Examinado el expediente de clasificación e inscripción de la Fundación Europea para la Cooperación Norte-Sur resultan los siguientes:
Hechos
Por el Protectorado de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía se comunicó la inscripción de la baja en el Registro de Fundaciones de Andalucía de la Fundación Europea para la Cooperación Norte-Sur por traslado al registro estatal competente, remitiéndose al Protectorado de Fundaciones del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad la documentación de la fundación.
Las circunstancias constitutivas de la fundación que concurren en el expediente son las siguientes:
Denominación: Fundación Europea para la Cooperación Norte-Sur.
Fines:
– La defensa y protección de la ciudadanía y de los derechos humanos.
– La difusión de la riqueza cultural y el diálogo intercultural, la acción social y el fomento de la calidad en las relaciones interpersonales.
– Las relaciones Norte-Sur, de solidaridad y cooperación internacional.
– La liberación integral de las personas y las acciones encaminadas a cubrir las necesidades básicas de la sociedad del Sur.
– La promoción de las acciones encaminadas a la búsqueda de la igualdad efectiva entre el hombre y la mujer.
Domicilio y ámbito de actuación: El domicilio de la fundación radica en Huelva, en la calle Pérez Galdós, número 106, C.P. 21002, y su ámbito de actuación será en todo el territorio del Estado español.
Dotación: Ciento veinticinco mil ciento dieciocho euros con cuatro céntimos.
Escritura pública de constitución. Otorgada ante el notario de Huelva, don Jesús Sánchez-Osorio Sánchez, el 30 de agosto de 2002, con el número 2.350 de orden de su protocolo, subsanada por escritura otorgada ante el notario de Huelva, don Luis Gutiérrez Díez, el 14 de mayo de 2003 con el número 1.064 de orden de su protocolo, rectificadas posteriormente por la otorgada ante el anteriormente citado notario, el día 9 de junio de 2003 con el número 1.332 de orden de su protocolo.
Escritura pública de modificación de estatutos. Otorgada ante el notario de Huelva, don Luis Gutiérrez Díez, el 13 de diciembre de 2010 con el número 2.086 de orden de su protocolo, incorpora el texto integro de los estatutos en el que queda recogido todo lo relativo al gobierno y gestión de la fundación.
Patronato: Constituido por los siguientes miembros, con aceptación de sus cargos:
Presidente: Don Marius Severin Nsadap Assoua.
Vicepresidente: Don Diego Salguero Perdigones.
Secretario: Don Juan Carlos Lorca Becerro.
Vicecretario: Don Francisco Xavier Enossock Assoua.
Vocales: Don Doña Cinta Fortes Zamora y don Fernando Barrera Casanova.
Fundamentos de Derecho
Esta Secretaría General Técnica es competente para dictar la presente Orden en virtud del artículo segundo, apartado 4 de la Orden SAS/3547/2009, de 28 de diciembre, por la que se delega y aprueban las delegaciones del ejercicio de competencias en los órganos administrativos del Ministerio de Sanidad y Política Social y sus organismos públicos dependientes.
Resulta de aplicación la disposición transitoria cuarta y los artículos 4 y 15 de la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones, y concordantes del Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Fundaciones de competencia estatal, y Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones de competencia estatal.
Por cuanto antecede este Ministerio ha dispuesto:
Clasificar la Fundación Europea para la Cooperación Norte-Sur cuyos fines de interés general son de defensa de los derechos humanos, asistencia e inclusión social, de cooperación para el desarrollo y culturales, adscribiéndola al Protectorado de Fundaciones del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.
Ordenar su inscripción en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, bajo el número 21-0054.
Incorporar el expediente completo de la Fundación Europea para la Cooperación Norte-Sur remitido por el Registro de Fundaciones de Andalucía.
Contra esta Orden, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 11 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación, o potestativamente y con carácter previo, recurso administrativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que lo dictó.
Madrid, 12 de julio de 2012.–La Ministra de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, P.D. (Orden SAS/3547/2009, de 28 de diciembre), el Secretario General Técnico del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, Sergio Caravajal Álvarez.
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