Por Orden EDU/26/2010, de 25 de marzo, la Consejería de Educación de la Comunidad Autónoma de Cantabria («Boletín Oficial de Cantabria» de 9 de abril), convocó procedimientos selectivos para el ingreso a los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores de Música y Artes Escénicas, Profesores Técnicos de Formación Profesional y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño.
Concluidas todas las fases de los citados procedimientos selectivos, la Consejería de Educación, Cultura y Deporte de la Comunidad Autónoma de Cantabria, por Orden ECD/97/2012 de 16 de agosto («BOC» de 5 de septiembre), declara aptos en la fase de prácticas y aprobados en los mismos a determinados aspirantes que por tener concedido aplazamiento para la realización de la fase de prácticas, o por otras causas, no habían sido evaluados con el resto de los seleccionados.
De conformidad con lo establecido en el artículo 32.1 del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, modificado por Real Decreto 48/2010, de 22 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y se regula el régimen transitorio de ingreso a que se refiere la disposición transitoria decimoséptima de la citada ley.
Vista la propuesta de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte de la Comunidad Autónoma de Cantabria
Este Ministerio ha dispuesto:
Nombrar funcionarios de carrera de los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria y Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, a los seleccionados en los procedimientos selectivos convocados por Orden EDU/26/2010, de 25 de marzo, que aparecen relacionados en el anexo a esta orden, con indicación del número de Registro de Personal, especialidad y puntuación que les corresponde.
Los nombrados a través de la presente orden se considerarán ingresados como funcionarios de carrera, del Cuerpo docente por el que han superado el procedimiento selectivo, con efectos de 1 de septiembre de 2012.
La presente orden podrá ser recurrida potestativamente en reposición, en el plazo de un mes y ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Asimismo, contra esta orden que es definitiva en la vía administrativa cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 11.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y artículo 66 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/1998, de 13 de julio, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su publicación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.
Madrid 22 de enero de 2013.–El Ministro de Educación, Cultura y Deporte, P.D. (Orden ECD/465/2012, de 2 de marzo), el Subsecretario de Educación, Cultura y Deporte, Fernando Benzo Sáinz.
NRP |
Apellidos y nombre |
DNI |
Turno |
Puntuación |
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Cuerpo: 0590. Profesores de Enseñanza Secundaria |
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Especialidad: 009. Dibujo |
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1374349057 A0590 |
Gómez Pérez, Ana María. |
13743490 |
02 |
7,5612 |
Cuerpo: 0592. Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas |
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Especialidad: 011. Inglés |
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7127062602 A0592 |
Gallego Cubilla, Blanca. |
71270626 |
01 |
6,5593 |
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