Está Vd. en

Documento BOE-A-2012-9647

Resolución de 4 de julio de 2012, de la Dirección General de Empleo, por la que se registra y publica el Acta de modificación del artículo 2.1 del V Convenio colectivo de Iberdrola Grupo.

Publicado en:
«BOE» núm. 171, de 18 de julio de 2012, páginas 51574 a 51576 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Empleo y Seguridad Social
Referencia:
BOE-A-2012-9647
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2012/07/04/(3)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto del Acta en la que se contiene el acuerdo de modificación del artículo 2.1 del V Convenio colectivo de Iberdrola Grupo, publicado en el BOE de 5 de julio de 2011, (Código de Convenio n.º 90012013011998) que fue suscrito con fecha 15 de junio de 2012, de una parte por los designados por la Dirección del Grupo de empresas en su representación y de otra por las secciones sindicales de UGT, SIE, ATYPE-CC, CC.OO., USO y CGT en representación de los trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Empleo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción de la citada Acta en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro directivo, con notificación a la Comisión negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 4 de julio de 2012.–El Director General de Empleo, Xavier Jean Braulio Thibault Aranda.

ACUERDOS DE FECHA 15 DE JUNIO DE 2012 SUSCRITOS POR LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL V CONVENIO COLECTIVO DE IBERDROLA GRUPO

La Comisión negociadora del V Convenio Colectivo de Iberdrola Grupo, integrada por las representaciones que se indican a continuación, ha alcanzado los acuerdos que posteriormente se transcriben.

Componentes de la Comisión negociadora

En representación de la empresa:

Don Álvaro Murga Tomé.

Doña Miren Ibáñez Urruticoechea.

Don Juan Marrodán Loro.

Don Alfonso Rodríguez Frade.

Don Juan Antonio Nafría Nafría.

Don José Maria Guerra Aguirrezabala.

Don José Luis Marro Diego.

Don Jaime Catasús Laguna.

Don Germán Martín Mangas.

Don Álvaro Delgado Piera.

Don Javier Azorín Cuadrillero.

Doña Sandra Mayo García.

En representación de los trabajadores:

Por UGT:

Don José María Rojo Cima.

Don Antonio Fos Rozalén.

Don José Antonio López Navarro.

Por SIE:

Don Rafael Ríos Samper.

Don Miguel Tomás Cañavate Bernal.

Por ATYPE-CC:

Don José Vela Díaz.

Don José María Martín Corral.

Por CC.OO.:

Don José Manuel Rodríguez Sánchez.

Don Antonio Marcos González.

Por USO:

Don Carlos Marrodán Castaño.

Por ELA:

Don Enrique Payas Arberas.

Por CGT:

Don Juan Fernando Nova Herrera.

Antecedentes

Que, según consta en escritura de 8 de mayo de 2012 se ha aprobado la transformación de la Sociedad Iberdrola Renovables Energía, S.L. Unipersonal en Sociedad Anónima, sin cambio de personalidad jurídica y que, con idéntico objeto social, domicilio, cifra de capital social, duración y órgano de administración, pasa a denominarse «Iberdrola Renovables Energía, S.A., Unipersonal.»

Acuerdos

Primero.

Modificar el último párrafo del artículo 2.1 del V Convenio Colectivo de Iberdrola Grupo, que queda redactado en los siguientes términos:

«1. El ámbito funcional del presente Convenio colectivo se extiende a Iberdrola Grupo, constituido por las siguientes empresas:

Iberdrola, S.A.

Iberdrola Generación, S.A.U.

Iberdrola Distribución Eléctrica, S.A.U.

Iberdrola Operación y Mantenimiento, S.A.U.

Iberdrola Renovables Energía, S.A.U.»

Este acuerdo será trasladado a la Dirección General de Trabajo para su publicación en el BOE.

Segundo.

Los trabajadores actualmente adscritos a la Sociedad Iberdrola Renovables Energía, S.L.U., quedarán incorporados con fecha 1 de julio de 2012 a la Sociedad Iberdrola Renovables Energía, S.A.U., rigiéndose por las condiciones generales del V Convenio colectivo de Iberdrola Grupo y las específicas establecidas en el mismo para el personal del Negocio de Renovables.

Y para que conste, a los efectos indicados, firman el presente acuerdo los miembros de la Comisión negociadora del V Convenio colectivo de Iberdrola Grupo, a excepción del representante de la Sección Sindical ELA.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 04/07/2012
  • Fecha de publicación: 18/07/2012
Referencias anteriores
  • MODIFICA el art. 2.1 del Convenio publicado por Resolución de 17 de junio de 2011 (Ref. BOE-A-2011-11567).
  • DE CONFORMIDAD con:
    • Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo (Ref. BOE-A-2010-9274).
    • art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (Ref. BOE-A-1995-7730).
Materias
  • Convenios colectivos
  • Energía eléctrica
  • Producción de energía

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid