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Documento BOE-A-2013-13410

Resolución de 2 de diciembre de 2013, de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad, por la que se publica el Convenio específico para el año 2013 con la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Publicado en:
«BOE» núm. 304, de 20 de diciembre de 2013, páginas 103087 a 103089 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad
Referencia:
BOE-A-2013-13410

TEXTO ORIGINAL

Suscrito el 12 de noviembre de 2013, Convenio específico para el año 2013 entre el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad (Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas) y la Comunidad Autónoma de Andalucía y, en cumplimiento de lo dispuesto en el apartado dos del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el Acuerdo del Consejo de Ministros de 2 de marzo de 1990, procede la publicación en el Boletín Oficial del Estado de dicho convenio, que figurará como anexo de esta resolución.

Madrid, 2 de diciembre de 2013.–El Secretario de Estado de Servicios Sociales e Igualdad, Juan Manuel Moreno Bonilla.

ANEXO
Convenio específico para el año 2013 del protocolo general de colaboración suscrito el 2 de junio de 1999 entre el Ministerio del Interior (Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas) y la Comunidad Autónoma de Andalucía

En Madrid, a 12 de noviembre de 2013.

REUNIDOS

De una parte, don Juan Manuel Moreno Bonilla, Secretario de Estado de Servicios Sociales e Igualdad, nombrado mediante Real Decreto 2077/2011, de 30 de diciembre, (B.O.E. número 315, de 31 de diciembre) en nombre y representación del citado Ministerio, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14.6 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del estado, en virtud del Real Decreto 200/2012, de 23 de enero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad y se modifica el Real Decreto 1887/2011, de 30 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales (B.O.E. número 20, de 24 de enero de 2012) y según lo dispuesto en el apartado Sexto, 1.a) de la Orden SSI/131/2013, de 17 de enero, sobre delegación de competencias.

De otra, la Excma Sra. D.ª M.ª José Sánchez Rubio, Consejera de Igualdad, Salud y Políticas Sociales de la Comunidad Autónoma de Andalucía, debidamente facultada para este acto en virtud del artículo 21 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y el artículo 26 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre de la Administración de la Junta de Andalucía y de los Decretos de la Presidenta 4/2013, de 9 de septiembre, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías y 6/2013 de 9 de septiembre, por el que se designan los Consejeros y las Consejeras de la Junta de Andalucía.

EXPONEN

Que el Ministerio del Interior y la Consejería de Asuntos Sociales de la Comunidad Autónoma de Andalucía suscribieron un Protocolo general de colaboración, de fecha 2 de junio de 1999, en materia de drogodependencias, que establece que los programas en que se concrete la colaboración entre la Mesa de Coordinación de Adjudicaciones y la Consejería para la Igualdad y el Bienestar Social de dicha Comunidad Autónoma en dicho Protocolo general se establecerán en un convenio específico anual, en virtud de lo cual,

ACUERDAN

Primero.

Que la actuación de la Consejería de Igualdad, Salud y Políticas Sociales de la Comunidad Autónoma de Andalucía en el año 2013 se concretará en el desarrollo de los programas:

– Programa para el mantenimiento de centros de encuentro y acogida para la intervención precoz con drogodependientes en riesgo de exclusión: 310.000,00 €.

-Programa red de artesanos para la incorporación social de drogodependientes: 275.000,00 €.

– Programa de prevención de la exclusión social, la delincuencia y la marginación: «Asesoramiento jurídico de la red pública de atención a las drogodependencias»: 170.000,00 €.

– Programa de Intervención integral con personas drogodependientes en situación o riesgo de exclusión social de Polígono Sur: 190.000,00 €.

– Programa de formación y entretenimiento para la inserción sociolaboral de jóvenes drogodependientes del campo de Gibraltar: 43.000,00 €.

– Programa de reducción de daños y minimización de riesgos asociados al consumo de drogas en los contextos recreativos de música y baile: 30.000,00 €.

– Programa para la prevención de adicciones en el ámbito de las familias: 100.000,00 €.

– Programa par la prevención selectiva e indicada dirigida a menores en situación de riesgo: 425.000,00 €.

– Programa Reinventando las asociaciones: 36.000,00 €.

Segundo.

Que el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad (Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas) financiará la realización de estos programas, según la resolución de la Mesa de Coordinación de Adjudicaciones de fecha 31 de mayo de 2013, con un total de 1.579.000,00 euros con cargo al concepto 26.18.231A.458, que a tal fin ha sido dotado con créditos provenientes del Fondo de bienes decomisados por tráfico de drogas y otros delitos relacionados, en aplicación del artículo3.1.b) de la ley 17/2003, de 29 de mayo, reguladora del Fondo de bienes decomisados por tráfico ilícito de drogas y otros delitos relacionados. El abono de fondos se realizará tras la firma del presente Convenio.

Tercero.

Que durante el primer trimestre del próximo ejercicio, la Consejería de Igualdad, Salud y Políticas Sociales de la Comunidad Autónoma de Andalucía remitirá a la Mesa de Coordinación de Adjudicaciones un informe final y de evaluación del desarrollo de los programas y una certificación detallada y pormenorizada del gasto efectuado en la ejecución de los mismos.

Cuarto.

Que los programas citados en el Acuerdo primero, se desarrollarán por la Consejería de Igualdad, Salud y Políticas Sociales de la Comunidad Autónoma de Andalucía durante el ejercicio 2013.

Quinto.

Que en el desarrollo y aplicación de este convenio se estará a lo establecido en el Protocolo general de colaboración suscrito por ambas partes, y si el gasto realizado fuera menor que la cantidad subvencionada el remanente será reembolsado al Tesoro Público. Además, en todo lo no previsto expresamente en el Convenio específico, regirán las disposiciones del citado Protocolo general.

Sexto.

El presente Convenio se suscribe al amparo del artículo 4.1.c, del Texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto-Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, quedando excluido del ámbito de la normativa contractual. No obstante, serán de aplicación los principios de esta Ley para resolver las dudas y lagunas que pudieran presentarse.

Las controversias que pudieran surgir, serán de la competencia de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Para la debida constancia de lo acordado, se firma en duplicado ejemplar en el lugar y fecha arriba indicados. El Secretario de Estado de Servicios Sociales e Igualdad, Juan Manuel Moreno Bonilla.–La Consejería de Igualdad, Salud y Políticas Sociales de la Comunidad Autónoma de Andalucía, M.ª José Sánchez Rubio.

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