La Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, en fecha 2 de mayo de 2012, ha dictado sentencia en el recurso contencioso administrativo núm. 71/2009, interpuesto por la Confederación Empresarial de Transporte por Carretera de Cataluña (CETCAT) y por ASTAC-CONDAL contra la Resolución IRP/20/2009, de 14 de enero, dictada por el director del Servicio Catalán de Tráfico, por la que se establecen medidas de regulación de la circulación y el transporte de mercancías por las carreteras de Cataluña para 2009.
En cumplimiento de la citada sentencia y de acuerdo con lo que disponen los artículos 104.1 y 107.2 de la Ley reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, resuelvo:
Hacer pública la parte dispositiva de la sentencia dictada por la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña en fecha 2 de mayo de 2012 en el recurso contencioso administrativo núm. 71/2009, que, textualmente reproducida, establece:
«Estimamos en parte el recurso contencioso administrativo interpuesto en nombre y representación de la Confederación Empresarial de Transporte por Carretera de Cataluña (CETCAT) y ASTAC-CONDAL, contra la Resolución del director del Servicio Catalán de Tráfico IRP/20/2009, de 14 de enero, por la que se establecen medidas de regulación de la circulación y del transporte de mercancías por las carreteras de Cataluña para 2009, anulando su apartado 4, exclusivamente en cuanto establece su entrada en vigor el día siguiente al de su publicación en el DOGC, desestimando el recurso en todo lo demás. Sin imposición de costas.»
Barcelona, 27 de junio de 2012.–El Consejero de Interior, P. D. (Resolución INT/81/2011, de 18 de enero), el Secretario General del Departamento de Interior, Xavier Gibert i Espier.
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