Visto el escrito remitido por la Entidad Globalcaja en el que comunica la fusión por absorción de la Caja Rural de Cuenca, Sdad. Coop. de Crédito por dicha Entidad, este Departamento dicta la siguiente Resolución:
Se procede a cancelar la autorización número 243 para actuar como colaboradora en la gestión recaudatoria, correspondiente a la Entidad Caja Rural de Cuenca, Sdad. Coop. de Crédito. En consecuencia, la citada Entidad deberá proceder a la inmediata cancelación de las cuentas restringidas a que se refiere el artículo 5 de la Orden EHA/2027/2007, de 28 de junio (BOE de 9 de julio).
Contra la presente Resolución podrá interponerse, a tenor de lo dispuesto en el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, recurso de alzada ante el Director General de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación.
La presente Resolución surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Madrid, 10 de mayo de 2013.–La Directora del Departamento de Recaudación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, Ana Fernández-Daza Álvarez.
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