Contido non dispoñible en galego
Visto el escrito remitido por la Entidad Caja Rural de Casinos, Sociedad Cooperativa de Crédito en el que comunica la fusión por absorción de dicha entidad por Cajas Rurales Unidas, Sociedad Cooperativa de Crédito y que, por dicho motivo, causará baja como entidad colaboradora con la Agencia Estatal de Administración Tributaria en la gestión recaudatoria, este Departamento dicta la siguiente Resolución:
Se procede a cancelar la autorización número 411 para actuar como colaboradora en la gestión recaudatoria, correspondiente a la Entidad Caja Rural de Casinos, Sociedad Cooperativa de Crédito. En consecuencia, la citada Entidad deberá proceder a la inmediata cancelación de las cuentas restringidas a que se refiere el artículo 5 de la Orden EHA/2027/2007, de 28 de junio (BOE de 9 de julio), sin perjuicio de la eventual aplicación de lo previsto en el apartado primero, punto cuarto de la Instrucción n.º 1/2008, de 27 de febrero, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
Contra la presente Resolución podrá interponerse, a tenor de lo dispuesto en el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, recurso de alzada ante el Director General de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación.
Madrid, 5 de diciembre de 2013.–La Directora del Departamento de Recaudación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, Soledad García López.
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