Contido non dispoñible en galego
La Resolución de 26 de noviembre de 2012, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» de 10 de diciembre de 2012, concedió las aportaciones complementarias a los Centros del Espacio Europeo de Educación Superior para estudiantes de Universidades, Instituciones de Enseñanza Superior y de Ciclos Formativos de Grado Superior participantes en el programa Erasmus durante el curso 2012/2013, acreditado que determinados organismos y universidades tienen más alumnos y/o meses de los concedidos inicialmente,
Esta Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades ha resuelto que se complementen los anexos de la citada resolución de la siguiente manera:
Conceder las subvenciones relacionadas en el anexo adjunto a la presente resolución, y que corresponden a las previstas en los apartados a) y b) del artículo 5, Procedimiento de concesión, de la Orden ECD/2397/2012, de 5 de noviembre («Boletín Oficial del Estado» de 7 de noviembre), de bases reguladoras de la aportación complementaria del Estado a los Centros del Espacio Europeo de Educación Superior para estudiantes de Universidades, Instituciones de Enseñanza Superior y de Ciclos Formativos de Grado Superior participantes en el programa Erasmus:
a) Una cantidad homogénea general de 100 euros/mes/becario.
b) Una cantidad homogénea adicional de 85 euros/mes/becario, destinada a los estudiantes que sean beneficiarios de una beca de las denominadas de carácter general concedida por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte durante el curso 2011/12 a través de las convocatorias realizadas por las Órdenes EDU/2098/2011, de 21 de julio, y EDU/2099/2011, de 21 de julio, y mediante sus oportunas Resoluciones de concesión.
El gasto derivado de la presente resolución de concesión se financiará con cargo a la aplicación presupuestaria 18.07.323M.48802 del Presupuesto de Gastos del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte para el ejercicio 2013.
El pago se realizará a las Universidades e Instituciones de Enseñanza Superior como entidades colaboradoras (artículo 6 de la Orden ECD/2397/2012), que deberán acreditar hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, así como aportar certificación que acredite no tener abierto procedimiento de reintegro de conformidad con el artículo 94 y siguientes del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
En los supuestos enumerados en los artículos 37 y 38 de la Ley General de Subvenciones, así como en los de renuncia a la subvención o interrupción de las estancias antes de concluido el periodo para el que se habían otorgado, procederá el reintegro, bien en su totalidad o en la parte proporcional que corresponda, así como la exigencia de los intereses de demora.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, recurso contencioso-administrativo, conforme a lo establecido en el artículo 11.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y el artículo 66 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/1998, de 13 de julio, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su notificación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.
Asimismo, podrá ser recurrida potestativamente en reposición, en el plazo de un mes ante el órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
Madrid, 19 de noviembre de 2013.–La Secretaria de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, P.D. (Orden ECD/465/2012, de 2 de marzo), el Director General de Política Universitaria, Jorge Sainz González.
Institución |
CIF |
Importe |
---|---|---|
C.S. de Música «Óscar Esplá», Alicante |
Q5355122B |
130,00 |
E.S. de Música de Catalunya |
G62429329 |
20,00 |
C.S. de Artes Diseño «Felicidad Duce», de Barcelona |
B08452740 |
975,00 |
Universidad de Deusto |
R4868004E |
18.395,00 |
Universidad Nacional de Educación a Distancia |
Q2818016D |
6.427,50 |
Universidad Camilo José Cela |
A79336947 |
4.100,00 |
C.S. de Música de Málaga |
S4111001F |
201,25 |
ESAD de Murcia |
Q3068282G |
915,00 |
Universidad de Oviedo |
Q3318001I |
22.700,00 |
E.S. de Diseño de las Islas Baleares |
Q0768164F |
1.483,75 |
C.S. de Música de las Islas Baleares |
G57086035 |
100,00 |
C.S. de Música de Salamanca |
Q3768008I |
4.680,00 |
Escuela Superior del vidrio de Segovia |
G40012221 |
580,00 |
Florida Centre de Formació, CV |
F46278669 |
157,50 |
C.S. de Danza de Valencia |
Q4601076E |
300,00 |
Total importes |
61.165,00 |
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