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Documento BOE-A-2012-8182

Resolución de 16 de mayo de 2012, de la Dirección General de la Marina Mercante, por la que se homologa el centro de formación Vicente Gradaille para impartir cursos.

Publicado en:
«BOE» núm. 145, de 18 de junio de 2012, páginas 43805 a 43806 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-A-2012-8182

TEXTO ORIGINAL

El Comité de Seguridad Marítima (MSC) de la Organización Marítima Internacional aprobó el 18 de mayo de 2006 la Resolución MSC 209(81) por la que se modificaba el Capítulo VI del Código de Formación, Titulación y Guardia para la Gente de Mar (Código de Formación) al crearse la función de Oficial de Protección del Buque y establecer los requisitos mínimos obligatorios para la expedición de los títulos de suficiencia. La citada enmienda se publicó en el «Boletín Oficial de Estado» de 4 de marzo de 2008.

El Real Decreto 1617/2007, de 7 de diciembre, por el que se establecen medidas para la mejora de la protección de los puertos y del transporte marítimo, establece en su artículo 6-4.º que corresponde a la Dirección General de la Marina Mercante verificar la formación de los oficiales de protección de los buques y los oficiales de la compañía para la protección marítima. A tales efectos le corresponde aprobar los programas de formación, las condiciones de homologación y control de los centros de formación y las condiciones de obtención de los certificados de especialidad de Oficial de Protección del Buque y de Oficial de la Compañía para la Protección Marítima.

La Resolución de 16 de noviembre de 2010, de la Dirección General de la Marina Mercante, crea el Certificado de Especialidad de Oficial de Protección del Buque y Oficial de la Compañía para la Protección Marítima.

Efectuada solicitud de homologación por el centro de formación marítima «Vicente Gradaille», para impartir los cursos de especialidad marítima de oficial de la compañía para la protección marítima y oficial para la protección del buque, vista la documentación aportada y el informe de la Capitanía Marítima de Burela, y de conformidad con lo dispuesto en la Resolución de 16 de noviembre de 2010,

Esta Dirección General ha resuelto:

Primero.

Homologar el centro de formación marítima «Vicente Gradaille» para impartir los cursos de certificado de especialidad de:

Oficial para la Protección del Buque.

Segundo.

Esta homologación tendrá validez por dos años, a partir de la fecha de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», pudiéndose prorrogar a la vista de la memoria, planes de estudios, prácticas y demás documentación que presente el centro de formación sobre los cursos realizados en base a esta homologación y se solicite tres meses antes de la fecha de su expiración.

Tercero.

En un plazo no inferior a quince días antes de la celebración de cada curso no relacionados en el epígrafe Tercero, el centro de formación «Vicente Gradaille» informará a la Subdirección General de Seguridad, Contaminación e Inspección Marítima y a la Capitanía Marítima mediante medios electrónicos y la aplicación informática desarrollada al efecto, así como la distribución del contenido del curso en las fechas de desarrollo del mismo y la relación de los formadores, instructores y evaluadores del curso correspondiente acompañada del currículum profesional, con la cualificación y experiencia de aquéllos que no hayan participado en cursos anteriores o que no consten en el expediente de homologación.

En el caso de cursos a impartir en el exterior del centro de formación «Vicente Gradaille» deberá además detallar el lugar donde se va a impartir el curso, con las características del equipamiento material que se va a utilizar. En este caso, se notificará a la Capitanía Marítima y/o al Distrito Marítimo correspondiente.

Los cursos constarán del mínimo de horas que especifica el Anexo I de la Orden FOM 2296/2002, de 4 de septiembre. No pudiendo impartirse más de 8 horas por día, entendiéndose como tal el cómputo de 24 horas seguidas, desde el momento en el que dan comienzo las clases el día correspondiente. Adicionalmente, se deberá realizar un descanso mínimo de una hora cada cuatro horas de clase.

Cuarto.

En el plazo no superior a setenta y dos horas posteriores a la finalización del curso, el centro de formación remitirá a la Subdirección General de Seguridad, Contaminación e Inspección Marítima, mediante la aplicación informática desarrollada al efecto, los datos de los alumnos que hayan superado el curso, de acuerdo con los contenidos determinados en el anexo I de la Orden FOM 2296/2002, de 4 de septiembre.

Quinto.

Además, en el plazo no superior a una semana desde la finalización del curso correspondiente, el centro de formación «Vicente Gradaille» remitirá acta oficial electrónica correspondiente a la Subdirección General de Seguridad, Contaminación e Inspección Marítima y a la Capitanía Marítima.

Sexto.

Al personal que haya finalizado con aprovechamiento el curso realizado, se le expedirá por la Dirección General de la Marina Mercante el oportuno certificado oficial a la vista de las actas o el certificado emitido por el centro de formación, de acuerdo con los contenidos determinados en el anexo I de la Orden FOM 2296/2002, de 4 de septiembre.

Séptimo.

Al objeto de comprobar que el desarrollo de los cursos se adecua a los niveles de calidad y profesionalidad necesarias, la Subdirección General de Seguridad, Contaminación e Inspección Marítima y las Capitanías Marítimas podrán llevar a cabo inspecciones de los mismos.

Octavo.

El personal que participe en los cursos deberá estar amparado por un seguro de responsabilidad civil que cubra todos los accidentes que pudieran producirse durante la realización de los mismos.

La presente resolución no agota la vía administrativa y contra la misma cabe interponer recurso de alzada en el plazo de un mes ante el Secretario General de Transportes, de acuerdo con lo establecido en el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 16 de mayo de 2012.–El Director General de la Marina Mercante, Rafael Rodríguez Valero.

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