El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte establece como uno de los objetivos prioritarios la consecución de la calidad y mejora de la educación, así como el desarrollo de las competencias que se consideran imprescindibles en la sociedad del conocimiento. Por ello valora y potencia las propuestas pedagógicas y materiales innovadores que sirvan de estímulo a los docentes y den respuesta a estos objetivos.
Desde su creación en el año 1983, los Premios «Francisco Giner de los Ríos» a la Mejora de la Calidad Educativa, convocados conjuntamente por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y la Fundación BBVA, pretenden servir de estímulo al profesorado para la realización de trabajos de investigación pedagógica e innovación educativa que de otro modo no se habrían llevado a cabo y que contribuyen al logro de los mencionados objetivos.
Con el propósito de seguir fomentando entre los docentes de la educación no universitaria, tanto las actividades de investigación aplicada como la elaboración de estudios y trabajos innovadores que ayuden en el desarrollo de las competencias básicas, el aprendizaje de los alumnos, su preparación para su futura inserción social y profesional y, en definitiva, el refuerzo de las capacidades y actitudes requeridas para participar plenamente y de forma responsable en la sociedad y economía en la que están inmersos, esta Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, ha resuelto:
Objeto de la convocatoria y financiación
1. Se convocan los XXVIII Premios «Francisco Giner de los Ríos» a la Mejora de la Calidad Educativa, dotados económicamente por la Fundación BBVA, para los trabajos o experiencias pedagógicas de docentes o equipo de docentes que se encuentren en activo dando clase en centros educativos españoles o de titularidad mixta que impartan las enseñanzas del sistema educativo español autorizados por las administraciones educativas en alguna de las siguientes enseñanzas: segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato, Formación Profesional, Enseñanzas Artísticas Profesionales, Enseñanzas de Idiomas en Escuelas Oficiales y Enseñanzas Deportivas.
2. Los premios se estructuran en las cuatro categorías siguientes:
A. Un premio especial al mejor trabajo, dotado con 24.000 euros.
B. Un premio para el segundo ciclo de Educación Infantil, dotado con 15.000 euros, para un trabajo que contribuya a desarrollar las capacidades individuales y sociales del alumno que posibilitan el conocimiento personal, social y del entorno, el desarrollo de su autonomía y la adquisición de valores de convivencia, y habilidades que redunden en el desarrollo de los aprendizajes instrumentales.
C. Dos premios para la etapa de Educación Primaria, dotados con 15.000 euros cada uno, para trabajos que incidan en la innovación y mejora de los aprendizajes instrumentales y la práctica docente y de forma especial en el desarrollo de las competencias básicas.
D. Cuatro premios para el resto de las enseñanzas, dotados con 15.000 euros cada uno, según las siguientes modalidades:
– Un premio para trabajos del área Científico-tecnológica
– Un premio para trabajos del área de Humanidades y de Ciencias Sociales
– Un premio para trabajos de otras materias y áreas curriculares y
– Un premio a los trabajos que han potenciado la aplicación y desarrollo de las habilidades que faciliten la incorporación al mundo profesional y social.
Solicitudes de participación y plazo de presentación
Para optar a estos Premios, los participantes deberán elaborar un trabajo que, habiendo sido aplicados sus resultados en el aula, contribuya a la mejora de la calidad educativa.
1. Los trabajos deberán ser originales. No podrán participar aquellos trabajos que hubieran sido premiados en cualquier convocatoria pública o privada anterior a la fecha de publicación de esta Resolución, o hubieran sido dotados económicamente para su realización por instituciones fuera del ámbito educativo o sean parte integrante de una tesis doctoral. Si en el espacio de tiempo entre la presentación de la solicitud hasta la fecha de resolución de la convocatoria, alguno de los trabajos presentados resultase beneficiario de algún premio, deberá ser comunicado al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte (Centro Nacional de Innovación e Investigación Educativa) y éste procederá a su retirada del proceso de deliberación.
2. La documentación precisa para optar a estos premios estará compuesta por:
– El Impreso oficial de la solicitud obtenido a través de la cumplimentación de la solicitud en la sede electrónica del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte (http://www.educacion.gob.es/portada.html o https://sede.educacion.gob.es/portada.html) debidamente firmado por el solicitante (solo en los casos incluidos en la letra b del apartado cuarto de la convocatoria).
– Una síntesis del trabajo ajustado al formato del anexo I en soporte electrónico que se adjuntará a la solicitud siguiendo las instrucciones de apartado cuarto.
– Una memoria donde se detallen los aspectos más relevantes de la experiencia, que no deberá superar las 50 páginas, en soporte electrónico que se adjuntará a la solicitud electrónica siguiendo las instrucciones de apartado cuarto.
– Cualquier otro material que el autor considere necesario para aclarar la experiencia presentada. En este caso el formato se ajustará a lo especificado en el anexo II.
– Certificación de la dirección del centro, acreditativa de que los concursantes prestan sus servicios como personal docente en dicho centro, o han estado destinados en el mismo con este carácter durante la realización de la experiencia. En el supuesto de que uno de los autores del trabajo o experiencia educativa sea el/la director/a del centro, la certificación habrá de ser expedida por la autoridad administrativa de la que dependa que igualmente se adjuntará en fichero electrónico.
3. En todo caso, en la portada, página inicial o cubierta del material presentado debe figurar, al menos, el título del trabajo o investigación y la indicación XXVIII Premios «Francisco Giner de los Ríos» a la Mejora de la Calidad Educativa.
4. Si los trabajos estuvieran redactados en una lengua distinta al castellano, deberán acompañarse de una traducción a esta lengua de todo el contenido del trabajo.
5. El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte podrá solicitar, en cualquier momento del procedimiento administrativo, los originales a través de los cuales se generaron todos los archivos electrónicos incorporados a la solicitud, con el fin de contrastar su validez y concordancia.
6. El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte se reserva el derecho de actuar legalmente contra aquellos que modificaran o alteraran aquellos documentos originales para generar los archivos electrónicos incluidos en la solicitud.
7. La presentación de la solicitud supondrá la aceptación de las presentes bases de la convocatoria en particular, y a los efectos previstos en el artículo 28.1 de la Ley 11/2007, se acepta la práctica de notificaciones por el medio al que se refiere el apartado sexto.
Los profesores que, reuniendo las condiciones exigidas, deseen acceder a esta convocatoria deberán cumplimentar su solicitud mediante el formulario de inscripción que será accesible por vía telemática a través de la sede electrónica del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte en http://www.educacion.gob.es/portada.html o https://sede.educacion.gob.es/portada.html sección «Trámites y Servicios». Para cumplimentar la solicitud telemática y adjuntar toda la documentación preceptiva en formato informático, se procederá del siguiente modo:
a) Si se posee el DNI electrónico o un certificado electrónico de otra autoridad de certificación reconocida (http://www.dnielectronico.es/seccion_aapp/rel_autoridades.html), se podrá completar el proceso de registro de la solicitud a través de la vía electrónica disponible.
b) En caso contrario, a través de la aplicación se rellenará la solicitud. Una vez grabada la misma y adjuntados los ficheros indicados en el apartado tercero.2, se deberá imprimir el impreso oficial con el fin de que, una vez firmado pueda presentarse, en su caso, con el resto de los materiales en el registro del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte (Centro Nacional de Innovación e Investigación Educativa) de la calle Los Madrazo, 15, 28014 Madrid, bien directamente o a través de las dependencias establecidas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. A estos efectos, los registros de los centros docentes no se considerarán incluidos dentro de las dependencias enumeradas en el artículo 38.4 de la referida Ley.
En caso de que la documentación se presente en una Oficina de Correos, se hará en sobre abierto con el fin de que pueda ser fechada y sellada antes de su certificación.
El impreso oficial para presentar en registro presencial incluye un número que identifica la solicitud y un resumen digital que garantiza la integridad de la misma. En caso de modificación del impreso oficial, manual o electrónicamente, la solicitud será automáticamente excluida.
El plazo de presentación de los trabajos finalizará el 15 de octubre de 2012.
Subsanación y notificaciones
1. De acuerdo con lo establecido en el artículo 23.5 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, si la solicitud de iniciación no reuniese los requisitos precisos, se requerirá al centro interesado para que, en un plazo de 10 días subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, indicándose que si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, archivándose previa resolución que deberá ser dictada en los términos del artículo 42.1 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
2. Las notificaciones resultantes del proceso administrativo se realizarán mediante la práctica de notificación por comparecencia electrónica (artículo 40 del Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 11/2007, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos), utilizando los servicios disponibles en la sede electrónica del Ministerio.
3. Para obtener información sobre el estado de tramitación del procedimiento, los interesados podrán consultar su solicitud a través de la sede electrónica del Ministerio http://www.educacion.gob.es/portada.html o https://sede.educacion.gob.es/portada.html sección «Trámites y Servicios». Igualmente, podrán dirigirse al Centro Nacional de Innovación e Investigación Educativa, calle General Oráa 55, 28006 Madrid. El expediente se identificará por el título del trabajo presentado a la convocatoria.
Criterios de valoración
1. Los trabajos recibidos que se ajusten a la normativa vigente, serán evaluados por un Jurado de Selección que será nombrado por la Secretaria de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades. El jurado de selección estará integrado por los siguientes miembros:
Presidente: El Director General de Evaluación y Cooperación Territorial, o persona en quien delegue.
Vicepresidente: El Director de la Fundación BBVA o persona en quien delegue.
Vocales: Personalidades de reconocido prestigio en el ámbito de la educación de las áreas de Humanidades y Ciencias Sociales y Científico-tecnológica, en número no inferior a cuatro, designados paritariamente por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y la Fundación BBVA.
Secretario: Un funcionario del Centro Nacional de Innovación e Investigación Educativa.
2. El Jurado de selección podrá ser ampliado, por decisión de su Presidente, con otros Vocales, en calidad de asesores o expertos en materia educativa.
3. Los criterios a considerar para la valoración de los trabajos serán:
– Contenido innovador y aportación de nuevas posibilidades educativas que redunden en la calidad de la enseñanza y el aprendizaje.
– Repercusión del contenido y la metodología en la mejora de los resultados de la práctica educativa.
– Contribución al aprendizaje del trabajo cooperativo y a la adquisición y desarrollo de las competencias básicas establecidas en el sistema educativo español, tomando como referente las fijadas por la Unión Europea.
– Carácter global e interdisciplinar, aplicabilidad, continuidad y posibilidades de generalización del trabajo.
– Participación e implicación del alumnado y de otros miembros de la comunidad educativa.
– Desarrollo de las competencias básicas a través de la aplicación de las tecnologías de la información y comunicación en el proceso de enseñanza-aprendizaje.
4. Los Premios podrán ser declarados desiertos.
5. Los Premios están sujetos a retención fiscal.
De acuerdo con el artículo 84 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, instruido el procedimiento e inmediatamente antes de redactar la propuesta de resolución, se pondrá de manifiesto a los interesados para que, en el plazo de quince días, aleguen y presenten los documentos y justificación que estimen pertinentes.
No obstante se podrá prescindir del trámite de audiencia cuando no figure en el procedimiento ni sean tenidos en cuenta para la resolución otros hechos ni otras alegaciones y pruebas que las aducidas por los interesados.
Concesión de los premios
1. Una vez propuesta la concesión de los Premios, en régimen de concurrencia competitiva, por el Jurado de Selección establecido al efecto, el Centro Nacional de Innovación e Investigación Educativa contactará con el autor o coordinador de cada uno de ellos para que presenten una declaración responsable y firmada de que el trabajo presentado no ha sido premiado ni publicado con anterioridad.
2. El Director General de Evaluación y Cooperación Territorial por delegación de la Secretaria de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades contenida en la Orden ECD/465/2012, de 2 de marzo («BOE» del 9), resolverá la convocatoria antes del 30 de diciembre de 2012, publicándose la adjudicación en el «Boletín Oficial del Estado».
La Resolución de adjudicación de los Premios pondrá fin a la vía administrativa y podrá ser recurrida potestativamente en reposición, en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que la ha dictado, o ser impugnada mediante interposición de recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 11.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción Contencioso-administrativa, y el artículo 66 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su publicación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.
3. Los trabajos que no resulten premiados podrán ser retirados durante los seis meses siguientes al día de la publicación de la adjudicación de los premios, dirigiéndose al Centro Nacional de Innovación e Investigación Educativa, calle General Oráa 55, 28006 Madrid. Finalizado dicho periodo, los que no hubiesen sido retirados serán destruidos.
Publicación y difusión de los trabajos premiados
1. El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte se reserva el derecho a la reproducción, publicación y difusión, explotación, distribución y comunicación pública (en cualquier soporte incluido el electrónico: CD-ROM, DVD, memoria USB, pdf, e-Book, epub, línea, etc) de los trabajos premiados para su consulta y/o descarga en línea de su contenido –total o parcial de, al menos, el 20% de la obra–, en el ámbito de todo el mundo, por todos los medios y canales disponibles y en cualquiera de las formas, medios y modalidades que la tecnología permite, entre otros y a título enunciativo pero no limitativo, plataformas basadas en Internet, PCs, PDAs, teléfonos móviles y cualesquiera otros dispositivos inalámbricos. Igual derecho corresponderá a la Fundación BBVA.
En cualquier caso, los ejemplares editados llevarán la indicación «Premios concedidos por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y dotados económicamente por la Fundación BBVA». Respecto a los trabajos que sean publicados por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, y/o la Fundación BBVA, se entenderá que los autores renuncian a los derechos de autor de la primera edición. Para sucesivas ediciones se convendrán con los respectivos autores las condiciones oportunas.
2. Los participantes que resulten premiados quedarán obligados a redactar, en el plazo de dos meses desde la publicación de la concesión de los Premios, un informe-resumen de su trabajo de acuerdo con las indicaciones que se establezcan.
Recursos
Contra esta convocatoria se podrá interponer en el plazo de dos meses, recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional. Asimismo, podrá ser recurrida potestativamente en reposición en el plazo de un mes y ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
Regulación y efectos
En todo lo no dispuesto en esta Resolución serán de aplicación las normas vigentes en materia de subvenciones públicas y, en especial, la Orden ECI/1305/2005, de 20 de abril, de bases reguladoras de la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva.
La presente Resolución producirá sus efectos a partir del día siguiente al de su publicación el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 26 de junio de 2012.–La Secretaria de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, Montserrat Gomendio Kindelan.
Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.
Especificaciones técnicas que deben cumplir los materiales que se adjunten a los trabajos presentados
1. Vídeo.
Contenido: Obras cinematográficas, reportajes científicos, documentos audiovisuales, etcétera.
Formatos: AVI, MOV, MPEG y otros formatos que permiten visualizar vídeo en tiempo real o mediante la descarga de ficheros.
2. Fotografías y dibujos.
Contenido: Personas, cuadros, monumentos, situaciones, objetos, paisajes, fotografías de otras creaciones intelectuales, de presentaciones de libros, etc.
Formatos: TIFF, GIF, JPG, etc.
3. Texto.
Contenido: Definiciones, descripciones, obras literarias, obras científicas, artículos de prensa, poesía, etc.
Formatos: HTML, TXT, DOC, PDF, etc.
4. Animaciones.
Contenido: Descripciones animadas, esquemas animados, mapas animados, etc.
Formatos: GIF ANIMADOS, JAVA, ACTIVE X, MMM, ANI, etc.
5. Sonido.
Contenido: Música, voz, efectos especiales, etc.
Formatos: WAVE, REAL AUDIO, MIDI, etc.
6. Gráficos y dibujos.
Contenido: Gráficos estadísticos, etc.
Formatos: EXCEL, etc.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid