De conformidad con lo dispuesto en el artículo 79.3 del texto refundido de la Ley de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, aprobado por Real Decreto Legislativo 6/2004, de 29 de octubre, y en el artículo 129.3 del Reglamento de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, aprobado por Real Decreto 2486/1998, de 20 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de la citada Ley, se pone en conocimiento del público en general, y de los asegurados en particular, que el órgano de control de Bélgica ha comunicado la fecha de aprobación, el día 15 de enero de 2013, y de publicación, el día 29 de enero de 2013, de la fusión de la entidad Nateus N.V., por la entidad Mercator Verzekeringen N.V.
Madrid, 5 de marzo de 2013.–La Directora General de Seguros y Fondos de Pensiones, María Flavia Rodríguez-Ponga Salamanca.
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