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Recibida en la Dirección General de Armamento y Material la solicitud presentada por el Área de Combustibles y Lubricantes del INTA para su designación como Centro de Actividad Técnica en los procesos de homologación de productos en el ámbito del Ministerio de Defensa;
Habiendo comprobado la Comisión Técnico-Asesora de Homologación, de acuerdo con lo dispuesto en el Reglamento de homologación de productos de específica utilización en el ámbito de la defensa (Real Decreto núm. 165/2010, de 19 de febrero, «BOE» número 58), que la citada Área dispone de la capacidad para realizar los estudios técnicos, evaluación de resultados e informes periciales concernientes a la materia de su competencia, con la garantía exigible en la actualidad, en el marco de la normativa vigente al respecto,
Esta Dirección General, de conformidad con lo establecido en el referido Real Decreto, a propuesta de la Comisión Técnico-Asesora de Homologación, ha resuelto:
Designar al Área de Combustibles y Lubricantes del INTA como Centro de Actividad Técnica en el ámbito del Ministerio de Defensa para el siguiente alcance en el área técnica de: Combustibles, lubricantes y productos afines.
Esta acreditación tendrá vigencia por un periodo de cuatro años desde la fecha de esta resolución.
Madrid, 20 de junio de 2013.–El Director General de Armamento y Material, Juan Manuel García Montaño.
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