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Documento BOE-A-2013-13492

Resolución 420/38166/2013, de 10 de diciembre, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio de colaboración con la Universidad de Salamanca sobre materias docentes y relacionadas con la seguridad y la defensa.

Publicado en:
«BOE» núm. 306, de 23 de diciembre de 2013, páginas 103848 a 103853 (6 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-A-2013-13492

TEXTO ORIGINAL

Suscrito el 28 de noviembre de 2013 el Convenio de colaboración entre el Ministerio de Defensa y la Universidad de Salamanca sobre materias docentes y relacionadas con la seguridad y la defensa, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo de esta resolución.

Madrid, 10 de diciembre de 2013.–El Secretario General Técnico del Ministerio de Defensa, David Javier Santos Sánchez.

ANEXO
Convenio de colaboración entre el Ministerio de Defensa y la Universidad de Salamanca sobre materias docentes y relacionadas con la seguridad y la defensa

En Madrid, a 28 de noviembre de 2013.

REUNIDOS

De una parte, el Excmo. Sr. Almirante General, D. Fernando García Sánchez, Jefe de Estado Mayor de la Defensa, nombrado por el Real Decreto 1903/2011, de 30 de diciembre, actuando en nombre y representación del Ministerio de Defensa, en uso de las facultades que le fueron delegadas por el titular del Ministerio de Defensa en materia de convenios de colaboración, en virtud de la Orden DEF/3015/2004, de 17 de septiembre, sobre delegación de competencias en autoridades del Ministerio de Defensa en materia de convenios de colaboración

De otra parte, el Excmo. Sr. D. Daniel Hernández Ruipérez, Rector Magnífico de la Universidad de Salamanca, actuando en nombre y representación de la misma, según las competencias que tiene atribuidas por el artículo 20 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de Diciembre, de Universidades, y el acuerdo 23/2007, de 8 de marzo, de la Junta de Castilla y León, por el que se aprobaron los Estatutos de la Universidad de Salamanca.

Ambas partes, en la representación que ostentan, se reconocen mutua capacidad para obligarse y convenir y

EXPONEN

Primero.

Que el artículo 31 de la Ley Orgánica 5/2005, de 17 de noviembre, de la Defensa Nacional, establece que: «El Ministerio de Defensa promoverá el desarrollo de la cultura de defensa con la finalidad de que la sociedad española conozca, valore y se identifique con su historia y con el esfuerzo solidario y efectivo mediante el que las Fuerzas Armadas salvaguardan los intereses nacionales. Asimismo, el resto de los poderes públicos contribuirán al logro de este fin.» Por otra parte, la Directiva de Defensa Nacional 1/2012 establece que el Ministerio de Defensa tiene entre sus objetivos el de fomentar una conciencia de defensa de España y, en más profundidad una cultura de defensa.

Segundo.

Que la Universidad de Salamanca, a través de la Cátedra «Almirante Martín Granizo», ha venido colaborando con el Ministerio de Defensa a través de la Escuela de Altos Estudios de la Defensa en la realización de una amplia gama de actividades que han fomentado el conocimiento mutuo y una extensa cooperación en temas de interés común, por lo que ha considerado pertinente ahondar en estas relaciones con nuevas iniciativas que den mayor profundidad y recorrido a las actividades conjuntamente realizadas en pro de la defensa y la seguridad de nuestro país.

Por lo expuesto, las partes acuerdan suscribir el presente Convenio que se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto del convenio.

El objeto de este convenio de colaboración, será la celebración y desarrollo de las actividades proyectadas, y en el ámbito de la cátedra extraordinaria «Almirante Martín Granizo». En concreto:

a) Celebración de las jornadas Universidad de Salamanca-Centro Superior de Estudios de la Defensa Nacional (USAL-CESEDEN) sobre Seguridad y Defensa de dos días de duración, en las que participarán profesores y expertos de ambos Centros.

b) Impartir asignaturas de libre elección, troncales y optativas en los Programas de licenciatura, grado, máster, y doctorado, así como otras actividades culturales y académicas de la Universidad sobre temas relacionados con la Seguridad y Defensa.

c) Colaborar en la realización de proyectos de investigación, sobre temas relacionados con la Seguridad y la Defensa, como complemento de la actividad docente impartida en las diferentes asignaturas mediante la realización de seminarios, cursos de formación específica y actividades académicas de carácter similar.

Segunda. Aportaciones de la Universidad de Salamanca.

1. La Universidad de Salamanca se compromete a:

Organizar, en la parte que le corresponda, las Jornadas USAL-CESEDEN sobre Seguridad y Defensa y aportar el profesorado que se considere. Dichas jornadas se celebrarán durante el primer semestre del año.

2. Asignaturas de libre elección:

Año 2013.

– Defensa Nacional y Organización Militar.

– La Unión Europea, Recursos Humanos, Fronteras y Defensa.

– Sanidad y Conflictos Armados.

Año 2014.

– La Cultura de Defensa.

– Las Aguas en la Defensa.

Dichas asignaturas están dotadas de reconocimiento de libre disposición para programas de licenciaturas y diplomaturas con los créditos siguientes:

– Defensa Nacional y Organización Militar: 4,5 créditos.

– La Unión Europea: Recursos Humanos Fronteras y Defensa: 6 créditos.

– Sanidad y Conflictos Armados: 4 créditos.

– La Cultura de Defensa: 4,5 créditos.

– Las Aguas en la Defensa: 4,5 créditos.

La docencia será compartida por profesores de la USAL y expertos designados por el CESEDEN con la titulación requerida. La responsabilidad de la coordinación y el seguimiento académico recaerá, en todo caso, en un profesor de la USAL.

3. Otras actividades de investigación, cursos de formación específica o actividades académicas y culturales, como seminarios permanentes y visitas, similares a programar.

Los créditos ECTS para titulaciones de grado que se pueden reconocer con estas actividades de difusión de la cultura de Defensa son los siguientes:

a) Participación en Jornadas de Estudio de 2 días de duración: 1 crédito ECTS.

b) Participación en ciclos de conferencias de más de un día de duración: 1 crédito ECTS.

c) Participación a conferencia y presentación de trabajo individual sobre lo tratado: 1 crédito ECTS.

d) Participación en visita a instalaciones y presentación de trabajo en equipo sobre los materiales expuestos: 1 crédito ECTS.

La organización y desarrollo correrá a cargo de profesores de la USAL participando en ellos docentes de la USAL y expertos de las Fuerzas Armadas.

4. Participación de profesores e investigadores de la USAL en las actividades específicas del CESEDEN que se consideren convenientes.

5. Intercambio de publicaciones y acceso a los servicios bibliográficos de la Universidad de Salamanca.

6. Aportación de los recursos humanos y materiales necesarios para el funcionamiento de la Cátedra en función de las posibilidades de la Institución.

7. Colaboración con otras actividades académicas organizadas por el CESEDEN.

Tercera. Aportación del Ministerio de Defensa/EALEDE.

1. Organizar, en la parte que le corresponda, las Jornadas USAL-CESEDEN sobre Seguridad y Defensa. Dichas jornadas se celebrarán durante el primer semestre del año.

2. Participación con profesores del CESEDEN o expertos de otros organismos del Ministerio en las Jornadas que se celebren.

3. Aportar profesores o conferenciantes para los cursos de doctorado y las asignaturas que se impartan en la USAL sobre temas relacionados con Seguridad y Defensa.

4. Participación de profesores e investigadores del CESEDEN en seminarios, ciclos de conferencias, cursos extraordinarios y otras actividades que en el marco de la Universidad pudieran organizarse.

5. Cooperación en la elaboración de los contenidos que pudieran formar parte de los planes de estudios y títulos propios de la USAL, dentro de las áreas relacionadas con la Seguridad y Defensa.

6. Colaboración en trabajos de grado y máster, tesis doctorales, y otros proyectos de investigación.

7. Intercambio de publicaciones y acceso a los fondos de documentación no clasificada.

8. Gestionar y facilitar las visitas a Centros, Organismos o Instalaciones de la Defensa Nacional dentro de las actividades relacionadas en los párrafos anteriores.

9. Apoyar con medios económicos, según se establece en la cláusula cuarta el desarrollo de las actividades relacionadas con Seguridad y Defensa objeto de este convenio.

Cuarta. Financiación.

Por lo que corresponde a las actividades reseñadas en este convenio, serán financiadas con imputación a los presupuestos de gastos de las instituciones firmantes según el siguiente detalle:

a) Jornadas USAL-CESEDEN.–Las Jornadas serán cofinanciadas a partes iguales por ambas instituciones, siendo en cualquier caso el importe máximo correspondiente al CESEDEN de seis mil (6.000) euros para el año 2014.

b) Programa de asignaturas de la USAL sobre temas relacionados con la Seguridad y la Defensa.–La USAL y el CESEDEN cofinanciarán el programa de cinco asignaturas sobre temas relacionados con la Seguridad y la Defensa, siendo en cualquier caso el importe máximo correspondiente al CESEDEN de seis mil (6.000) euros para el año 2013 y de cuatro mil (4.000) euros para el año 2014.

c) Para el resto de actividades.–El importe máximo correspondiente al CESEDEN será de dos mil seiscientos (2.600) euros para el año 2013 y de mil cuatrocientos (1.400) euros para el año 2014.

La aportación máxima del Ministerio de Defensa para el presente convenio será de veinte mil (20.000) euros que serán con cargo a la aplicación presupuestaria 14.02.121N1.226.06 «Reuniones y Conferencias»; de los ejercicios económicos 2013 y 2014, con la siguiente distribución:

Año 2013 (segundo semestre): 8.600 €.

Asignaturas: 6.000 €.

Resto de actividades: 2.600 €.

Año 2014 (primer semestre): 11.400 €.

Jornadas: 6.000 €.

Asignaturas: 4.000 €.

Resto de actividades: 1.400 €.

Las cantidades especificadas serán abonadas por el Ministerio de Defensa una vez finalizada la actividad a la que correspondan según el desglose arriba indicado.

Quinta. Medidas de control y seguimiento.

La gestión y control del presente convenio será llevado a cabo por una Comisión Mixta, cuyos miembros serán nombrados por el Rector de la Universidad y el director del CESEDEN y que estará formada por:

a) Miembros:

– Un Vicerrector, Secretaria General o Directora del Gabinete del Rector.

– El General Jefe de la EALEDE.

– Equipo directivo de la Cátedra «Almirante Martín Granizo»: Dos Co-directores y Secretario.

– Dos profesores del CESEDEN.

b) Funciones:

– Supervisión, organización y control de detalles de ejecución de las actividades previstas en el presente convenio.

– Proponer las asignaturas y cursos a impartir junto con la programación correspondiente y los profesores coordinadores y departamentos responsables de los mismos.

– Proponer los temas de investigación de los seminarios, cursos extraordinarios y los profesores coordinadores y departamentos responsables de los mismos.

– Proponer el Tema de las Jornadas, fecha y demás detalles de ejecución.

– Remitir al Vicerrectorado de Política Académica, previamente al comienzo del curso académico, la relación de cursos y asignaturas para las que se solicita el reconocimiento de créditos.

c) Periodicidad de las reuniones.

– Anualmente, con carácter ordinario.

– Con carácter extraordinario cuando se considere necesario, a criterio de la Presidencia.

d) Mecanismo de toma de decisiones.

– Los acuerdos se tomarán por consenso entre las partes.

Sexta. Legislación aplicable.

Al presente convenio, de naturaleza administrativa, no le es de aplicación el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, en virtud de la exclusión contenida en el artículo 4.1.c) del citado texto legal, salvo que, en ejecución del presente convenio, hubieran de suscribirse contratos que, por su naturaleza, estén sujetos al citado texto refundido. En estos supuestos, dichos contratos quedarán sometidos al ámbito de aplicación del referido texto legal.

En materia presupuestaria, económica y financiera se atendrá al contenido de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.

Con carácter general, para solventar las dudas interpretativas y lagunas que puedan plantearse, se observarán los principios establecidos en el indicado texto refundido y en el resto del ordenamiento jurídico administrativo.

Para resolver las controversias y cuestiones litigiosas que pueden surgir, las partes se someten al Orden Jurisdiccional Contencioso-administrativo.

Séptima. Vigencia.

Este convenio de colaboración entrará en vigor en la fecha de su firma. No obstante, se entenderán incluidas en el mismo las acciones objeto del convenio que se hayan realizado desde el 1 de agosto de 2013, extenderá su vigencia hasta el 31 de julio de 2014 y, en todo caso, hasta la completa ejecución de las obligaciones recogidas en el presente convenio.

Octava. Resolución.

Este convenio podrá resolverse por cualquiera de las siguientes causas:

a) Por mutuo acuerdo expreso de las partes, en sus propios términos.

b) Por incumplimiento o irregularidades graves en la ejecución del Convenio, acreditado por una de las partes.

c) Por denuncia de las partes.

d) Por imposibilidad sobrevenida de cumplir el fin.

e) Por las demás establecidas en la legislación vigente.

La decisión de denunciar el convenio por una de las partes, será puesta en conocimiento de la otra, de la forma establecida en la normativa vigente, al menos con cuatro meses de anticipación a la fecha de expiración del mismo, teniendo en cuenta, no obstante, que habrán de ser finalizadas, con arreglo al mismo, las acciones que en su momento se hallen en curso o esté comprometida su realización.

Y en prueba de conformidad de cuanto antecede, firman el presente Convenio en dos ejemplares originales, igualmente válidos, en el lugar y fecha arriba indicada.

Por el Ministerio de Defensa,

el Jefe de Estado Mayor de la Defensa,

Por la Universidad de Salamanca,

el Rector Magnifico,

Fernando García Sánchez

Daniel Hernández Ruipérez

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