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Documento BOE-A-2013-5866

Acuerdo GOV/54/2013, de 30 de abril, por el que se declara bien cultural de interés nacional, en la categoría de conjunto histórico, la Colonia Borgonyà, en Sant Vicenç de Torelló y se delimita su entorno de protección.

Publicado en:
«BOE» núm. 132, de 3 de junio de 2013, páginas 41916 a 41919 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-2013-5866

TEXTO ORIGINAL

Por la Resolución, CLT/2872/2011, de 10 de noviembre («DOGC» núm. 6025 de 15 de diciembre de 2011), se incoó expediente de declaración de bien cultural de interés nacional, en la categoría de conjunto histórico, a favor de la Colonia Borgonyà, en Sant Vicenç de Torelló.

Se han cumplido todos los trámites preceptivos en la instrucción de este expediente de acuerdo con lo que establecen los artículos 8 y siguientes de la Ley 9/1993, de 30 de septiembre, del patrimonio cultural catalán.

En el expediente constan los informes favorables del Consejo Asesor del Patrimonio Cultural Catalán y del Institut d’Estudis Catalans.

Durante la tramitación de este expediente se han presentado alegaciones que han sido analizadas y contestadas por la Dirección General de Archivos, Bibliotecas, Museos i Patrimonio.

Por ello, a propuesta del consejero de Cultura, el Gobierno acuerda:

1. Declarar bien cultural de interés nacional, en la categoría de conjunto histórico, la Colonia Borgonyà, en Sant Vicenç de Torelló, según la ubicación, descripción y justificación que constan en el anexo 1 de este Acuerdo.

2. Delimitar el entorno de protección de este conjunto, que se grafía en el plano que se publica con este Acuerdo y según la justificación que consta en el anexo 2.

3. Incluir como objeto de protección el subsuelo del monumento histórico y del entorno de protección.

4. Publicar íntegramente en el «Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya» y en el «Boletín Oficial del Estado» este Acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 12 de la Ley 9/1993, de 30 de septiembre, del patrimonio cultural catalán, y notificarlo a las personas interesadas y al ayuntamiento del municipio donde radica el bien.

Contra este Acuerdo, que agota la vía administrativa, se puede interponer recurso potestativo de reposición ante el Gobierno de la Generalidad de Cataluña, en el plazo de un mes, o bien recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña en el plazo de dos meses, a contar, en los dos casos, desde la publicación en el «Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya» o desde la correspondiente notificación.

Barcelona, 30 de abril de 2013.–El Secretario del Gobierno, Jordi Baiget i Cantons.

ANEXO 1
Ubicación, descripción y justificación de la delimitación del conjunto

La población objeto de este Acuerdo de declaración de BCIN-conjunto histórico es la Colonia Borgonyà en Sant Vicenç de Torelló (Osona).

La Colonia Borgonyà es un ejemplo relevante, representativo y singular en el contexto de las colonias industrial textiles, construidas en Cataluña durante la segunda mitad del siglo XIX y que tanta importancia tuvieron en la estructuración social y económica de nuestro país.

La singularidad de la Colonia Borgonyà proviene de su origen (ya que fue fundada con capital de Escocia), de su planteamiento urbanístico y arquitectónico, de su evolución territorial, técnica y social desde el año 1893 hasta los años setenta del siglo XX, y también de su autonomía y autosuficiencia respecto al núcleo de Sant Vicenç de Torelló. La Colonia Borgonyà tiene incluso su propio cementerio a partir de los años veinte del siglo pasado. También se debe considerar una singularidad el hecho de haber seguido un proceso diferenciado, prácticamente al revés, del resto de colonias. En efecto, muchas de ellas nacen del traslado fuera de Barcelona de instalaciones fabriles nacidas en aquella ciudad, mientras que Borgonyà, nacida junto al Ter, se fusionó con una fábrica de Sant Andreu del Palomar y ambas crecieron conjuntamente a partir de aquel momento.

El «pueblo» de Borgonyà tiene su origen en una antigua capilla dedicada a la Virgen de Borgonyà, documentada desde el 1298, situada en el espacio que ocupa actualmente la iglesia.

Se tiene constancia documental de que se iniciaron las obras en 1893 y que en 1895 se inauguró la colonia, que fue creciendo sucesivamente en función de las necesidades y requerimientos industriales y sociales hasta su cierre en el año 2000.

La Colonia Borgonyà está conformada básicamente por dos recintos, el recinto industrial y el recinto residencial, a los que hay que añadir los equipamientos. Dentro del recinto industrial destacan la gran nave de la Fábrica n. 1 de tipología manchesteriana, la central energética, las diversas fábricas de naves y la chimenea, así como la presa y la esclusa.

Dentro del recinto residencial destacan las viviendas de las calles Paisley, Escocia y Coats, la torre del director y el chalet del administrador y los edificios de viviendas posteriores, así como el ajardinamiento y el resto de espacios públicos.

Dentro de los equipamientos cabe mencionar la iglesia, el cementerio propio, la escuela, el teatro-casino, la «casa-cuna», la cooperativa y el excepcional campo de fútbol.

La Colonia Borgonyà es un núcleo urbano que, por sus características industriales, paisajísticas, morfológicas, urbanísticas, arquitectónicas, constructivas e históricas, conserva la configuración del urbanismo de las colonias industriales de la segunda mitad del siglo XIX y primera mitad del siglo XX.

La delimitación del conjunto, tiene en cuenta el sistema fluvial, el sistema viario y ferroviario, la topografía, la existencia de las calles, espacios públicos y edificios industriales, residenciales y equipamientos, así como los límites posteriores de las edificaciones y de las propiedades existentes.

Para llevar a cabo la delimitación de este conjunto se ha considerado como unidad básica la parcela urbanística y las propiedades del suelo hasta donde son conocidas, según las informaciones catastrales de las que se ha dispuesto.

Las características de la Colonia y del terreno en el que se asienta nos llevan a definir el límite del conjunto de forma que recoja todos los elementos que lo componen.

El conjunto esclusa-casa de compuertas-canal de entrada-canal de salida (verdadero motor de la Colonia) obliga a ir a buscar el inicio del conjunto en un punto relativamente alejado del centro del recinto. Es indiscutible la delimitación de la zona de la calle Canal (casas-calle-camino-canal) y la inclusión del campo de fútbol, que se considera necesaria al ser un espacio clave en la historia de la colonia y, a la vez, diferenciador respecto a otros recintos textiles del país.

A partir de este último punto la delimitación del espacio industrial es más clara al existir el muro de protección respecto al río y el camino que lleva hacia la carretera, límite también indiscutible. El vial que atraviesa el «paso oblicuo» y el trazado de la vía férrea parecen unos límites claros en la zona de la calle Barcelona, así como los márgenes posteriores de la antigua escuela de niñas y las viviendas de las calles Barcelona y Fabra que los separan de los huertos allí existentes.

La topografía y el ambiente de la zona posterior al chalet del administrador, que domina visualmente el primer conjunto de viviendas, hace que el perímetro del conjunto tenga que subir hasta la cota más alta de aquel lugar. Desde aquí el límite pasa a tocar el depósito situado en la parte más elevada, así como la parte trasera de la antigua escuela y los márgenes que hacen de telón de fondo de las casas de la segunda etapa de la calle Girona, buscando una acequia que las rodea por detrás.

Para terminar la justificación de la delimitación del conjunto, hay que indicar que son los caminos de detrás de las casas de las calles Girona y Canal y las vallas y márgenes posteriores al grupo de los antiguos chalets de los directivos, visualmente importantes, los que acaban de definir todo el perímetro del conjunto.

ANEXO 2
Justificación del entorno de protección

La delimitación del entorno de protección está justificada por el interés social de permitir una correcta visualización y apreciación del conjunto histórico, que tenga un equilibrio armónico de los valores ambientales, paisajísticos, arquitectónicos, urbanísticos, tipológicos, volumétricos, espaciales y cromáticos entre este conjunto y los edificios existentes, los inmuebles a construir y el paisaje circundante. Se presenta como el mejor instrumento para garantizar la pervivencia de sus múltiples valores culturales en las mejores condiciones posibles.

La localización de la Colonia Borgonyà (encajonada entre un meandro del río que tiene un límite escarpado por uno de sus lados y la falda de la montaña por la que ha ido subiendo a lo largo de su historia) hace que sea visible desde puntos fácilmente accesibles situados a cotas más altas. Por ello se deben estudiar mucho las visuales desde y hacia la Colonia para asegurar el control de lo que pueda realizarse en un territorio relativamente amplio.

En efecto, el cementerio y su camino de acceso son dos elementos íntimamente ligados a las características y la historia de la Colonia, a pesar de su separación (obvia por razones sanitarias) y, por tanto, se incluirán dentro del entorno de protección. Esto lleva a definir el límite de este entorno de la forma como se ha hecho entre la esclusa (extremo noroeste del conjunto histórico) y el camino que rodea el cementerio por la parte de poniente y por el norte. Se incluye así el edificio de Can Tomás de Pagès, antigua masía ahora totalmente remodelada, pero que forma parte de los orígenes e historia de la Colonia.

La existencia de un camino rodado, a media ladera de la montaña, por detrás del cementerio, es un límite claro sobre el terreno (y también con respecto a las visuales hacia la Colonia) para poder dejar el límite en este vial y no ir a buscar la parte más alta de la cresta.

El límite sur del entorno de protección de la Colonia es el margen derecho del río Ter en esa zona.

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

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