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Documento BOE-A-2013-7294

Resolución de 19 de junio de 2013, de la Dirección General de Empleo, por la que se registran y publican las tablas salariales definitivas para el año 2012 del Convenio colectivo de ámbito estatal de las administraciones de loterías.

Publicado en:
«BOE» núm. 159, de 4 de julio de 2013, páginas 50134 a 50135 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Empleo y Seguridad Social
Referencia:
BOE-A-2013-7294
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2013/06/19/(3)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto de las tablas salariales definitivas para el año 2012 del Convenio colectivo de ámbito estatal de las administraciones de loterías, (código de convenio n.º 99000075011981) que fue suscrito con fecha 4 de junio de 2013, de una parte por la Agrupación Nacional de Asociaciones Provinciales de Administradores de Loterías (ANAPAL) y la Federación Nacional de Asociaciones Profesionales de Administradores de Loterías (FENAPAL) en representación de las empresas del sector y de otra por la Federación Estatal de Trabajadores de Comercio, Hostelería-Turismo y Juego de la Unión General de Trabajadores (CHTJ-UGT) y la Federación Estatal de Hostelería y Turismo de Comisiones Obreras (FECOHT-CCOO) en representación de los trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Empleo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción de las citadas tablas salariales en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 19 de junio de 2013.–El Director General de Empleo, Xavier Jean Braulio Thibault Aranda.

ACTA DE LA COMISIÓN PARITARIA DEL VI CONVENIO COLECTIVO SECTORIAL DE ÁMBITO ESTATAL DE LAS ADMINISTRACIONES DE LOTERÍAS (2012)

Por la representación sindical:

Federación Estatal de Trabajadores de Comercio, Hostelería-Turismo y Juego de la Unión General de Trabajadores (CHTJ-UGT).

• Miguel Ángel Rodríguez Gómez.

• Enrique Cavada.

• Bernardo García Rodríguez (asesor).

Federación Estatal de Hostelería y Turismo de Comisiones Obreras (FECOHT-CC.OO.).

▪ Ángeles Rodríguez Bonillo.

▪ María Esteberanz Prieto.

Por la representación empresarial:

Agrupación Nacional de Asociaciones Provinciales de Administradores de Loterías (ANAPAL)

▪ Manuel Izquierdo Morillo.

▪ Miguel Hedilla de Rojas.

▪ José Luis Sánchez Puente.

Federación Nacional de Asociaciones Profesionales de Administradores de Loterías (FENAPAL)

▪ Jordi Sastre Munné.

Reunidas, el día 4 de junio de 2013, a las 17 horas, en la Casa del Pueblo de Madrid en la Av. de América 25; 4ª; 28002 Madrid; los representantes de las organizaciones sindicales y empresariales, se constituyen en Comisión Negociadora del VI Convenio Colectivo Sectorial de ámbito estatal de las Administraciones de Loterías (2012), con el siguiente único punto del orden del día:

Primero.

Por aplicación de lo dispuesto en el artículo 37 del VI Convenio Colectivo Sectorial de ámbito estatal de las Administraciones de Loterías, se procede a revisar las partidas económicas del convenio fijando en primer lugar las definitivas para el año 2012, una vez conocido el dato del IPC real tanto en España como en la zona euro, sin que se haya producido el incremento previsto en dicha clausula sobre el incremento del precio del petróleo, se aplica una revisión de 0,2%, por la desviación más baja de los referidos índices en dicho porcentaje, incrementándose finalmente en el 0,7%.

Tablas año 2012 definitivas

Salario base mensual: 837,01 €.

Salario base anual: 12.555,15 €.

Quinquenio: 27,48 €.

Quebranto de moneda: 80,21 €.

Media dieta: 20,33 €.

Dieta completa: 41,10 €.

Dieta completa y alojamiento: 88,56 €.

Las diferencias salariales y económicas correspondientes a la revisión para el año 2012 serán liquidadas en la nómina del mes de julio de 2013.

Se mandata a Lola Díez García para la realización de cuantas gestiones fueran precisas ante la Dirección General de Trabajo para la inscripción de la presente acta y su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Segundo.

Las partes firmantes quedan emplazadas para el próximo día 25 de junio de 2013, en la sede de UGT de la Av. de América 25, 4ª de Madrid, con objeto de constituir la comisión negociadora del VII Convenio Colectivo de ámbito estatal del sector de Administraciones de Loterías; debiendo las partes acreditar en dicho acto su legitimación negocial conforme a las reglas exigidas en el Estatuto de los Trabajadores, y en relación a la empresarial se acreditará la representatividad en las forma que se realiza ante el organismo público LAE.

Siendo las 18 horas previa firma en muestra de conformidad de cuatro copias de la presente acta, con entrega de un ejemplar a cada parte firmante y las dos restantes para su presentación ante la autoridad laboral, se da por terminada la sesión de la Comisión Negociadora.

Por CHTJ-UGT Por ANAPAL

Por FECOHT-CCOO Por FENAPAL

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 19/06/2013
  • Fecha de publicación: 04/07/2013
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo (Ref. BOE-A-2010-9274).
    • art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (Ref. BOE-A-1995-7730).
  • EN RELACIÓN con el Convenio publicado por Resolución de 23 de julio de 2012 (Ref. BOE-A-2012-10628).
Materias
  • Administraciones de Lotería
  • Convenios colectivos

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