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Documento BOE-A-2013-26

Resolución de 12 de diciembre de 2012, de la Secretaría de Estado de Cultura, por la que se conceden las ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, para la edición de revistas culturales.

Publicado en:
«BOE» núm. 1, de 1 de enero de 2013, páginas 123 a 129 (7 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2013-26

TEXTO ORIGINAL

Por Resolución de 18 de junio de 2012, de la Secretaría de Estado de Cultura, se convocaron subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la edición de revistas culturales.

Con fecha 8 de octubre se celebró la reunión de la Comisión de Valoración constituida para el estudio de las solicitudes recibidas de acuerdo con lo estipulado en el artículo 9 de la mencionada Resolución. Posteriormente, con fecha 25 de octubre, y de acuerdo con lo previsto en el artículo 23.4 de la Ley la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publicó la Resolución de 24 octubre, de la Subdirección General de Promoción del Libro, la Lectura y las Letras Españolas, por la que se publica el informe de solicitudes preseleccionadas.

Así, en virtud de lo anterior, habiendo presentado todos los propuestos como beneficiarios la documentación pertinente como se acredita en la propuesta de resolución del órgano instructor, y teniendo en cuenta lo dispuesto en la mencionada Ley 38/2003, en su reglamento de desarrollo, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, y en la Orden CUL/2912/2010, de 10 de noviembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de este Ministerio, he decidido resolver lo siguiente:

Primero.

Conceder las ayudas que se enumeran en el «Anexo I – Empresas» y en el «Anexo II - Instituciones sin fines de lucro», con cargo a las aplicaciones presupuestarias 18.13.477 y 18.13.481.16 respectivamente, del programa 334B «Promoción del Libro y publicaciones culturales» del Presupuesto de Gastos de este Ministerio para el año 2012, en las cuantías que se especifican. El total concedido asciende a 1.279.388,54 euros para empresas y a 437.343,25 euros para instituciones sin fines de lucro.

Las cuantías concedidas como subvención sólo podrán destinarse para la edición de la revista seleccionada, debiendo cumplirse con las normas de justificación detalladas en la resolución de convocatoria. Toda incidencia que suponga modificación del objeto, calendario o finalidad del proyecto inicial deberá ser autorizada por la Sra. Directora General de Política e Industrias Culturales y del Libro. La solicitud deberá presentarse antes de que concluya el plazo para la realización de la actividad.

Segundo.

Desestimar el resto de solicitudes presentadas a la convocatoria por incurrir en una o varias causas de exclusión previstas en el artículo 5 de la resolución de convocatoria, no alcanzar la revista presentada la puntuación mínima exigida o rebasarse la cuantía máxima del crédito fijado en la convocatoria.

Esta resolución pone fin a la vía administrativa pudiendo interponerse recurso de reposición en el plazo de un mes a contar desde su publicación, ante el mismo órgano que lo ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

La presentación del mencionado recurso de reposición podrá efectuarse, además de en los lugares establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, a través del registro telemático del Ministerio, siempre que se posea un certificado de firma electrónica con validez. En ningún caso podrán simultanearse ambas vías de impugnación.

También cabrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 11.1.a) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su notificación.

Madrid, 12 de diciembre de 2012.–El Secretario de Estado de Cultura, José María Lassalle Ruiz.

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

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