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Documento BOE-A-2013-1552

Resolución de 4 de febrero de 2013, de la Dirección General de Ordenación Académica, del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, por la que se publica la convocatoria del procedimiento de evaluación y acreditación de competencias adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación.

Publicado en:
«BOE» núm. 38, de 13 de febrero de 2013, páginas 12700 a 12701 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Aragón
Referencia:
BOE-A-2013-1552

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo establecido en el Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral (BOE número 205, de 25 de agosto), y una vez firmada la resolución de la Dirección General de Ordenación Académica del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, por la que se convoca el procedimiento de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación, el Director General de Ordenación Académica del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón, resuelve anunciar los siguientes aspectos de la misma:

Primero.

La Resolución de 17 de enero de 2013, del Director General de Ordenación Académica del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón por la que se convoca el procedimiento de evaluación y acreditación de competencias adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación incluidas en las cualificaciones profesionales de Operaciones de hormigón y Operaciones auxiliares de albañilería de fábricas y cubiertas, se publica en el «Boletín Oficial de Aragón» de fecha 6 de febrero de 2013.

Segundo.

Se convoca el procedimiento de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral, correspondientes a las unidades de competencia siguientes:

Familia profesional: Edificación y Obra civil.

Nivel 1.

Cualificación profesional: Operaciones de Hormigón.

− UC0276_1: Realizar trabajos auxiliares en obras de construcción.

− UC0278_1: Poner en obra hormigones.

− UC0277_1: Participar en operaciones previas al hormigonado.

− UC0869_1: Elaborar pastas, morteros, adhesivos y hormigones.

Incluidas en el Certificado de profesionalidad de Operaciones de hormigón (Real Decreto 1966/2008, de 28 de noviembre).

Cualificación profesional: Operaciones auxiliares de albañilería de fábricas y cubiertas Unidades de competencia:

− UC0276_1: Realizar trabajos auxiliares en obras de construcción.

− UC0142_1: Construir fábricas para revestir.

− UC0870_1: Construir faldones para cubiertas.

− UC0869_1: Elaborar pastas, morteros, adhesivos y hormigones.

Incluidas en el Certificado de profesionalidad de Operaciones auxiliares de albañilería de fábricas y cubiertas (Real Decreto 664/2011, de 9 de mayo).

Tercero.

El número de plazas objeto de esta convocatoria es de 75 por cada cualificación profesional.

Cuarto.

El plazo de presentación de las solicitudes será de 15 días naturales, contados a partir del siguiente a la publicación de la resolución en el «Boletín Oficial de Aragón».

Quinto.

Las bases de la Resolución de la convocatoria del presente procedimiento, así como la solicitud de participación, también estarán disponibles a efectos informativos en la siguiente dirección de Internet, del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte: http://servicios.aragon.es/pwac/.

Sexto.

La solicitud se realizará a través de la aplicación informática para la gestión del procedimiento en Aragón, a la que se podrá acceder a través de la página web https://servicios.aragon.es/eac/webpeac/ o a través de la página web de la Agencia de las Cualificaciones http://servicios.aragon.es/pwac. La solicitud cumplimentada en la aplicación informática deberá ser impresa para presentarla, en el plazo establecido, en el CPIFP «Corona de Aragón» de Zaragoza que será el centro gestor asignado a la presente convocatoria. Asimismo, la solicitud podrá presentarse en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Zaragoza, 4 de febrero de 2013.–El Director General de Ordenación Académica, Marco Aurelio Rando Rando.

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