Está Vd. en

Documento BOE-A-2013-7947

Orden SSI/1377/2013, de 8 de julio, por la que se clasifica la Fundación para la Promoción de Acciones Solidarias y se inscribe en el Registro de Fundaciones.

Publicado en:
«BOE» núm. 172, de 19 de julio de 2013, páginas 53641 a 53642 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad
Referencia:
BOE-A-2013-7947

TEXTO ORIGINAL

Examinado el expediente de clasificación e inscripción de la Fundación para la Promoción de Acciones Solidarias, resultan los siguientes

Hechos

Primero.

Por el patronato de la fundación fue solicitada la inscripción de la institución en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.

Segundo.

Las circunstancias constitutivas de la fundación que concurren en el expediente son las siguientes:

Denominación: Fundación para la Promoción de Acciones Solidarias.

Fines: La fundación persigue como fines de carácter asistencial la promoción, tanto en España como en el extranjero, de iniciativas de carácter social, formativo y de cooperación al desarrollo, en favor de toda clase de personas que se encuentren por debajo del umbral de la pobreza o estén en una situación de insuficiencia económica de carácter grave, tendentes a facilitar el acceso a la formación y la educación, así como a resolver la falta de recursos básicos para subsistir y paliar así situaciones derivadas del hambre en el mundo.

Domicilio y ámbito de actuación: El domicilio de la Fundación radicará en la calle de La Paz, número 31, puerta 4.ª, 46003 Valencia, y desarrollará sus actividades en todo el territorio nacional, así como en el extranjero, especialmente en países en vías de desarrollo de América, África y Asia.

Fundador: Don Juan Luis Gómez-Trénor Fos.

Dotación inicial: Cien mil euros, aportados por el fundador.

Escritura pública de constitución: Otorgada ante el notario de Valencia, don Carlos Pascual de Miguel, el día 4 de abril de 2013 con el número 516 de orden de su protocolo, incorpora el texto integro de los Estatutos en el que queda recogido todo lo relativo al gobierno y gestión de la fundación, ratificada por otra escritura otorgada ante el notario de Madrid, don Enrique Franch Valverde, el día 9 de abril de 2013, con el número 465 de orden de su protocolo.

Patronato: Constituido por los siguientes miembros, con aceptación de sus cargos:

Presidente: Don Ramón Mora-Figueroa Domecq.

Vicepresidente: Don Juan Luis Gómez-Trénor Fos.

Vocales: Doña María Caridad Gómez-Trénor Fos y don Javier Gómez-Trénor Vergés.

Secretario: Don Alfonso Pastor Grau.

Inscribir los poderes otorgados a favor de don Ramón Mora-Figueroa Domecq, don Juan Luis Gómez-Trénor Fos, don Javier Gómez-Trénor Vergés, doña María Caridad Gómez-Trénor Fos y don Alfonso Pastor Grau, conforme constan en la escritura de constitución. La inscripción de los poderes no exime de la necesidad de obtener el acuerdo previo del Patronato ni la autorización del Protectorado en aquellos casos en que, de conformidad con la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones, sea necesario.

Fundamentos de Derecho

Primero.

Esta Secretaría General Técnica es competente para dictar la presente Orden en virtud de la Orden SSI/131/2013, de 17 de enero, por la que se aprueban las delegaciones del ejercicio de competencias en los órganos administrativos del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad y sus organismos públicos dependientes.

Segundo.

Resulta de aplicación la disposición transitoria cuarta y los artículos 4 y 15 de la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones, y concordantes del Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Fundaciones de competencia estatal, y del Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones de competencia estatal.

Por cuanto antecede, previo informe favorable de la Abogacía del Estado, y habiéndose recabado el preceptivo informe favorable del Protectorado sobre la idoneidad de los fines y suficiencia dotacional,

Este Ministerio ha dispuesto:

Primero.

Clasificar la Fundación para la Promoción de Acciones Solidarias cuyos fines de interés general son de asistencia social y cooperación para el desarrollo, adscribiéndola al Protectorado de Fundaciones del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.

Segundo.

Ordenar su inscripción en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, bajo el número 46-0207.

Tercero.

Inscribir la constitución inicial del patronato, la aceptación de sus cargos y el otorgamiento de poderes tal y como consta detallado en el hecho segundo.

Contra esta Orden, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 11 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación, o potestativamente y con carácter previo, recurso administrativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que lo dictó.

Madrid, 8 de julio de 2013.–La Ministra de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, P. D. (Orden SSI/131/2013, de 17 de enero), el Secretario General Técnico del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, Sergio Caravajal Álvarez.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid