Contido non dispoñible en galego
1. De conformidad con la propuesta elevada por la Comisión nombrada para juzgar el concurso para la provisión de plazas de los cuerpos docentes universitarios y presentada por el interesado la documentación a que hace referencia las bases de la convocatoria,
Este Rectorado, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 65 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, modificada por Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, y demás disposiciones concordantes, ha resuelto nombrar a los siguientes funcionarios docentes universitarios:
1.1 Código de concurso: UAM-A261TUV. Resolución de la convocatoria de acceso de 7 de octubre de 2011 («BOE» de 11 de noviembre), Cuerpo de Profesores Titulares de Universidad con dedicación a tiempo completo vinculados con institución sanitaria. Centro hospitalario: Hospital universitario «Puerta de Hierro-Majadahonda». Categoría asistencial: Facultativo Especialista de Área. Especialidad Cirugía Torácica. Nombre y apellidos: Don Andrés Varela de Ugarte, con documento nacional de identidad número 50281408-G. Área de conocimiento: «Cirugía». Departamento de Cirugía, adscrito a la Facultad de Medicina.
2. En el plazo máximo de veinte días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación del nombramiento en el «Boletín Oficial del Estado», el candidato propuesto deberá tomar posesión de su plaza, momento en el que adquirirá la condición de funcionario docente universitario del Cuerpo de que se trate.
3. Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a su publicación. No obstante, y sin perjuicio de que se pueda ejercitar cualquier otro que se estime procedente, puede optarse por interponer contra la presente resolución recurso de reposición ante el Rector de la UAM, en el plazo de un mes, contando desde el día siguiente al de su publicación, en cuyo caso no podrá interponer el recurso contencioso-administrativo anteriormente mencionado en tanto no sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto, conforme a lo previsto en los artículos 116 y 117 de la LRJPAC.
Madrid, 13 de abril de 2012.–El Rector, P. D. (Resolución de 9 de mayo de 2011), el Vicerrector de Personal Docente e Investigador, Carlos García de la Vega.–El Consejero de Sanidad de la Comunidad de Madrid, Javier Fernández-Lasquetty Blanc.
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