Visto el expediente de indulto de don Unai Urgoitia Mardones, condenado por el Juzgado de lo Penal número 2 de Bilbao, en sentencia de 15 de octubre de 2008, como autor de un delito de receptación a la pena de un año y tres meses de prisión, y multa de doce meses con una cuota diaria de seis euros y cierre temporal del local durante dos años; y un delito de tenencia ilícita de armas, a la pena de un año de prisión, con las accesorias de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de las condenas, por hechos cometidos en el año 2005, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 18 de mayo de 2012,
Vengo en conmutar a don Unai Urgoitia Mardones las penas privativas de libertad impuestas por otra única de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 18 de mayo de 2012.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
ALBERTO RUIZ-GALLARDÓN JIMÉNEZ
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