Visto el expediente de indulto de don Alfonso Giménez Ponce, condenado por la Audiencia Provincial de Murcia, sección primera, en sentencia de 13 de mayo de 2008, resolutoria del recurso de apelación interpuesto contra otra del Juzgado de lo Penal número 1 de Lorca, como autor de un delito de falsedad en documento privado en concurso ideal con un delito de estafa, a la pena de tres años de prisión menor, con accesorias legales, por hechos cometidos en el año 1988, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 18 de mayo de 2012,
Vengo en conmutar a don Alfonso Giménez Ponce la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que abone las responsabilidades civiles fijadas en la sentencia en el plazo que determine el Tribunal sentenciador y no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 18 de mayo de 2012.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
ALBERTO RUIZ-GALLARDÓN JIMÉNEZ
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