Visto el expediente de indulto de don Manuel Cobos Cies, condenado por el Juzgado de lo Penal número 4 de Cádiz, en sentencia de 25 de mayo de 2010, como autor de un delito de robo, a la pena de dos años y un día de prisión, con inhabilitación del sufragio pasivo durante la condena, por hechos cometidos en el año 2001, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 10 de mayo de 2013,
Vengo en conmutar a don Manuel Cobos Cies la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento por 60 días de trabajo en beneficio de la comunidad, a condición de que no abandone el tratamiento iniciado hasta alcanzar la total rehabilitación y no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cinco años desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 10 de mayo de 2013.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
ALBERTO RUIZ-GALLARDÓN JIMÉNEZ
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