Advertido errores en la Orden EDU/3065/2011, de 26 de octubre, por la que se autoriza la prolongación de una estancia de movilidad de profesores e investigadores extranjeros en centros españoles adjudicada por Resolución de 23 de diciembre de 2009 («BOE» del 30), publicada en el «Boletín Oficial del Estado», número 275, de 15 de noviembre, se procede a subsanar mediante la correspondientes correcciones:
En el texto donde dice: concedida a la Universidad Complutense de Madrid, debe decir: concedida al Consejo Superior de Investigaciones Científicas.
Y en el Anexo, la cantidad que figura en el apartado Total Cuota Patronal S.S. es errónea. Por tanto,
Donde dice:
Organismo |
Referencia |
Investigador extranjero |
Responsable del grupo español |
Fecha de inicio |
Fecha de fin |
Total sueldo |
Total pagas extras |
Total Cuota patronal S.S. |
Total anualidad |
---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
Consejo Superior de Investigaciones Científicas. |
SB2009-0015 |
Bleda Maza de Lizana, Mercedes. |
Del Río González, Pablo. |
1-nov-2011 |
16-dic-2011 |
2.971,60 |
495,16 |
112,82 |
4.579,58 |
Debe decir:
Organismo |
Referencia |
Investigador extranjero |
Responsable del grupo español |
Fecha de inicio |
Fecha de fin |
Total sueldo |
Total pagas extras |
Total Cuota patronal S.S. |
Total anualidad |
---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
Consejo Superior de Investigaciones Científicas. |
SB2009-0015 |
Bleda Maza de Lizana, Mercedes. |
Del Río González, Pablo. |
1-nov-2011 |
16-dic-2011 |
2.971,60 |
495,16 |
1.112,82 |
4.579,58 |
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer en el plazo de un mes recurso potestativo de reposición. Asimismo, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su notificación de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998. Dicho recurso no podrá ser interpuesto hasta que el anterior recurso potestativo sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta.
Madrid, 23 de marzo de 2012.–El Ministro de Educación, Cultura y Deporte, P. D. (Orden/ECD/465/2012, de 2 de marzo), la Secretaria de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, Montserrat Gomendio Kindelan.
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