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Documento BOE-A-2013-1588

Resolución de 25 de enero de 2013, del Consejo Insular de Mallorca (Illes Balears), referente a la declaración de bien de interés cultural a favor del sistema hidráulico de la fuente de Mestre Pere y la acequia de Na Cerdana.

Publicado en:
«BOE» núm. 39, de 14 de febrero de 2013, páginas 12872 a 12873 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Administración Local
Referencia:
BOE-A-2013-1588

TEXTO ORIGINAL

El Consejo de Mallorca en la sesión ordinaria del Pleno que tuvo lugar el día 13 de diciembre de 2012, adoptó entre otros, el siguiente acuerdo:

«Dado que el Pleno ordinario del Consejo Insular de Mallorca, en sesión de día 5 de marzo de 2009 acordó, entre otros, declarar como Bien de Interés Cultural, con la categoría de monumento, a favor del sistema hidráulico de la Fuente de Mestre Pere y la acequia de Na Cerdana de los términos municipales de Palma, Valldemossa y Bunyola.

Dado que Drac Hoteles, SLU interpuso un recurso contencioso-administrativo con entrada en el Decanato el 20-05-09 contra el acuerdo del Pleno del CIM de 5 de marzo de 2009 que confirmó el acuerdo de 23-1-09 de la Comisión Insular de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Patrimonio Histórico de Mallorca el cual acordó informar favorablemente la declaración de BIC con categoría de monumento del bien más arriba mencionado.

Por todo ello, y en virtud de lo que dispone la Ley 12/1998, de 21 de diciembre, del Patrimonio Histórico de las Islas Baleares y de acuerdo con las competencias atribuidas por la Ley 6/1994, de 13 de diciembre, en los Consejos Insulares en materia de Patrimonio Histórico, y el Reglamento Orgánico del Consejo Insular de Mallorca, aprobado por el Pleno del 8 de marzo de 2004 (BOIB n.º 38, de 16-03-04) parcialmente modificado por acuerdo del pleno de 13 de octubre de 2011 (BOIB n.º 158, de 20-10-11), el Presidente de la Comisión Insular de Patrimonio Histórico eleva al Pleno la siguiente propuesta de Acuerdo:

1.º Ejecutar, en sus estrictos términos y con respecto al ámbito de competencia del Pleno del Consejo Insular de Mallorca, la sentencia de la Sala Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares n.º 526, de 13 de julio, que deriva de las actuaciones n.º 108/2009 del Juzgado Contencioso-Administrativo n.º 1 de Palma.

El objeto del recurso contencioso-administrativo fue el acuerdo adoptado por el Pleno del Consejo Insular de Mallorca el día 5 de marzo de 2009, mediante el cual se declaró como Bien de Interés Cultural, con la categoría de monumento, a favor del sistema hidráulico de la Fuente de Mestre Pere y la acequia de Na Cerdana de los términos municipales de Palma, Valldemossa y Bunyola.

2.º La mencionada sentencia del Tribunal Superior de Justicia n.º 526 confirmó la decisión del Juzgado Contencioso-Administrativo que estimó el recurso interpuesto por Drac Hoteles, SLU declarando nulo el acuerdo del Pleno del CIM de 5-3-09 por no ser conforme a derecho aunque no compartió sus argumentos jurídicos ya que el Juzgado consideró que el acuerdo de ampliación del plazo para resolver de día 14-4-08 no estaba motivado y la sala consideró que este acuerdo estaba suficientemente motivado pero que el expediente se tenía que considerar caducado por el transcurso del plazo legal para resolver desde el acuerdo de ampliación.

3.º Dejar sin efecto el acuerdo del Pleno del CIM de día 5 de marzo de 2009, mediante el cual se declaró como Bien de Interés Cultural, con la categoría de monumento, a favor del sistema hidráulico de la Fuente de Mestre Pere y la acequia de Na Cerdana de los términos municipales de Palma, Valldemossa y Bunyola.

4.º Publicar el presente acuerdo en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y en el Boletín Oficial del Estado, ya que la mencionada resolución afecta a la declaración de un Bien de Interés Cultural con la categoría de monumento.

5.º Dar traslado de este acuerdo en la Sala Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares, por conducto de la Asesoría Jurídica del Consejo Insular, así como a los Ayuntamientos de Palma, Valldemossa y Bunyola.»

Lo cual os comunico para vuestro conocimiento y a los efectos oportunos.

Palma, 25 de enero de 2013.–El Secretario General del Consejo de Mallorca, Jeroni Mas Rigo.

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