El apartado II.4.1.3.3 de la Resolución de la Presidencia de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID), de 22 de abril de 2009, por la que se establece el procedimiento para la obtención de la calificación por las organizaciones no gubernamentales de desarrollo y para su revisión y revocación, establece que: «La revocación de la acreditación de la condición de ONGD calificada será publicada en el Boletín Oficial del Estado…».
De acuerdo con lo establecido en el apartado III de la Resolución de 22 de abril de 2009, la Presidencia de la AECID, mediante Resolución de 27 de mayo de 2013, vino a disponer la revocación de la acreditación como organización no gubernamental de desarrollo calificada a la Fundació Centre D´Iniciatives i Recerques Europees a la Mediterranía (CIREM), a lo que se da publicidad a los efectos de lo establecido en el artículo 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Madrid, 28 de mayo de 2013.–El Presidente de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, P. D. (Resolución de 2 de julio de 2009), el Director de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, Juan López-Dóriga Pérez.
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