A iniciativa de las correspondientes asociaciones, podrán ser declaradas de utilidad pública aquéllas que reúnan los requisitos establecidos en el artículo 32 de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación.
En virtud de lo anterior, y previa instrucción de los oportunos expedientes, según establece el Real Decreto 1740/2003, de 19 de diciembre, sobre procedimientos relativos a asociaciones de utilidad pública, resuelvo:
Declarar de utilidad pública las siguientes asociaciones inscritas en el Registro Nacional de Asociaciones del Ministerio del Interior:
Denominación |
N.º Reg. Nal |
---|---|
Asociación Hetaira |
590782 |
Declarar de utilidad pública las siguientes asociaciones inscritas en los Registros de las Comunidades Autónomas:
Denominación |
CCAA |
N.º Reg. CCAA |
---|---|---|
Asociación Nora de Apoyo a Personas con Parálisis Cerebral y/o Discapacidad Psíquica |
Principado de Asturias |
3618 |
Parkinson Móstoles |
Madrid |
18574 |
Asociación Talaverana de Esclerosis Múltiple |
Castilla - La Mancha |
14193 |
Asociación de Anorexia Nerviosa y Bulimia Región de Murcia |
Murcia |
7125 |
Declarar de utilidad pública las siguientes Federaciones de Asociaciones inscritas en los Registros de las Comunidades Autónomas, a las que se refiere el expediente instruido, por lo que las entidades que integran dichas Federaciones sólo podrán obtener la declaración previa solicitud instada al efecto e instrucción del oportuno expediente:
Denominación |
CCAA |
N.º Reg. CCAA |
---|---|---|
Federación Extremeña de Asociaciones de Personas Sordas - FEXAS |
Extremadura |
40 |
Contra esta Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante este Ministerio, en el plazo de un mes, según lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses, con arreglo a lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Madrid, 7 de mayo de 2013.–El Ministro del Interior, P. D. (Orden INT/985/2005, de 7 de abril), el Secretario General Técnico del Ministerio del Interior, Juan Antonio Puigserver Martínez.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid