y no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 11 de mayo de 2012.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
ALBERTO RUIZ-GALLARDÓN JIMÉNEZ
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid