El proyecto a que se refiere la presente propuesta de Resolución se encuentra comprendido en el apartado 9.d del anexo I del texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero (Ley de Evaluación de Impacto Ambiental), por lo que, habiéndose sometido a evaluación de impacto ambiental, con carácter previo a su autorización administrativa, de conformidad con lo establecido en su artículo 3.1, procede formular su declaración de impacto ambiental, de acuerdo con el artículo 12.1 de la citada Ley.
Los principales elementos de la evaluación practicada se resumen a continuación:
1. Información del proyecto: Promotor y órgano Sustantivo. Objeto y justificación. Localización. Descripción sintética. Alternativas
Promotor y órgano sustantivo: El promotor del proyecto es Aguas de las Cuencas Mediterráneas, S.A. (ACUAMED). El órgano sustantivo es la Dirección General del Agua del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.
Objeto y justificación: El proyecto pretende subsanar los problemas localizados de desabastecimiento de varios municipios, garantizar el suministro ininterrumpido, asegurar la persistencia y desarrollo de las industrias ganaderas de la comarca, y ofrecer a la zona afectada una solución integral para la gestión de los recursos hídricos disponibles en la actualidad y en un futuro próximo. Estos objetivos se conseguirán mediante la implantación de una red de infraestructuras que interconexione los depósitos de agua municipales con los puntos de captación (sondeos) y que presente, además, versatilidad suficiente en su diseño para abastecer zonas estratégicas para la economía ganadera de la zona, como son la Vega del Bergantes, del Moll y del Llivis.
Localización: El presente proyecto se localiza en la comarca de Els Ports, en el extremo noroccidental de la provincia de Castellón (Comunidad Valenciana) y afecta a los municipios de Zorita del Maestrazgo, Morella, Herbés, Palanques, Villores, Forcall, Todolella, Olocau del Rey, Vallibona, La Mata de Morella, Cinctorres, Portell de Morella y Castellfort, siendo Morella el municipio con una mayor superficie abarcada por el proyecto. Además, incluye a los municipios de Ares del Maestre y Villafranca del Cid, pertenecientes a la comarca de l’Alt Maestrat, también en la provincia de Castellón.
La fase I de ejecución del proyecto, objeto de esta Resolución, tras desistimiento expreso del promotor del resto de las fases, afectará sólo a una parte de los municipios citados, que serán aquellos en los que existe mayor urgencia en la necesidad de resolución de sus problemas de abastecimiento: Morella, Forcall, Todolella y Villores. Para las localidades de Ortells, Palanques y Zorita, las actuaciones comprendidas en esta fase corresponden a mejoras puntuales en la red de distribución actual.
Descripción sintética y alternativas: Los recursos hídricos disponibles en la actualidad en esta comarca provienen fundamentalmente del sondeo de Zorita del Maestrazgo, ejecutado en el año 1997. El agua que se extrae de este sondeo abastece a algunos municipios de la zona. La red de conducciones que plantea el proyecto tiene como objeto incorporar en un futuro los caudales de agua de los sondeos de Forcall y Morella, ambos ejecutados posteriormente al de Zorita, restando únicamente su equipamiento para su puesta en funcionamiento.
La demanda de agua prevista corresponde con las necesidades de abastecimiento de la población, permanente y estacional, así como la demanda de abastecimiento de las explotaciones ganaderas de la comarca.
Tras un análisis de caudales demandados, cotas topográficas de los municipios a abastecer y condicionantes del trazado, el promotor propone la distribución de tuberías mediante la implantación de un anillo principal de servicio que, tomando como origen del sistema el emplazamiento del sondeo de Zorita del Maestrazgo (punto de partida del suministro de agua), considera determinados municipios nudos indispensables del anillo. Estos nudos o puntos fundamentales de referencia son: Zorita (665 m), Forcall (785 m), Morella (1.025 m) y Torre Miró (1.255 m). De esta forma, el anillo básico de suministro tendría el siguiente recorrido: desde Zorita del Maestrazgo hasta Forcall, de aquí hasta Morella y desde este municipio hacia Torre Miró para regresar de nuevo a Zorita.
Desde este anillo de servicio principal, el promotor ha estudiado distintas alternativas para el trazado de conducciones necesarias, que se describirán en el apartado 4.1. de esta Resolución. La alternativa considerada más favorable es la denominada alternativa 2, consistente en una estructura en anillo con los nudos claves ya indicados: Zorita, Forcall, Morella y Torremiró, de la que parten las principales conducciones para cubrir el territorio. La longitud de las conducciones asciende a 170 kilómetros, con un diámetro variable entre 63 y 500 milímetros. La infraestructura complementaria consta de cuatro depósitos semienterrados y nueve estaciones de bombeo.
Se realizarán pistas de trabajo de anchura variable con la siguiente disposición: 2 metros para instalación de tuberías en zanjas, 5 metros para la circulación de camiones y 3 metros adicionales en las zonas donde sea necesario realizar acopios. Se empleará como material fundición dúctil, polietileno y PVC orientado según los tramos. La sección tipo para la colocación de la tubería es en zanja.
Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.
2. Elementos ambientales significativos del entorno del proyecto
A continuación se resumen los principales elementos del medio de acuerdo con lo indicado en el estudio de impacto ambiental:
Hidrología, hidrogeología y geología: La zona de estudio se encuentra incluida en la cuenca hidrográfica del Júcar, representada por las cuencas de los ríos Cervol, Cervera y Mijares. El resto del ámbito de estudio forma parte de la cuenca hidrográfica del Ebro, representada por la cuenca del río Bergantes.
Desde el punto de vista hidrogeológico las actuaciones se sitúan sobre 2 masas de agua subterráneas (MASb), y es sobre la unidad Aliaga-Calanda dónde se sitúa el sondeo de Zorita. Los recursos de esta unidad han sido cifrados por la Confederación Hidrográfica del Ebro (CHE, 1999) en unos 270 hm3/año. En la masa de agua subterránea del Alto Maestrazgo se sitúan los sondeos de Morella y Forcall.
El trazado de la tubería discurre por el entorno de los siguientes puntos de interés geológico conocidos e incluidos en el Inventario del Instituto Geológico y Minero de España (IGME): Fuente de Querol (Zorita del Maestrazgo), Río Bergantes (Morella), Capas Rojas de Morella (Morella), Muela de Ares (Ares del Maestre).
Vegetación: Se constata un alto grado de intervención agrícola. Las unidades principales son los pinares, se puede encontrar pino carrasco (Pinus halepensis) en la zona de Zorita del Maestrazgo, que en las partes bajas suelen ir acompañados de matorral de coscoja y enebros. Junto a estos pinares son comunes las carrascas (Quercus ilex subsp. rotundifolia) encontrándose a veces unidades mixtas de ambas especies, así como pinar de repoblación. La vegetación ripícola está formada por saucedas paralelas al cauce, o el carrizo (Phragmites australis) o espadaña (Typha dominguensis) en zonas inundadas. Los encinares están relegados a zonas rocosas.
Una buena parte del trazado de las conducciones transcurre sobre zonas desarboladas y otras con vegetación abierta de enebral y coscojar. A su vez se incluyen cultivos abandonados en zonas de ladera. Otra gran parte del trazado discurre por cultivos, principalmente de cereal, seguido en las zonas bajas y cálidas por almendro y vid. Además, junto a los cauces, se establecen huertos.
Se han localizado ejemplares de especies como muérdago (Viscum album) y acebo (Ilex aquifolium) que son vulnerables según la Lista Roja de Especies Amenazadas de la Unión Internacional de Conservación de la Naturaleza.
En la zona afectada aparecen los siguientes hábitats de interés comunitario, según la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad: 5210 Matorrales arborescentes de Juniperus spp, 8210 Pendientes rocosas calcícolas con vegetación casmofítica, 92A0 Bosques galería de Salix alba y Populus alba, 9240 Robledales ibéricos de Quercus faginea y Quercus canariensis, 9340 Encinares de Quercus ilex y Quercus rotundifolia, 9560* Bosques endémicos de Juniperus spp. (hábitat prioritario).
Fauna: En la zona destaca la presencia de nutria (Lutra lutra) catalogada de interés especial según el Catálogo Nacional de Especies Amenazadas y en peligro de extinción según Catálogo Valenciano de Especies Amenazadas de Fauna; así como de cabra montés (Capra pyrenaica) y gato montés (Felis sylvestris), vulnerable en el Libro Rojo. Asimismo, destaca la posible presencia de quirópteros como el murciélago ratonero grande (Myotis myotis), murciélago mediterráneo de herradura (Rhinolophus euryale), murciélago grande de herradura (Rhinolophus ferrumequinum), murciélago de cueva (Miniopterus schreibersii) y murciélago ratonero mediano (Myotis blythii), especies vulnerables según el Catálogo Nacional; además los tres primeros tienen esa misma catalogación según el autonómico. Por último, según la información obtenida por el promotor, el murciélago pequeño de herradura (Rhinolophus hipposideros), de interés especial según el Catálogo Nacional, también se encuentra presente en la zona de estudio.
Entre la avifauna mencionada aparece como nidificante el alimoche (Neophron percnopterus), en peligro para la Unión Internacional de Conservación de la Naturaleza (UICN) y Libro Rojo y vulnerable según los Catálogos Nacional y Valenciano de especies amenazadas. Especies de interés especial en el Catálogo Nacional nidificantes en el entorno del ámbito de actuación son el águila calzada (Hieraaetus pennatus), el busardo ratonero (Buteo buteo), el águila culebrera (Circaetus gallicus), el milano negro (Milvus migrans), el alcotán (Falco subbuteo), el buitre leonado (Gyps fulvus), el halcón peregrino (Falco peregrinus), azor común (Accipiter gentillis), gavilán común (Accipiter nissus), búho real (Bubo bubo) y búho chico (Asio otus) entre otras. También destaca la presencia de aves catalogadas como vulnerables por el Catálogo Valenciano de Fauna, tales como el aguilucho cenizo (Circus pygargus), águila azor perdicera (Hieraaetus fasciatus) y avión zapador (Riparia riparia).
Entre la ictiofauna aparece la bermejuela (Chondrostoma arcasii), considerada especie protegida según el Catálogo Valenciano de Especies Amenazadas y el barbo colirrojo (Barbus haasi), vulnerable según la Unión Internacional de Conservación de la Naturaleza. Dentro de la comunidad anfíbica destaca la presencia del gallipato (Pleurodeles waltl) especie vulnerable según el Catálogo Valenciano y de interés especial según el Catálogo Español.
Dentro de los invertebrados destaca el caballito del diablo Coenagrion mercuriale, especie recogida en el Catálogo Valenciano como vulnerable y en el Español como de interés especial, al igual que la mariposa (Graellsia isabellae); y el cangrejo de río (Austropotamobius pallipes) en peligro de extinción según el Catálogo Valenciano y vulnerable según el Catálogo Español de especies amenazadas.
Espacios naturales protegidos y Red Natura 2000: Las actuaciones inicialmente previstas entran dentro de la Zona de Especial Protección para las Aves (ZEPA) L’Alt Maestrat, Tinença de Benifassà, Turmell i Vallivana (ES0000465), el Lugar de Importancia Comunitaria (LIC) Riu Bergantes (ES5223029), el LIC Tinença de Benifassà, Turmell i Vallivana (ES5233001), el LIC L’AIt Maestrat (ES5223002); y el Área de Importancia para las Aves (IBA) n.º 149 Puertos de Morella. Asimismo, según el promotor, el trazado no cruza el Parque Natural de la Tinença de Benifassà pero sí solapa con parte del área regulada por su PORN (Plan de Ordenación de Recursos Naturales).
Además, la actuación se ubica dentro del paraje natural municipal Rambla Celumbres, a aproximadamente 1,5 km de los parajes municipales La Mola de la Vila y La Mola d’Ares y a unos 3 km del paraje de Palomita. Asimismo, en las proximidades existen microrreservas de flora, donde no llega a entrar el trazado de las tuberías, como el Bovalar de Cinctorres, Mas del Racó, Mola d’Ares A, Mola d’Ares B, Nevera d’Ares y Tancat de la Torre.
Por otro lado, en el ámbito de estudio se encuentran dos cuevas protegidas: la Cova de la Balma, en las proximidades de Zorita, a unos 2 km de la conducción; y la Cova de Cantallops, al este del núcleo urbano de Ares del Maestre y a unos 1,7 km de la actuación.
Paisaje: La zona presenta un relieve muy modelado, fuertemente ondulado y montañoso con laderas muy acentuadas en todo el territorio, que en algunas zonas dan paso a valles donde se ubican las actividades humanas primarias (agricultura, ganadería) y los núcleos de población.
Patrimonio: Según el estudio de impacto ambiental, los yacimientos que se encuentran en un radio no superior a 100 m de la zona de actuación son los siguientes:
Nombre |
Tipo de yacimiento |
Municipio |
---|---|---|
Castell de Ares. |
Castillo. |
Ares del Maestre. |
Palau de Sant Joan. |
Poblado aire libre. |
Cinctorres. |
La Gravera. |
Asentamiento al aire libre. |
Forcall. |
Tossalet de Sant Pere de Moll. |
Asentamiento en altura. |
Morella. |
Collet de Sant Pere de Moll. |
Lugar de habitación. |
|
Cueva de la Font Donzella. |
Cueva. |
|
Cueva del Molí de la Cova. |
Cueva de enterramiento. |
|
La Roca del Migdia. |
Poblado en altura y fortificación militar. |
|
Port de Taules. |
Poblado. |
|
Els Casalls del Dolço. |
Poblado. |
|
El Mas de Sabater. |
Poblado en llano. |
|
La Torre Segura. |
Poblado en llano. |
|
Castell de la Todolella. |
Castillo. |
Todolella |
Asimismo, el promotor menciona los siguientes Bienes de Interés Cultural (BIC) ubicados también en un radio no superior a 100 m de las infraestructuras proyectadas: Castillo-Palacio de Los Peralta, Palacio del ayuntamiento, Acueducto de Morella y Casa fortificada de los Brusca y Creixells.
Por último, en el estudio de impacto ambiental se estima que la obra atravesará 75 vías pecuarias, repartidas en 14 municipios, con una longitud total de ocupación incluidos cruces y solapamientos de aproximadamente 40 kilómetros y una superficie de 9.538,49 m².
3. Resumen del proceso de evaluación
3.1 Fase de consultas previas y determinación del alcance del estudio de impacto:
a) Entrada documentación inicial. La tramitación se inició el 27 de abril de 2007, fecha en que se recibe en la entonces Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino la documentación inicial procedente de la Dirección General del Agua.
b) Consultas previas, relación de consultados y de contestaciones. La Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental estableció a continuación un periodo de consultas, con fecha 10 de julio de 2007, a personas, instituciones y administraciones previsiblemente afectadas, sobre las implicaciones ambientales del proyecto. En la tabla adjunta se recogen los organismos que fueron consultados, señalando con una «X» aquellos que emitieron informe:
Relación de consultados |
Respuestas recibidas |
---|---|
Dirección General para la Biodiversidad del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino |
– |
Subdelegación del Gobierno en Castellón |
– |
Confederación Hidrográfica del Júcar del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino |
X |
Dirección General de Gestión del Medio Natural de la Consejería de Territorio y Vivienda de la Generalitat Valenciana |
X |
Dirección General de Calidad Ambiental de la Consejería de Territorio y Vivienda de la Generalitat Valenciana |
– |
Dirección General de Planificación y Ordenación Territorial de la Consejería de Territorio y Vivienda de la Generalitat Valenciana |
– |
Dirección General de Patrimonio Cultural Valenciano de la Consejería de Cultura, Educación y Deporte de la Generalitat Valenciana |
X |
Dirección General de Obras Públicas de la Consejería de Infraestructuras y Transportes de la Generalitat Valenciana |
– |
Ayuntamiento de Ares del Maestre |
– |
Ayuntamiento de Castellfort |
– |
Ayuntamiento de Cinctorres |
– |
Ayuntamiento de Forcall |
– |
Ayuntamiento de Herbés |
– |
Ayuntamiento de La Mata de Morella |
– |
Ayuntamiento de Morella |
– |
Ayuntamiento de Olocau del Rey |
– |
Ayuntamiento de Palanques |
– |
Ayuntamiento de Portell de Morella |
– |
Ayuntamiento de Todolella |
– |
Ayuntamiento de Vallibona |
– |
Ayuntamiento de Villafranca del Cid |
– |
Ayuntamiento de Villores |
– |
Ayuntamiento de Zorita del Maestrazgo |
– |
Ecologistas en Acción |
– |
SEO/Birdlife |
– |
Colla Ecologista de Castelló |
– |
Centre Excursionista de Castelló |
– |
La Dirección General de Gestión del Medio Natural de la Consejería del Territorio y Vivienda de la Generalidad Valenciana, remitió informe del Servicio de Ordenación Sostenible del Medio. Posteriormente, y tras cambio de la Estructura de Gobierno autonómico, se recibieron también escritos de la Dirección General de Gestión del Medio Natural de la Consejería de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda; en los que se adjuntaron informes del Servicio de Evaluación de Impacto Ambiental, del Servicio de Ordenación Sostenible del Medio y del Servicio de Prevención de Incendios y Sanidad Forestal; así como un informe posterior del Servicio de Biodiversidad.
Asimismo, de forma extemporánea, se recibieron informes de la Dirección General del Agua de la Consejería de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda y de la Dirección General de Patrimonio Cultural Valenciano de la Consejería de Cultura y Deporte, ambos de la Generalitat Valenciana.
Los aspectos ambientales más relevantes considerados fueron son los siguientes:
Hidrología: La Confederación Hidrográfica del Júcar recuerda que, para su ámbito de actuación, y en virtud de la Ley de Aguas, deberá reponerse la servidumbre de paso del agua, –en caso contrario, este organismo deberá autorizar cualquier modificación–. Se garantizará el drenaje superficial, se reducirá en lo posible la plataforma de trabajo, se evitará la afección a cursos de agua y a vegetación de ribera; se garantizará la no afección a cursos de agua superficiales y subterráneos por vertidos. Del mismo modo, en cuanto a préstamos y extracciones en cauces o en zonas de servidumbre, se garantizará la no afección y la reposición de los mismos.
La Dirección General del Agua de la Consejería de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda de la Generalidad Valenciana señala que se deberá cumplir lo establecido en el Real Decreto 140/2003, de 7 de febrero, por el que se establecen los criterios sanitarios de la calidad del agua de consumo humano.
Flora y fauna: El Servicio de Prevención de Incendios y Sanidad Forestal señala que se deberá dar cumplimiento al Decreto 7/2004, de 23 de enero, del Consejo de la Generalidad, por el que aprueba el pliego general de normas de seguridad en prevención de incendios forestales a observar en la ejecución de obras y trabajos que se realicen en terreno forestal o en sus inmediaciones.
A su vez el Servicio de Evaluación de Impacto Ambiental indica que se deberá evitar la ejecución de las obras en los periodos de reproducción y cría de la avifauna.
Espacios naturales protegidos y Red Natura 2000: Desde el Servicio de Ordenación Sostenible del Medio se informa de que las actuaciones afectan a los siguientes espacios protegidos:
La conducción discurre por el LIC Riu Bergantes (ES5223029) a lo largo de aproximadamente 23 km. En esta zona se encuentran bien representados los hábitats de interés comunitario Salix Alba y Populus Alba (código 92A0).
Desde Cinctorres hacia Portell de Morella, Castellfort y Villafranca del Cid se atraviesa durante unos 20 km el LIC L’AIt Maestrat (ES5223002) y a lo largo de 32 km el LIC La Tinença de Benifassà, Turmell i Vallivana (ES5233001) y la ZEPA L’Alt Maestrat, Tinença de Benifassà, el Turmell i Vallivana (ES0000465).
En la conducción que abastece a Vallibona, se deberá estudiar la viabilidad de que su trazado discurra prioritariamente por un corredor de localización de infraestructuras tal y como se recoge en el Decreto 57/2006, de 28 de abril, del Consell por el que se aprueba el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales (PORN) de la Tinença de Benifassà.
Finalmente, el Servicio de Biodiversidad señala que con la información gráfica aportada no se puede dilucidar el grado de afección a cada una de las áreas ocupadas por hábitats. Además, la Dirección General del Agua de la Consejería de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda concluye que la actuación tendrá afecciones medioambientales en un área de especial valor ambiental.
Patrimonio: La Dirección General de Patrimonio Cultural Valenciano de la Consejería de Cultura y Deporte de la Generalidad Valenciana indica que se deberá cumplir con lo establecido en la Ley 4/1998, de 11 de junio, del Patrimonio Cultural Valenciano. De esta forma se deberá elaborar el correspondiente estudio de impacto ambiental sobre el patrimonio cultural, que permita definir la afección de las obras, su compatibilidad y su impacto al patrimonio, así como las medidas a adoptar.
En cuanto al patrimonio paleontológico el trazado del proyecto podría discurrir sobre materiales de la formación Arcillas de Morella rica en restos paleontológicos, por lo que cuando se redacten los proyectos constructivos, se deberá aportar nueva documentación, emitiéndose el preceptivo informe. Asimismo, se realizará un seguimiento arqueológico de los movimientos de tierras que afecten a estos materiales. Igualmente, se deberán respetar los Bienes de Interés Cultural existentes.
Por otro lado, el Servicio de Evaluación de Impacto Ambiental señala que en caso de ocupación de vías pecuarias, previamente se deberá obtener una autorización. También indica que si se encontrasen restos de elementos del Patrimonio Cultural Valenciano, se deberá poner en conocimiento de la autoridad competente. Igualmente, si apareciesen cuevas, simas u otras cavidades subterráneas, se comunicará a la Consejería de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda, dado que estas formaciones se hallan protegidas por la Ley 11/1994, de 27 de diciembre, de Espacios Naturales Protegidos de la Comunidad Valenciana.
Paisaje: El Servicio de Evaluación de Impacto Ambiental indica que la construcción de infraestructuras deberá realizarse con materiales acordes con el entorno.
Residuos: Según el mencionado Servicio de Evaluación de Impacto Ambiental se deberá tomar medidas para evitar la contaminación por vertidos accidentales, se retirarán los escombros, materiales sobrantes y restos de obra; así como los excedentes de tierras procedentes de las excavaciones, que se deberán reutilizar en zonas de características morfológicas y físico-químicas similares o transportar a vertedero autorizado.
c) Resumen de las indicaciones dadas por el órgano ambiental al promotor sobre la amplitud y detalle del estudio de impacto ambiental, y sobre las administraciones ambientales afectadas.
Analizada la documentación aportada por el promotor, así como las contestaciones a las consultas realizadas sobre el proyecto, la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental realiza, el 26 de octubre de 2007, el consiguiente traslado de consultas al promotor. Las respuestas recibidas fuera de plazo en la citada Dirección General, también fueron enviadas al promotor.
3.2 Fase de información pública y de consultas sobre el estudio de impacto ambiental:
a) Información pública y consultas a administraciones ambientales afectadas. Resultado.
El proyecto y el estudio de impacto ambiental fueron sometidos al trámite de información pública, mediante anuncio en el Boletín Oficial del Estado, número 279, el 19 de noviembre de 2008.
Trascurrido el plazo de información pública, con fecha 16 de octubre de 2009, la Confederación Hidrográfica del Ebro remitió a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental el expediente completo, constituido por el proyecto, el estudio de impacto ambiental y el resultado de la información pública.
Durante el periodo de información pública se ha recibido una alegación, procedente de Promo Business Inmobiliario, S.L.
Además, según informa la Confederación Hidrográfica del Ebro, se solicitaron informes a diferentes organismos, en cumplimiento del artículo 9.3 de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos, habiéndose recibido contestación de la Confederación Hidrográfica del Júcar y la Dirección General de Medio Natural y Política Forestal del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino; la Dirección General de Gestión del Medio Natural, la Dirección General para el Cambio Climático y la Dirección General del Agua de la Consejería de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda, la Dirección General de Patrimonio Valenciano de la Consejería de Cultura y Deporte de la Generalitat Valenciana, y los Ayuntamientos de Portell de Morella, Castellfort, La Mata de Morella y Morella.
Los aspectos más relevantes de las consideraciones recibidas en el trámite de información pública y las respuestas ofrecidas por el promotor se describen a continuación:
Objetivos y justificación: El Ayuntamiento de Portell de Morella solicita la inclusión en el proyecto de una red de agua a todas las masías habitadas del término municipal de Portell, así como a la pedanía de las Albaredas. Del mismo modo, el Ayuntamiento de Castellfort solicita que se incluya el abastecimiento a las masías de Castellfort por la importancia económica y social para la supervivencia de las explotaciones agropecuarias existentes, de la vida en las masías, y en definitiva para el tejido social y económico del municipio, así como para el desarrollo de futuras inversiones y reconversiones hacia usos terciarios como la implantación de actividades turísticas de alojamiento y turismo activo. Según el promotor, la red principal objeto de este proyecto tiene capacidad suficiente para contemplar la conexión de redes secundarias como las que se solicitan; no obstante, considera que el desarrollo de estas redes de agua deberían ser consideradas en un proyecto complementario a la actuación objeto de esta tramitación.
Por su parte, según el Ayuntamiento de La Mata de Morella, este municipio y los colindantes tienen garantizado el suministro de agua, por lo que considera innecesario el proyecto. El promotor responde con un análisis de las necesidades de agua de los distintos municipios. No obstante, de confirmarse su petición de no incorporarse a la red general de distribución, en la fase de redacción del proyecto constructivo se adaptará el diseño de la red general de infraestructuras en este sentido.
La Consejería de Medio Ambiente Agua, Urbanismo y Vivienda recuerda que se deberá cumplir lo establecido en el Real Decreto 140/2003, de 7 de febrero, por el que se establecen los criterios sanitarios de la calidad del agua de consumo humano. El promotor responde que las analíticas realizadas arrojan una composición química acorde con lo establecido en el mencionado Real Decreto, contemplando la disposición de tratamiento de desinfección, para asegurar también el cumplimiento en materia de contenido biológico de los recursos.
Según la Dirección General de Medio Natural y Política Forestal del Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino, algunos argumentos del estudio de impacto ambiental para justificar el proyecto resultan contradictorios y no se ha realizado un estudio adecuado del aumento esperado de las demandas de agua y de los usos para los que se destinará, entre ellos, para regadío. Según el promotor, el proyecto no considera el suministro de recursos para regadío. De modo que para la determinación de las necesidades se consideró, la máxima ocupación estacional, que presenta un aumento muy importante, adoptando el caudal medio a 24 horas sin coeficiente punta. Para el suministro a la ganadería se ha empleado el número censado, realizando una estimación media del consumo anual por granja y considerando el 50% de los consumos adscritos a las redes, puesto que no todas las granjas podrán conectarse a la red. Finalmente señala que realiza un estudio de demandas actuales y futuras, indicando las posibilidades de prognosis.
Hidrogeología e hidrología: La Confederación Hidrográfica del Júcar señala que se deberá estudiar la localización de acuíferos, zona de recarga y surgencia, la calidad de las aguas e inventario de vertidos, la evolución estacional de los niveles freáticos y determinación de los flujos subterráneos. El promotor afirma que en el estudio de impacto ambiental se incluye un apartado que contempla estos aspectos.
Según la Dirección General de Gestión del Medio Natural de la Consejería de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda de la Generalitat Valenciana, se prevén posibles impactos por disminución del nivel de acuíferos, de los niveles de descarga del acuífero en ríos, manantiales y fuentes; y contaminación puntual de los cursos de agua durante las obras. Considera susceptible de ampliación el estudio de impacto sobre los recursos hidráulicos, ya que no han sido valorados adecuadamente los posibles impactos del consumo de los recursos subterráneos sobre las descargas superficiales y su influencia en los distintos hábitats y especies en peligro de extinción. Indica también la necesidad de un análisis sobre el impacto del cruce con el río Bergantes, y la necesidad de proponer medidas minimizadoras de impacto en cruces. Según el promotor, estas alegaciones se desprenden de considerar el caudal instantáneo de diseño del equipo de bombeo de Zorita, sin embargo esta magnitud viene limitada por el resultado de aforo y por las dimensiones internas del propio pozo, que determinarán la capacidad de extracción del pozo. En este sentido, los estudios realizados indican que los volúmenes que se pretenden aprovechar son significativamente menores que el volumen de recarga de dichas masas, una vez descontadas las necesidades ambientales. En cuanto a los cruces con el Bergantes, se ha buscado que las zonas propuestas para su cruce fuesen aquellas de menor valor ambiental (zonas de cultivo de cereal y pastizal, principalmente). No obstante, indica que en el proyecto constructivo se detallará el método que, aunando criterios técnicos y económicos, minimice el impacto de las obras de cruce.
Igualmente, la Dirección General de Medio Natural y Política Forestal del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino propone que debería ampliarse el estudio del impacto producido en los recursos hidráulicos y considera que el aumento de las extracciones de agua puede generar cambios en la dinámica del río Bergantes. Finalmente, antes de realizar las obras se debe tener en cuenta él artículo 17 del Decreto 57/2006, de 28 de abril, del Consejo, por el que se aprueba el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales de la Tinença de Benifassà. El promotor considera que las extracciones de agua subterránea previstas no producirán cambios en la dinámica de funcionamiento del río Bergantes. Esto se justifica por existir un recurso disponible muy superior a la extracción y a la demanda de la zona y a que el nivel piezométrico de los sondeos considerados en la actuación se encuentra muy por debajo de la topografía de los cauces fluviales, que están desconectados hidráulicamente de estos acuíferos. Además los volúmenes que se pretende aprovechar con los sondeos previstos son significativamente menores que el volumen de recarga de los acuíferos una vez descontadas las necesidades ambientales. El promotor explica que el diseño de la actuación procura no alterar los cursos de aguas y que, tras la ejecución de las obras, el cauce será repuesto mediante rastrillo de escollera y coraza de gavión, con lo que no considera que la actuación provoque una alteración permanente en el cauce.
Vegetación: La Dirección General de Gestión del Medio Natural de la Consejería de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda de la Generalidad Valenciana, prevé posibles impactos por afección a especies o ejemplares de interés, disminución de la cubierta arbórea y reducción de la biodiversidad. Según el promotor, en el proyecto informativo se consideraron aquellos corredores y zonas más antropizadas dentro del ámbito de actuación, de forma que se minimizase la afección al medio natural. Para la elaboración del proyecto constructivo se realizará un estudio de detalle de la vegetación, y en caso de afectar a áreas más sensibles, donde no se pueda desplazar a una zona de menor valor, la pista de trabajo reducirá su anchura y se jalonará para evitar afecciones a la vegetación colindante.
Igualmente, La Dirección General de Medio Natural y Política Forestal indica que algunas de las obras proyectadas también afectarán a la vegetación de ribera y a la hidrología, destacando los impactos sobre el hábitat de interés comunitario 92A0 Bosques galería de Salix alba y Populus alba. En las zonas sensibles, la anchura de trabajo se reducirá al mínimo y, por lo tanto, las superficies de afección a la vegetación de ribera serán mínimas, y una vez ejecutadas las obras, se realizará una revegetación de toda la franja afectada con especies autóctonas.
Fauna: La Dirección General de Medio Natural y Política Forestal señala posible afección por colisiones de la avifauna con los tendidos eléctricos, especialmente de las líneas eléctricas que discurren sobre la ZEPA L’Alt Maestrat, Tinença de Benifassà, el Turmell i Vallivana por lo que debería considerarse la posibilidad de enterrarlas. En relación con esto, la Dirección General de Gestión del Medio Natural de la Generalitat Valenciana señala que se puede producir impacto por colisión, electrocución, afección a la nidificación o cría de aves de interés, pérdida de ejemplares por atropellos, destrucción de hábitat, caídas en zanjas, así como afección a especies en peligro de extinción. El promotor indica que se han planteado los trazados de las líneas eléctricas con el criterio de minimizar su longitud y limitar los impactos sobre las aves, teniendo en cuenta las zonas sensibles. Además, para evitar posibles impactos por colisiones de la avifauna sobre las líneas eléctricas, se instalarán dispositivos salva-pájaros en todas ellas.
Esta última Dirección General de Gestión del Medio Natural sostiene que se debería elaborar un estudio detallado del riesgo de colisión/electrocución de la avifauna con tendidos eléctricos, un estudio y valoración más adecuados de las especies y de sus hábitats, un estudio de los puntos de nidificación, cría y campeo, al menos de las especies protegidas, proponiendo medidas como el soterramiento de tendidos eléctricos, calendarios de obra ó modificaciones al proyecto. Finalmente señala que antes del inicio de las obras se solicitarán los permisos regulados en la Orden de 20 de diciembre de 1985 de la Consejería de Agricultura y Pesca sobre protección de especies endémicas o amenazadas. El promotor señala que el estudio de impacto ambiental incluye un inventario de las especies de flora y fauna catalogadas, así como de los hábitats de interés comunitario de la zona de actuación. Para detectar la posible presencia de especies catalogadas, se realizará, de forma previa a las obras, una prospección por personal especialista.
La Dirección General de Medio Natural y Política Forestal del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino señala, entre las especies que requieren un mayor estudio de afecciones y protección, al alimoche (Neophoron percnopterus), el águila perdicera (Hieraaetus fasciatus), el buitre leonado (Gyps fulvus), el águila real (Aquila chrysaetos) y la culebrera europea (Circaetus gallicus). Asimismo, el estudio de impacto ambiental no incluye un análisis de pasos naturales de fauna. Ha de incluirse un calendario de obras teniendo en cuenta los taxones inventariados. Además, es de destacar que la IBA n.º149 es la zona con la mejor población del roquero rojo (Monticola saxatilis) de la Comunidad Valenciana. Finalmente, señala que el LIC L’Alt Maestrat (ES5223002) posee dos lugares de importancia para quirópteros: Ermita de la Mare de Deu de la Font y Forat de Cantallops. Según el promotor, los refugios para murciélagos situados dentro del LIC L’Alt Maestrat no se ven afectados, por no estar proyectada ninguna línea eléctrica aérea en esa zona. En cuanto al impacto sobre el roquero rojo, se compromete a realizar un estudio específico del hábitat de dicha especie durante el proyecto constructivo. Además el estudio de impacto ambiental indica que el calendario de obras se adapte a los periodos sensibles para la fauna, evitando los trabajos más ruidosos en las épocas de reproducción y cría.
Espacios protegidos y Red Natura 2000: La Dirección General de Medio Natural y Política Forestal del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino considera que no se ha realizado la evaluación de los impactos a los Lugares de Interés Comunitario con la profundidad requerida. A lo que el promotor responde que en el diseño de la actuación se ha procurado que las infraestructuras se localizasen en zonas de bajo valor ambiental. Indica que, con el fin de minimizar la superficie de ocupación de las zonas protegidas, se ha procurado que las conducciones se tracen bajo caminos o corredores ya existentes.
Por su parte, el ayuntamiento de Castellfort solicita que se considere en el proyecto el paraje natural municipal Rambla Celumbres. El promotor indica en su respuesta que la declaración del Paraje Natural Municipal Rambla Celumbres ha sido posterior a la redacción del proyecto informativo. Sin embargo, pese a no haberse considerado en el estudio de impacto ambiental esta figura de protección, ésta se encuentra dentro de los límites del LIC L´Alt Maestrat y, por tanto, se aplicarán las medidas preventivas y correctoras de impacto desarrolladas para éste.
Se ha comprobado la compatibilidad de las actuaciones con el Plan de Ordenación de Recursos Naturales del Parque Natural (PORN) de la Tinença de Benifassá, y se han trasladado al estudio de impacto ambiental los criterios de protección de flora y fauna silvestre y recursos hidráulicos recogidos en dicho PORN.
Patrimonio cultural: La Dirección General de Patrimonio Cultural Valenciano de la Consejería de Cultura y Deporte de la Generalidad Valenciana señala que deberá realizarse una prospección arqueológica según establece la Ley 4/1998, de 11 de junio, del Patrimonio Cultural Valenciano. En dicha prospección deberá recabarse la información relativa a elementos arquitectónicos y etnológicos a efectos de valorar el impacto sobre los mismos y las medidas adoptar.
En cuanto al patrimonio paleontológico, la misma Dirección General, indica que especificará, a solicitud del promotor, las medidas previas que haya que adoptar. Además, deben tenerse en cuenta las limitaciones de la presencia de BIC y Bienes de Relevancia Local, aunque no aparezca reflejada su existencia en las bases de datos de la propia Dirección General, así como a Bienes de Inmuebles de Relevancia Local.
El promotor responde resumiendo el estado de tramitación de la requerida prospección, señalando que una vez aprobada la misma y tras su realización se podrán incorporar las medidas necesarias al proyecto constructivo. Del mismo modo, se asumirá realizar un seguimiento paleontológico de los movimientos de tierra en los tramos que afecten a los materiales de la formación arcillas de Morella, asumiendo así lo manifestado en el informe, recibido por el promotor, de la Dirección General de Patrimonio Cultural Valenciano.
Por último, la Dirección General de Gestión del Medio Natural de la Consejería de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda de la Generalidad Valenciana señala que antes del inicio de las obras se solicitarán los permisos de ocupación de vías pecuarias y montes de utilidad pública.
Infraestructuras: El Ayuntamiento de Casltellfort plantea otro trazado del tendido eléctrico previsto en el Proyecto Informativo con una opción de menor longitud, menos apoyos, más eficiente energética y económicamente, y más viable medioambientalmente (al invadir menos espacio del LIC de L’Alt Maestrat). El promotor indica que en la fase del proyecto constructivo se estudiará la potencia disponible y se solicitará, a la empresa distribuidora, el enganche a dicho punto, debiendo estar autorizado dicho enganche.
Del mismo modo, el ayuntamiento de La Mata de Morella señala que no está de acuerdo en la inclusión del depósito municipal de agua como parte de la red de abastecimiento proyectada, ni en la ejecución de algunos de los tramos del tendido eléctrico. El promotor indica que, aunque la funcionalidad del depósito municipal de La Mata no se ve alterada, si durante la redacción del proyecto constructivo se confirma la falta de interés del ayuntamiento en obtener recursos de la infraestructura, no se realizará la conexión con el mencionado depósito. Mantiene que el impacto visual de los mencionados tramos del tendido eléctrico será nulo, habiéndose contemplado su ejecución en zanja. No obstante, en la redacción del proyecto constructivo se solicitará el punto de enganche a la compañía suministradora para posibilitar un cambio de trazado de acuerdo con las consideraciones expuestas en la alegación, considerando el soterramiento del trazado en caso de que no fuera posible cambiarlo.
Según señala la empresa Promo Business Inmobiliario, S.L., el trazado de la línea eléctrica de media tensión (MT 3) discurre dentro del entorno de protección del Acueducto de Morella, declarado BIC, siendo un uso incompatible con su puesta en valor y disfrute. Además, la línea MT 3 y el trazado del tramo inicial del T11 de tubería proyectada (así como indirectamente al T10) afectan al Sector Santa Llúcia de suelo urbanizable residencial promovido por esa empresa mercantil. Por ello se propone otra alternativa para este tramo, realizando una propuesta de desvío de las citadas infraestructuras. Igualmente, el ayuntamiento de Morella solicita que se realicen las modificaciones para no afectar al citado sector. El promotor indica que durante la fase de redacción del proyecto constructivo se considerará la ejecución de los cambios contemplados en la alegación de Promo Business Inmobiliario, S.L., de forma que se evite la afección al acueducto y su entorno de protección, considerando la posibilidad de soterramiento del tendido. Considera el cambio de trazado propuesto del tramo 11, y no estima necesaria la modificación del trazado del tramo 10.
b) Modificaciones introducidas por el promotor en proyecto y estudio tras su consideración.
ACUAMED asume que en la redacción del proyecto constructivo se solicitará el punto de enganche a la compañía suministradora para posibilitar un cambio de trazado de acuerdo con las consideraciones expuestas por Promo Business Inmobiliario, S.L. No obstante, en caso de que existiera alguna incompatibilidad para cambiar el trazado se considerará el soterramiento del mismo, que deberá ser autorizado previamente por la Consejería de Cultura y Deporte.
Por otro lado, el trazado propuesto en la fase de información pública para el tramo 11 aprovecha un camino antiguo que a nivel técnico no presenta mayores dificultades que otros tramos. Supondría un incremento en la longitud de unos 500 m con respecto a la prevista. Por lo tanto, y dado que el incremento de longitud no es sustancial, ACUAMED considera el cambio de trazado propuesto.
3.3 Fase previa a la declaración de impacto:
a) Información complementaria solicitada por el órgano ambiental. Una vez analizado el proyecto, su estudio de impacto ambiental, y a la vista del resultado de las respuestas a la información y consulta pública, la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental consideró necesario solicitar mayor información, que permitiera analizar determinados aspectos con mayor profundidad. Por ello, con fecha 4 de febrero de 2010, se solicitó al promotor la aportación de información complementaria consistente en un estudio detallado de los siguientes aspectos:
Evaluación de alternativas: alternativa 0 y soluciones locales, descripción de las necesidades, infraestructuras existentes y funcionamiento. Capacidad potencial de explotación, resumen del estudio hidrogeológico de los sondeos y caudales demandados.
Caracterización y valoración, con mayor nivel de detalle, de determinados elementos del medio.
Evaluación de impactos, y propuesta de medidas recogidas en el estudio de impacto ambiental. Justificación del proyecto según la Ley del Patrimonio Natural y la Biodiversidad. Aportar medidas en particular respecto a la vegetación y al ecosistema. Valoración de los impactos sobre la fauna protegida y aportar un calendario de obras.
Con fechas 9 de abril y 16 de junio de 2010 la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental recibe dos escritos de documentación complementaria al estudio de impacto ambiental, procedentes del promotor (ACUAMED), en los que se responden los principales aspectos arriba mencionados:
A. Evaluación de las alternativas. El promotor considera que la alternativa 0 o de no actuación no garantiza el abastecimiento de los recursos hídricos ni optimiza la gestión de los mismos en el área de localización del proyecto, pues su disponibilidad en muchos de los municipios se compromete en época de estiaje. También se descartan las soluciones locales, por no cumplir el objetivo general de la actuación, que es garantizar un volumen determinado de recursos y conseguir optimizar la gestión de los recursos subterráneos disponibles en la zona.
La documentación presentada por el promotor recoge los datos, desglosados por municipios y poblaciones, de la situación de gestión de los recursos hídricos, tanto en población permanente como estacional, así como los datos correspondientes de las industrias agropecuarias existentes. El volumen medio anual a garantizar es de 2.756.978 metros cúbicos, siendo el caudal punta demandado de 110 l/s. De este estudio el promotor ha obtenido los municipios en los que la necesidad de garantía de disponibilidad de recursos hídricos es más acuciante. Estos municipios son Forcall, Morella y Todolella, que son los que configurarán la primera fase de implantación de la actuación.
En la documentación también se describe la capacidad de explotación de los sondeos de Zorita, Forcall y Morella, sobre las masas de agua de Aliaga-Calanda y de Alto Maestrazgo. Concluye que el volumen anual de aprovechamiento es significativamente menor que el volumen de recarga de dichas masas.
B. Caracterización y valoración de elementos del medio, evaluación de los impactos:
Vegetación: Se proporciona un estudio detallado de la distribución, caracterización y grado de amenaza de las formaciones vegetales, así como afecciones por las actuaciones proyectadas. Se proporciona la cartografía de riesgo de incendios forestales solicitada a escala 1:25.000.
Red Natura 2000 y espacios naturales protegidos: Se proporciona cartografía de hábitats y espacios naturales protegidos, con la evaluación de las características, distribución y estado de conservación de cada espacio, y los efectos de las actuaciones del proyecto sobre los hábitats comunitarios y las especies de flora y fauna incluidos en Red Natura que se encuentren catalogadas.
Fauna: Se aporta la información sobre el estado de conservación de las poblaciones y las zonas críticas para su conservación. También se realiza el estudio detallado del riesgo de colisión de la avifauna con el tendido eléctrico, asumiendo las prescripciones del Real Decreto 263/2008, de 22 de febrero, por el que se establecen medidas de carácter técnico en líneas eléctricas de alta tensión, con objeto de proteger la avifauna y Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas para la protección de la avifauna contra la colisión y la electrocución en líneas eléctricas de alta tensión. El promotor valora el soterramiento de las líneas eléctricas que discurren a través de áreas catalogadas como ZEPA, como son la línea eléctrica MT3, situada en el tramo 27 y cuya longitud es de 580 metros, (Cinctorres), y la línea MT7, ubicada en el tramo auxiliar de la vega del Bergantes, de 690 metros y localizada en el municipio de Morella.
Recursos hídricos: Se proporciona información referente a los acuíferos, zonas de recarga y surgencias y calidad de aguas. Se realiza un inventario de cauces interceptados a lo largo del trazado proyectado, con cartografía a escala 1:10.000, proponiéndose dos métodos de cruce de tuberías en función de la existencia o no de puentes.
Otros: El promotor informa de que la ubicación y características de las instalaciones y elementos auxiliares se completará en una fase posterior del proyecto, concretándose los criterios ambientales que deberán considerarse en su selección e indicando las zonas excluidas para esta finalidad: los espacios naturales protegidos, los hábitats de interés comunitario, etc.
Se realiza una detallada valoración del paisaje. En cuanto a la red de vías de acceso, considera que es suficiente con la existente. También realiza un estudio detallado de las afecciones a los recursos hídricos, así como de los recursos hidrogeológicos. Se aporta la parte descriptiva relacionada con el ámbito de ubicación del proyecto del Plan de Acción Territorial de Carácter Sectorial sobre Prevención del Riesgo de Inundación en la Comunidad Valenciana (PATRICOVA), justificando que se elevará la ubicación del depósito de Villores para que no afecte a la zona inundable. Asimismo, informa acerca de la tramitación para poder realizar una prospección arqueológica de la superficie susceptible de ser afectada por la actuación.
El promotor asume tomar medidas preventivas en la fase de diseño y de obras para minimizar los riesgos de contaminación de medio acuático, e incluye un Plan de Restauración Ecológica y Paisajística.
Por otra parte, realiza una valoración detallada de las afecciones a las especies de fauna con alguna figura de protección.
Finalmente, el promotor presenta el mencionado calendario de obras, en el que se detallan las distintas actuaciones que se han de llevar a cabo.
Con fecha 4 de octubre de 2011, tras haber recabado informe de determinadas instituciones consultadas (entre ellos, un escrito de 29 de junio de 2011, de la Dirección General de Patrimonio Cultural Valenciano), el órgano ambiental, se vuelve a dirigir al promotor, en una segunda solicitud de información complementaria, para solicitar aclaración de los tramos del trazado que han sido objeto de prospección arqueológica, así como requerir el preceptivo informe de la Consejería competente en materia de cultura acerca de la conformidad del proyecto con la normativa en materia de patrimonio cultural valenciano.
Con fecha de 25 de octubre de 2011, se recibió en esta Dirección General respuesta del promotor, en la que se adjuntaba información complementaria y se solicitaba la pronta resolución en la tramitación de la evaluación ambiental del proyecto en cuestión. Asimismo, se planteaba la posibilidad de que se formulara resolución para las obras comprendidas únicamente en la Fase 1 del mencionado proyecto. Entre la información aportada por el promotor se incluye un escrito de la Dirección General de Patrimonio Cultural Valenciano, de 19 de septiembre de 2011, dirigido al promotor, que incide en que, para poder emitir la declaración ambiental, es necesario que antes el promotor cumpla con la Ley del Patrimonio Cultural Valenciano y aporte al órgano ambiental el anexo patrimonial, sobre el que la Consellería de Turisme, Cultura i Esport podrá emitir el informe definitivo vinculante del artículo 11 de la citada Ley.
En vista de la anterior respuesta, el 1 de marzo de 2012 la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental y Medio Natural remitió al promotor un nuevo escrito de solicitud de información complementaria, solicitando aclaración expresa sobre el posible desistimiento de las posteriores fases del proyecto, así como nueva documentación descriptiva de las obras que compondrían la mencionada «Fase 1» del proyecto y de su funcionamiento. También traslada de nuevo requerimiento relativo a patrimonio cultural.
Mediante escrito de 15 de octubre de 2012, Acuamed informa a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental y Medio Natural que ya ha remitido a la Dirección General de Patrimonio Cultural Valenciano, con fecha 3 de octubre de 2012, el anexo Patrimonial de la Fase I del proyecto, en la forma requerida por la Ley de Patrimonio Cultural Valenciano, y posteriormente, con fecha de 15 de febrero de 2013, el promotor adjunta a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental y Medio Natural el Informe Patrimonial favorable de la Fase I del proyecto solicitado.
b) Consultas complementarias realizadas por el órgano ambiental:
1. Consulta complementaria al Instituto Geológico y Minero de España (IGME): El órgano ambiental solicitó información al IGME con fecha 7 de octubre de 2010, quien respondió, con fecha 28 de enero de 2011, con el documento de Valoración del estudio de impacto ambiental. Consideraciones ambientales sobre Geología, Hidrogeología, Geotecnia y Patrimonio Geológico del proyecto Abastecimiento a la Comarca de Els Ports (Castellón), que se resume a continuación:
Los principios que sustenta el presente proyecto son compartidos por el IGME, tanto la captación de acuíferos regionales profundos del Maestrazgo como única fuente de recursos hídricos susceptible de solucionar el déficit crónico de agua existente, como la mancomunación de la red de distribución urbana, ya que no es posible que cada núcleo urbano cuente con su propio sondeo profundo de captación.
Este organismo manifiesta que en la masa de agua subterránea del Alto Maestrazgo (pozos de Morella y Forcall), no hay relación directa del acuífero con la red hidrográfica y por lo tanto no hay posibilidad de que la explotación del acuífero produzca afección a los ríos. En este caso, el acuífero regional profundo puede ser considerado como un único acuífero de grandes dimensiones, con escasa o nula compartimentación hidrogeológica. Sin embargo, en la masa de agua subterránea Aliaga-Calanda, captada por el sondeo de Zorita, su intensa tectónica provoca numerosas barreras hidrogeológicas que propician la individualización de numerosos acuíferos (compartimentos hidrogeológicos) de muy variable entidad. De acuerdo con esto, la sostenibilidad de la explotación prevista en relación con los recursos disponibles no plantea grandes dudas en los casos de las captaciones de Morella y Forcall, pero sí en el sondeo de Zorita, por cuanto cabe la posibilidad de que se capte un compartimento acuífero de dimensiones, recursos y funcionamiento hidrogeológico incierto. Es por ello que las extracciones de este pozo podrían afectar al manantial de Font Calent, de carácter hipotermal y situado en el cauce del río Bergantes, inmediatamente al norte de la zona de actuación (a unos 2 kilómetros del sondeo de Zorita).
Por ello, y desde el punto de vista de la viabilidad del proyecto, el IGME recomienda que la explotación del acuífero se realice por fases, analizando los datos hidrogeológicos obtenidos, como base para programar la fase siguiente. De esta forma se garantizaría las mínimas afecciones y se programaría la gestión de la explotación del acuífero, por lo que propone su seguimiento mediante control de las extracciones y evolución de los niveles, así como realizando un inventario de puntos de agua de los acuíferos afectados, sobre los que analizar los posibles impactos.
Por otra parte, este organismo considera incompleta la información geológica e hidrogeológica incluida en el Estudio de Impacto Ambiental, por lo que propone una serie de estudios complementarios. También realiza consideraciones sobre las medidas preventivas, correctoras y el plan de vigilancia ambiental.
2. Consultas complementarias a la Dirección General de Patrimonio Cultural Valenciano de la Consejería de Cultura, Educación y Deporte de la Generalidad Valenciana. El órgano ambiental solicitó también con fechas 18 de octubre de 2010, 19 de enero de 2011 y 14 de abril de 2011, informe a esta Dirección General, para recabar información dentro de sus competencias. Las contestaciones de esa Dirección General, con fechas 02/02/2011 y 29 de junio de 2011 informaban que únicamente se había presentado un proyecto de prospección arqueológica por parte del promotor de una pequeña parte del trazado dentro del término municipal de Morella. Asimismo, se indicaba que debería llevarse a cabo con carácter previo la prospección arqueológica de la totalidad de la superficie afectada según la normativa autonómica (artículo 6 del Decreto 208/2010, de 10 de diciembre, por el que se establece el contenido mínimo de la documentación necesaria para la elaboración de los informes a los estudios de impacto ambiental a los que se refiere el artículo 11 de la Ley 1/1998, de 11 de junio, de la Generalidad, del Patrimonio Cultural Valenciano).
3. Consultas complementarias a la Dirección General del Agua de la Consejería de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda. Del mismo modo, el órgano ambiental solicitó informe a la antedicha Dirección General del Agua con fecha 18 de octubre de 2010. La respuesta de dicho organismo se recibió el 23 de noviembre de 2010. En dicho informe se manifiesta que se mantienen las dudas respecto a la viabilidad económica del proyecto en su dimensión actual, y señala que será de gran interés el contar con un proyecto que pudiera desarrollarse por fases y que, sobre todo, esté concebido de manera que si alguna de ellas no se ejecutase, continúe siendo viable y funcional.
c) Desistimiento parcial del proyecto.
El promotor comunicó a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental y Medio Natural, mediante escrito de fecha 23 de marzo de 2012, el desistimiento explícito de varias fases del proyecto, y adjuntó la documentación de las obras que compondrían la mencionada Fase 1 del proyecto.
Los municipios a abastecer en esta fase 1 serán Forcall, Morella, Todolella y Villores, que se abastecerán de los sondeos de Forcal y Morella. Esta fase considera un volumen a garantizar por extracciones de los sondeos de 1,07 hm3/año. El equipamiento de estos sondeos permitirá una extracción en el sondeo de Forcall de 85 l/s y en el sondeo de Morella de 30 l/s, por lo que el caudal conjunto es de 115 l/s.
En esta fase del proyecto no se contemplan extracciones de recursos para las localidades de Ortells, Palanques y Zorita, que se seguirán abasteciendo con el sondeo ya existente de Zorita. Únicamente se realizarán mejoras puntuales en la red de distribución actual para que puedan recibir en buenas condiciones los caudales que demanden.
Se señala que, excepto la reducción de uno de los ramales de la denominada red las vegas, los trazados no han sufrido cambios respecto al diseño inicial del proyecto.
La fase I de ejecución comprende un total de casi 97 km de conducciones de varios diámetros (de un rango entre 32 y 315 milímetros de diámetro nominal): serán 10 nuevos tramos en total, 9 tramos de conducción que tendrán una longitud de 37.172 metros y diámetro nominal de 200 mm, con un dimensionamiento que permita, en un futuro, ampliaciones en la red de distribución para servir al resto de municipios considerados en el área de influencia del proyecto. También se incluye en el presente proyecto un tramo de red de abastecimiento a las numerosas masías con sus explotaciones agropecuarias que se localizan a lo largo de las vegas de los ríos Bergantes, Llivis y Moll. Con esta red se abastece directamente a cada una de las masías consideradas, por lo que no se trata de una red de aducción, sino de distribución. La longitud total de estas conducciones es de más de 59 km, con diámetros que van desde 32 hasta 140 mm. Además de esta red de tuberías, el proyecto contempla la implantación de una serie de actuaciones complementarias, tales como dos depósitos nuevos, cuya finalidad es aportar cota y presión a la red: (depósito cota 910 y depósito Masías), siete estaciones de bombeo y se instalarán cuatro tramos de líneas eléctricas de media tensión, que supondrán un total de 2.800 metros.
Se suprimen, por tanto, con respecto al proyecto inicial, 73 kilómetros de tuberías. El funcionamiento completo de esta fase sería el siguiente:
El agua procedente del sondeo de Forcall es introducido en el depósito de Villores, que a su vez impulsa el agua hasta el depósito existente de Forcall (situado a cota 890). Éste cuenta con dos salidas por gravedad. Una de ellas se dirige hacia Morella, finalizando en un depósito situado en las inmediaciones de la carretera CV-14 (depósito impulsión Morella). Esta conducción es reversible, es decir, mediante un equipo de bombeo puede aportar agua procedente del sondeo de Morella al depósito de Forcall, para aquellos casos en que el sondeo de Forcall no esté en servicio o presente un caudal insuficiente. Desde aquí, el agua vuelve a ser bombeada, hasta un depósito situado en las inmediaciones del actual depósito de regulación de la localidad de Morella, denominado depósito impulsión a Torremiró, ya que en un futuro albergará los equipos de elevación del depósito de Torremiró (no incluido en el presente proyecto). Este depósito conectará por gravedad con el depósito de Morella, desde donde se producirá el abastecimiento a esta localidad.
Por otra parte, el agua procedente del depósito de Forcall pasará por las inmediaciones de los depósitos actuales de regulación de esta localidad, con los cuales conectará mediante una arqueta de derivación. Esta conducción se dirigirá hacia Todolella, hasta conectar con su depósito de regulación.
Por otro lado, el sondeo de Morella conecta con el denominado depósito sondeo de Morella. Este elemento cuenta con dos equipos de bombeo. El primero de ellos eleva el agua hasta el depósito que abastece por gravedad a las vegas del Bergantes, Llivis y Moll, denominado depósito Vegas.
La segunda de las impulsiones trasladará los caudales que eventualmente no demanden las mencionadas vegas hacia el depósito impulsión Morella desde la CV-14. Dado el perfil de la conducción, cuenta con una rotura de carga en su punto más elevado (rotura a Morella)
Por lo tanto, los tramos de conducción incluidos en esta Fase I, con sus correspondientes depósitos e impulsiones, son los siguientes:
Conducciones
Depósito |
Longitud tramo (m) |
Tramo |
---|---|---|
D.Villores |
253 |
Sondeo Forcall - Depósito Villores |
D.Forcall |
5620 |
Depósito Villores - Depósito Forcall |
|
6932 |
Depósito Forcall - Todolella |
Impulsión Morella |
10475 |
Depósito Forcall - Impulsión Morella CV-14 |
Impulsión Torre Miró |
2758 |
Impulsión Morella CV-14 - Impulsión Torremiró |
Impulsión sondeo Morella |
217 |
Sondeo Morella - Impulsión Sondeo Morella |
Rotura a Morella |
895 |
Impulsión sondeo Morella - Rotura Morella |
|
7480 |
Rotura Morella - Impulsión Morella CV-14 |
Vegas |
2542 |
Impulsión Sondeo Morella - DepósitoVegas |
|
59000 |
Red Vegas |
4. Integración de la evaluación
4.1 Análisis ambiental para selección de alternativas. Para el estudio de las alternativas el promotor realizó un análisis previo de las circunstancias ambientales que concurren en la comarca, destacando lo siguiente:
La zona se encuentra en un enclave paisajístico muy particular y de elevado valor.
La población está bastante diseminada y los núcleos urbanos son de escasa población permanente.
Varios núcleos se encuentran dentro de áreas protegidas (parque natural, LIC y ZEPA), por lo que resulta complicado la mejora del abastecimiento sin discurrir por ellas.
La fuente de suministro se encuentra en uno de los extremos de la amplia zona a abastecer, y su cota se encuentra por debajo de, prácticamente, todas las poblaciones a suministrar: este factor unido a la orografía han de llevar necesariamente a diversas elevaciones.
Con estas consideraciones iniciales, las posibilidades de alternativas había que centrarlas mediante un análisis previo que acotara los problemas. Siguiendo este razonamiento, el promotor estableció el «anillo de servicio» principal, y desde los puntos de acumulación de volúmenes, ha estudiado distintas alternativas para el trazado de conducciones necesarias. Las alternativas planteadas se diferencian en el sentido de distribución de los caudales demandados, y son las siguientes:
Alternativa:
1. Zorita - Forcall - Morella - Torre Miró.
2. Zorita - Forcall-Morella y Zorita - Torre Miró.
3. Zorita -Torre Miró - Morella - Forcall y Zorita - Villores.
4. Zorita - Forcall y Zorita -Torre Miró - Morella.
En esta situación, los factores principales para la elección de la alternativa a desarrollar han sido, según el promotor, las consideraciones acerca de la potencia total instalada (con repercusión directa en la tarifa), la ubicación de las instalaciones (bombeos y depósitos), la facilidad de la traza en su construcción, mantenimiento y explotación y la proximidad de dichas instalaciones a núcleos habitados.
Tras el análisis, el estudio de impacto ambiental concluye que la alternativa 2 es la óptima desde el punto de vista ambiental y funcional, por lo que la solución a desarrollar es el abastecimiento a la zona elevando todo el caudal desde el sondeo de Zorita hasta un depósito a construir de cota 910, bien en un solo bombeo o bombeo escalonado (sondeo-depósito de cota 710 – depósito 910). Desde dicho depósito el agua iría por gravedad hasta Forcall y La Mata, se quedaría muy cerca de Morella, desde donde se elevaría al depósito actual de esta población. Desde allí se volvería a elevar hacia Torre Miró.
Por tanto, la alternativa 2 seleccionada consiste en una red de tuberías de 170 kilómetros divididas en 31 tramos para un caudal de diseño estimado a partir del volumen medio a garantizar de 2.756.978 m3, siendo el caudal punta demandado de aproximadamente 110 l/s.
Además de la red de distribución el proyecto contempla la implantación de una serie de actuaciones complementarias, tales como cuatro depósitos, cuya finalidad es aportar cota y presión a la red: (Depósito cota 710, depósito cota 910, depósito Torre Miró y depósito Masías), nueve estaciones de bombeo, además de la estación que eleva actualmente el caudal demandado por Villores que, por su excelente estado actual y capacidad de funcionamiento, formará parte del sistema, y se instalarán 7 tramos de líneas eléctricas de media tensión. Todas tendrán cables aislados con una tensión asignada de 0,6/1 kV y según su trazado y características de la red, la acometida podrá ser: aérea posada sobre fachada, aérea tensada sobre postes, subterránea o aero-subterránea.
El funcionamiento completo propuesto consta de 3 puntos de captación, el sondeo de Zorita y los dos sondeos ejecutados posteriormente y que se equiparán en este proyecto, Forcall y Morella. Así, una vez captado el agua desde el sondeo de Zorita, la distribución se efectúa por impulsión hasta la cota 710, donde se emplazará un depósito que amplíe la capacidad actualmente en servicio, permitiendo la circulación por gravedad hasta la estación de bombeo existente en Villores.
En este punto se incorpora el ramal de conexión del sondeo de Forcall a la red, y comienza un tramo que transporta el agua hasta un depósito situado a la cota 910, que aportará la presión para la circulación por gravedad hasta las estaciones de Morella, Cinctorres y Olocau, donde comienzan los tramos impulsados de cada uno de los ramales que parten del nudo de Forcall. De este nudo parte una red ramificada cuyas arterias de distribución son:
La primera abastece los núcleos al este del eje Zorita-Forcall. Posee una impulsión para elevar el caudal hasta el depósito municipal de Morella, desde aquí parte una conducción por gravedad hacia Chiva de Morella y una segunda estación de bombeo que parte hacia el depósito proyectado de Torre Miró.
El segundo ramal abastece el oeste del eje. La conducción se produce por gravedad hasta los depósitos municipales de Todolella y La Mata. En este último lugar se proyecta una estación de bombeo para el transporte hacia Olocau del Rey.
La tercera ramificación abastece los núcleos al sur del eje Zorita-Forcall. Arranca por gravedad hasta llegar a Cinctorres, donde se impulsa de nuevo el caudal de diseño del ramal completo. Según discurre por los puntos de consumo, se requieren dos estaciones de bombeo adicionales para llegar a Portell de Morella y Castellfort. Una vez alcanzado el depósito de Castellfort, la circulación se produce por gravedad para abastecer Villafranca del Cid y Ares del Maestre.
Asimismo, la actuación contempla la ejecución de una red de abastecimiento a zonas de interés agropecuario. Para ello se contempla una estación de bombeo cercana al sondeo de Morella que eleva el volumen consumido por las masías hasta un depósito de 600 m3, desde el que parte la red de la vega del Moll (longitud total de 33.215 m), la de la vega del Llivis (11.598 m) y la red de la vega de Bergantes (6.402 m) que se conecta al depósito desde donde parte la red de la vega del Llivis y que es abastecido por la red de la vega del Moll. La conexión de impulsión será de fundición de diámetro 80 mm.
Debido al desistimiento expreso del promotor indicado anteriormente, el objeto de esta Resolución es la declaración de impacto ambiental de la fase I de la alternativa 2 seleccionada, descrita en el apartado anterior 3.3.c. Desistimiento parcial del proyecto, que tiene como objetivo dar servicio a los municipios de la comarca con necesidades hídricas más acuciantes (Forcall, Morella, Todolella y Villores).
4.2 Impactos significativos de la alternativa elegida. Medidas preventivas, correctoras y/o compensatorias. Seguimiento ambiental.
Se resumen a continuación los principales efectos ambientales de las actuaciones propuestas en la fase I del proyecto, como consecuencia de la implantación de la infraestructura proyectada.
Calidad atmosférica y acústica: Durante la construcción, el impacto potencial es debido al incremento de polvo en suspensión; se emitirán contaminantes gaseosos procedentes de los motores de combustión. Igualmente, el tráfico y funcionamiento de camiones y maquinaria pesada provocarán ruidos y vibraciones.
Para minimizar estos impactos se realizarán riegos periódicos y se controlarán los niveles de emisión de gases de los equipos accionados por motores de combustión, mediante la medida de los niveles de inmisión. Además, se controlarán los niveles de ruidos durante las obras, comprobando que se cumpla la legislación vigente en materia de ruido.
Edafología y geomorfología: En la fase de ejecución, la ocupación del suelo, así como la alteración de sus características físicas (afección a los horizontes del suelo) y químicas (afección por posibles vertidos accidentales), pueden resultar significativas solamente por la necesidad de espacio para la longitud de la conducción y la actividad de las máquinas. No obstante, los terrenos afectados son, básicamente, caminos rurales por donde discurrirán las conducciones. Los suelos naturales directamente impactados suponen una superficie muy pequeña. Tendrá lugar una modificación de la topografía debido al movimiento de tierras, por la formación de taludes.
Al ser las conducciones de diámetro pequeño, las pistas de trabajo requeridas no serán muy anchas. Las dimensiones de las pistas serán las siguientes: 2 metros para excavación en zanja, 3 metros para la utilización de maquinaria ligera, 5 metros para la circulación de camiones y 3 metros adicionales en las zonas donde sea necesario realizar acopios. Las franjas de ocupación, por tanto, variarán entre un mínimo de 5 metros, para las conducciones de menor diámetro, en la que se empleará maquinaria ligera para trabajar, y un máximo de 10 metros, en los casos donde se requiera ocupar la anchura correspondiente a la excavación de la zanja, la circulación de camiones y los acopios. En general, se utilizará la red de caminos ya existentes que conducen a los trazados de las conducciones sin necesidad de abrir nuevos accesos. Además, se ubicarán los vertederos provisionales y las zonas de acopio fuera de áreas de vegetación natural o hábitats de interés comunitario, utilizando preferentemente los eriales, y se crearán puntos limpios para el almacenamiento temporal de los residuos generados durante las obras. Por otro lado, las zonas en las que se produzca una compactación del suelo serán tratadas mediante un escarificado-subsolado y en los tramos que discurran fuera de caminos, se separará el horizonte orgánico (50 cm superficiales) del resto de tierras, reservándose y empleándose en el tapado final de la zanja.
Para evitar la contaminación del suelo, se procederá a la impermeabilización del área de ubicación del parque de maquinaria e instalaciones auxiliares que lo precisen, y una vez finalizadas las obras será restituida a su estado inicial. Además, se eliminarán los materiales sobrantes de las obras a medida que se vayan terminando los trabajos de construcción.
Los acopios de tierras estarán el menor tiempo posible en disposición de ser erosionados, procediéndose al tapado de las zanjas de forma inmediata a la instalación y se crearán desagües superficiales y perimetrales para las aguas de escorrentía.
Hidrogeología e hidrología: En cuanto a la afección a la hidrogeología, el promotor ha manifestado que en la Fase 1 descrita no se va a actuar sobre el sondeo Zorita. En este sentido, respecto a los otros dos sondeos analizados, el informe del IGME afirma que la importancia de la afección que la explotación planteada ejercería sobre los niveles piezométricos, varía según la masa de agua subterránea considerada. En el caso de la masa de agua subterránea del Alto Maestrazgo (sondeos de Morella y Forcall) los niveles piezométricos se abatirían hacia una nueva posición de equilibrio compatible con la nueva explotación. Este descenso no produciría afección medioambiental ya que dada la elevada profundidad de los niveles piezométricos no existen manantiales ligados al acuífero ni descargas a los ríos. El posible impacto por la extracción de caudales se contemplaba principalmente por las extracciones previstas inicialmente en el sondeo Zorita, que afectaba a la masa de agua subterránea Aliaga-Calanda, pero que ha sido descartado tras desistir de las fases del proyecto que afectaban a dicho sondeo.
En el apartado condiciones al proyecto de esta Resolución se indica diversas condiciones y estudios propuestos por el IGME.
Se podrá producir contaminación por el incremento de sólidos en suspensión en los cursos superficiales durante las obras. Las aguas superficiales podrían sufrir alteraciones por vertidos accidentales de residuos de maquinaria u obra o arrastre de tierras de excavación. Para minimizar el riesgo de contaminación de las aguas, se prohibirá el vertido de todo tipo de sustancias, en particular, aceites, se exigirá el mantenimiento en taller de los vehículos y maquinaria y las hormigoneras empleadas se lavarán en sus plantas de origen. Además, las zonas de préstamos, acopios, áreas de servicio, vertidos y los parques de maquinaria deberán ubicarse en puntos alejados de los cauces y áreas de recarga de acuíferos.
Por otra parte, estas labores constructivas pueden producir un considerable incremento de sedimentos en suspensión, con las consecuencias que ello conlleva en cuanto a perturbaciones en los componentes bióticos y abióticos de los ríos. Por ello, los trabajos en los lechos de los ríos se realizarán durante la época de estiaje. Asimismo, los trabajos de excavación se realizarán intentando minimizar la cantidad de sólidos que queden en disposición de ser arrastrados por las aguas y, en caso de ser necesario, se utilizarán barreras o pequeños muros de contención.
Igualmente, se puede producir alteración hidromorfológica de los cauces por el cruce de las tuberías, por lo que deben programarse adecuadamente para asegurar la mínima alteración. En la información complementaria aportada por el promotor se recoge un inventario de cruces de la conducción proyectada con los cauces existentes. Para la fase I del proyecto, son diez los cruces de la tubería con el LIC fluvial Riu Bergantes. Según esta información, se han diferenciado los cruces con los cauces en función del método utilizado, así se distinguen aquellos cuyo cruce se lleva a cabo mediante el grapado de la tubería al tablero del puente, y aquellos realizados a cielo abierto. En el caso de la existencia de puente, se ha considerado que no se produce afección alguna sobre el cauce intersectado, puesto que no hay que realizar apertura de zanja, valorándose solamente la alteración hidromorfológica como consecuencia de los cruces de cauces a cielo abierto. La construcción de la zanja para la conducción va a suponer una excavación en las márgenes y lecho de los cauces, y posteriormente deberá ser rellenada. El impacto se ha considerado moderado en el caso de los cruces realizados sobre terrenos no modificados con anterioridad a las obras, debido a que es necesaria la adopción de medidas correctoras y protectoras para la restitución de la morfología del cauce en un tiempo no prolongado, tales como rastrillo de escollera en los márgenes y protección con coraza de gavión en el lecho (si la Confederación Hidrográfica del Ebro no considerara oportuno un mejor criterio). Según el inventario realizado por el promotor, en esta fase I serían siete los cruces de cauces con el río Bergantes que requieren la adopción de medidas preventivas o correctoras, que deberán cumplir los requisitos indicados en las condiciones al proyecto de esta Resolución.
Además, las servidumbres de paso del agua serán repuestas sin modificar las existentes y en caso de modificar alguna, se comunicará al Organismo de cuenca.
Se debe prever la posibilidad de construir balsas de decantación para el tratamiento de las aguas residuales y drenajes. Las aguas sanitarias o de servicio se depositarán en pozos ciegos, siendo retiradas periódicamente y desmantelados una vez finalizadas las obras.
Vegetación y hábitat de interés comunitario: Los principales impactos vendrán derivados de las actuaciones de despeje de la vegetación para habilitar la superficie necesaria para los trabajos de construcción a realizar, ajustándose a la anchura de la pista de trabajo. No obstante, para minimizar la afección sobre la vegetación existente, el proyecto contempla que el trazado de las conducciones discurra, en la medida de lo posible, por caminos y pistas ya existentes, siempre que éstos fuesen aptos para albergar la sección de conducción planteada para cada tramo, o bien paralelo a éstos. El resto de infraestructuras se localizarán en zonas más o menos llanas, ocupadas por terrenos agrícolas o baldíos, en las proximidades de otras infraestructuras, minimizando los efectos sobre la vegetación en general. Se utilizará como criterio de exclusión la localización de zonas de acopio y parques de maquinaria en formaciones forestales naturales, hábitats de interés comunitario y espacios naturales protegidos.
La red de caminos y vías de acceso a las zonas de obras será la existente, ya que con ella es suficiente para acceder a la mayor parte de trazado. En aquellas zonas que no cuenten con acceso directo, se utilizará la propia pista de trabajo.
Con los soterramientos de la línea eléctrica se realizarán desbroces y despeje de una franja a ambos lados de la zanja excavada para alojar la línea eléctrica, con una anchura suficiente que permita el tránsito y maniobra de la maquinaria necesaria durante la fase de obras. Una vez finalizada la obra, se procederá a la restauración de la franja ocupada, a excepción de la zona de servidumbre, que deberá ser mantenida a lo largo de la vida útil de la línea eléctrica subterránea.
Una vez finalizadas las tareas de construcción se procederá a la restitución de los terrenos afectados y de la cubierta vegetal, resultando únicamente necesario mantener despejada una banda de 4 metros de ancho como servidumbre permanente aérea para garantizar la correcta operación de la infraestructura, durante la fase de explotación. Sobre la servidumbre permanente se establecerán unas limitaciones, como son la prohibición de arar o cavar a profundidad mayor de 50 centímetros y la prohibición de plantar especies arbóreas de talla alta.
La información complementaria aportada por el promotor incluye un estudio de campo de vegetación abarcando la totalidad del trazado de las conducciones sometidas a estudio. En éste se han localizado ejemplares de flora catalogada, tales como Viscum album (muérdago), en buen estado de conservación, localizada en varios puntos a lo largo del trazado de las conducciones sobre ejemplares del género Pinus, y que figura como vulnerable según Lista Roja de Especies Amenazadas de la Unión Internacional de Conservación de la Naturaleza, y el Ilex aquifolium (acebo), en buen estado de conservación, en el término municipal de Morella, catalogada como especie vigilada, según Catálogo Valenciano de especies de flora amenazada, y Vulnerable en la Lista Roja de Especies Amenazadas de la UICN. De este estudio de campo también se obtuvieron datos sobre el nivel de conservación de la vegetación localizada en el trazado de las conducciones, resultando mayoritaria la superficie de pista de trabajo que afecta a formaciones vegetales que presentan un estado de conservación muy bajo, correspondiéndose mayoritariamente con suelos agrícolas.
El promotor aporta también información en la que caracteriza cuantitativamente la afección previsible de la fase I del proyecto sobre las diferentes formaciones vegetales en función de la superficie de ocupación de la pista de trabajo, así como la superficie de hábitats comunitarios afectados que se encuentran situados en LIC y ZEPA. Sintéticamente, de forma aproximada la afección a matorrales y pastizales es de 28,5 hectáreas, a los eriales y cultivos de cereal de 26,1 hectáreas, a los encinares de 4,7 hectáreas, a los cauces de 2,7 hectáreas, a los almendros y huertos de 1,2 hectáreas, a los pinares de 0,6 hectáreas, a los quejigares de 0,4 hectáreas y a los coscojares de 0,1 hectárea. El resto de superficie afectada se trata de roquedos, viales, edificaciones, así como balsas y charcas.
En cuanto a hábitats de interés comunitario el promotor ha analizado los distintos tipos representados en los espacios de Red Natura, describiendo cada uno de los hábitat presentes y realizando una valoración del estado de conservación, comprobado mediante trabajo de campo. La afección a las diferentes teselas de los hábitat de interés comunitario presentes en los espacios de Red Natura, incluyendo cartografía a escala 1:10.000, se muestra en una tabla que refleja la superficie de hábitat que solapa con la traza de la conducción. La tabla muestra que en el LIC ES5233001 (Tinença de Benifassà, Turmell i Vallivana) y ZEPA ES 0000465 (L’Alt Maestrat, La Tinença de Benifassà, Turmell i Vallivana), la superficie de solapamiento con los hábitat de interés comunitario es de aproximadamente 1,5 hectáreas, y en el caso del LIC ES 5223029 (Riu Bergantes) es de aproximadamente 2,4 hectáreas. La traza solapa con los hábitat siguientes: 3150 Potamiom, 5110 Rubo ulmifolii-Crataegetum brevispinae, 6420 Holoschoenetum vulgaris, 7210 Phragmition communis y Helosciadietum nodiflori, 92A0 Salicetum discoloro-angustifoliae y Populion albae, 9240 Violo wilkommii-Quercetum fagineae, 9340 Quercetum rotundifoliae.
Como medida preventiva, antes del inicio de las obras, se señalizará y balizarán las especies o ejemplares vegetales singulares o comunidades vegetales de especial valor, así como se jalonarán las masas con vegetación natural y hábitats de interés comunitario que se considere necesario. No obstante, el replanteo deberá considerar como criterio prioritario la minimización del número de pies de arbolado a apear. En caso de encontrarse algún ejemplar catalogado, se procederá a su trasplante a terrenos adyacentes y adecuados a sus requerimientos, informando previamente al Organismo competente. Si esta tarea no fuese posible se acometerán las variaciones puntuales de trazado que resulte preciso.
Entre las medidas correctoras se contempla un Plan de Restauración Ecológica y Paisajística de todas las zonas afectadas por la infraestructura planteada en el proyecto, que implica una serie de medidas de revegetación según los distintos tipos de formaciones existentes en la zona de actuación, así como labores de conservación, mantenimiento, plan de obra, calendario de trabajos y presupuesto de restauración. Este Plan propone una recuperación total de la masa de arbolado afectada, densificando y estructurando zonas de matorral degradado, ya que la necesidad de disponer de la zona de servidumbre de la infraestructura imposibilitará la restauración in situ de todas las superficies afectadas.
Se ha utilizado como referencia para definir la tipología de tratamiento el Mapa de series de vegetación de España y Memoria por Rivas Martínez et al (1987), así como la vegetación (tanto el tipo como su estado de conservación) y usos de suelos actuales. De esta forma, han resultado las siguientes tipologías de actuación en el Plan de Restauración:
Cultivos y eriales: en las zonas en las que la restauración va dirigida a la continuidad de esta actividad, por lo que no se procederá a realizar plantación en estas superficies. El tratamiento consistirá en la extensión de la capa de tierra vegetal que previamente se habrá retirado y acopiado, y su arado y descompactación superficial, de forma que quede preparada para su cultivo. La servidumbre establecida condiciona la plantación 2 metros a cada lado de la conducción con especies que no superen los 50 – 100 centímetros, lo que representa un factor limitante para la selección de especies a cultivar.
Formaciones arbóreas de Encinares (Viburno tini-Querceto ilicis; Junipero thuriferae-Querceto rotundifoliae y Bupleuro rigidi-Quercetum rotundifoliae) y Quejigar (Serie Violo willkommii-Querceto faginae). En primer lugar, se cuantificará la pérdida de arbolado y matorral en el área correspondiente a estas series, para posteriormente diseñar de forma definitiva la plantación.
Formaciones de ribera en las zonas en las que se afecta a este tipo de formaciones. (Serie de saucedas de la alianza Salicion triandro-neotrichae), que ocupa la banda de ribera más cercana al cauce, y la serie de las alamedas y las choperas, en zonas donde el nivel freático aún se encuentra cercano a la superficie con suelos temporalmente inundados. Tal y como se ha realizado en el resto de formaciones, se deberá cuantificar la superficie de ribera afectada por las actuaciones. Además de ese parámetro, se medirá la longitud de formación de ribera afectada.
La implantación de la vegetación arbórea y arbustiva se realizará con plantas autóctonas procedentes de los viveros cercanos a la zona de actuación. Las especies en la plantación se distribuirán de forma aleatoria, evitando las formas lineales, distribuyéndose en bosquetes o en pequeñas formaciones monoespecíficas de matorrales.
Como regla general, las plantaciones se realizarán en las zonas directamente afectadas y, cuando esto no sea posible por las servidumbres establecidas, se ejecutarán de forma que se amplíen las zonas de arbolado existente, densificando o estructurando zonas más degradadas, en zonas lo más próximo posible a las afectadas, ya sea de matorral o de arbolado muy abierto.
Por último, se adoptarán medidas correctoras para evitar incendios forestales, retirando los restos de desbroce y tala una vez acabados los trabajos.
Fauna: Durante la fase de obras se podrá producir alteración de hábitats, daños directos sobre madrigueras y nidos, molestias por el ruido, modificación de las condiciones de habitabilidad para ciertas especies, pérdida de lugares de cría y caída de pequeños vertebrados en zanjas. Durante la fase de explotación se considera el posible aumento del riesgo de colisión y electrocución de aves, debido a las nuevas líneas eléctricas.
En la fase de construcción, las principales afecciones mencionadas sobre las especies más singulares o de mayor sensibilidad del ámbito de estudio, como son la nutria (Lutra lutra), el gallipato (Pleurodeles Walt) y la bermejuela (Chondrostoma arcasii), son las debidas al trasiego de maquinaria y personal, la necesidad de desvío del río para poder ejecutar su cruce y la pérdida de hábitat por desbroces de vegetación de ribera. En el caso de la nutria, la población de este mamífero en el río Bergantes supone la única población viable en la Comunidad Valenciana, se encuentra en un estado saludable, presenta gran movilidad y se puede reproducir durante todo el año. Estas cualidades le otorgan gran adaptabilidad ante esos posibles impactos. Sin embargo, en el caso del gallipato y la bermejuela, ambos acuáticos, estos impactos están condicionados por su mayor vinculación al medio acuático y menor movilidad. Las medidas propuestas por el promotor para minimizar estos posibles impactos son la adaptación del calendario de obra, considerando las zonas críticas de conservación de la fauna, y la realización de un Plan de Restauración Ecológica y Paisajística. Las zonas críticas de conservación de fauna son zonas estudiadas por el promotor mediante trabajo de campo, análisis de la selección de hábitat de especies de fauna y consulta a la guardería forestal y a anuarios ornitológicos, con los datos de reproducción de rapaces en el noroeste de Castellón. De toda esta información obtenida, se ha plasmado la más significativa en un plano «Zonas críticas de conservación de fauna», que incluye zonas de cría, dormideros, zonas de concentración, muladares… Además, para reducir las molestias no se prevé la realización de voladuras y no se realizarán trabajos fuera del horario diurno. Por otra parte, el cronograma para las obras se realizará de tal forma que la ejecución de las actuaciones se restrinja al periodo fuera de la época de actividad reproductora de las distintas especies catalogadas (en especial, para el gallipato, la bermejuela y la nutria).
El Plan de Restauración Ecológica y Paisajística tiene como objeto, entre otros, restaurar los hábitats finalmente afectados, de tal forma que no se elimine o fragmente los hábitats propios de estas especies faunísticas. Además, para detectar la presencia/ausencia de especies faunísticas catalogadas, como la nutria, se realizará de forma previa a las obras una prospección por personal especialista. De esta manera, en caso de encontrar ejemplares se procederá a tomar las medidas pertinentes (como su traslocación), previa autorización de la administración competente; por otra parte, se crearán rampas de escape para pequeños mamíferos y reptiles, espaciadas 100 m; y se revisarán las zanjas diariamente al inicio de cada jornada de trabajo.
En fase de explotación, la comunidad de rapaces se verá afectada principalmente por los riesgos de colisión y/o electrocución por la presencia de los tendidos eléctricos. El voltaje de las líneas eléctricas de media tensión del proyecto se ha estimado en 0,6 – 1 KV, que supone una baja peligrosidad de los tendidos en cuanto a electrocución. La documentación complementaria al Estudio de Impacto Ambiental incluye un estudio del riesgo de colisión/electrocución de la avifauna de la zona con los tendidos eléctricos, contrastando la ubicación de las líneas respecto a las zonas de cría de varias especies de aves detectadas en el ámbito de estudio, (zonas críticas de conservación de fauna). Este estudio determina que a pesar de haber adoptado las medidas preventivas y correctoras para las líneas eléctricas proyectadas, existe un riesgo residual, principalmente debido a la colisión contra los tendidos eléctricos debido a factores climáticos, para la avifauna de la zona. El promotor valora la necesidad del soterramiento de las líneas eléctricas cuyos trazados discurren a través de áreas catalogadas ZEPA. En la fase I del proyecto la construcción de líneas eléctricas de media tensión se ha reducido a las siguientes:
1. Línea de 700 m (en el tramo 6).
2. Línea de 630 m (tramo 9).
3. Línea de 800 m (entre los tramos 10 y 11).
4. Línea de 670 m (en ramal Vega del Moll).
La única línea eléctrica que se ubicará dentro de la ZEPA ES0000465 es la «4. Línea de 670 m (en ramal Vega del Moll)». No obstante, todas ellas se encuentran en la IBA número 149, y además la línea eléctrica «3. Línea de 800 m (entre los tramos 10 y 11)» intersecta con una Zona crítica de conservación de fauna, en este caso del milano (Milvus migrans).
Como medida preventiva, antes del inicio de las obras se comprobará que en los trazados propuestos e instalaciones auxiliares proyectadas no se encuentran especies en procesos de cría o nidificación.
Para minimizar los riesgos para la avifauna, las líneas eléctricas proyectadas en las zonas de sensibilidad para la avifauna se instalarán asumiendo las prescripciones del Real Decreto 263/2008, de 22 de febrero, por el que se establecen medidas de carácter técnico en líneas eléctricas de alta tensión, con objeto de proteger la avifauna y Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas para la protección de la avifauna contra la colisión y la electrocución en líneas eléctricas de alta tensión. Aunque es específico para líneas de alta tensión gran parte de sus contenidos son también de aplicación al resto de las líneas. Se ha procurado que los tendidos transcurran junto a otras líneas existentes y por áreas antropizadas. No obstante, los trazados de estas líneas deberán cumplir los requisitos indicados en las condiciones al proyecto de esta Resolución.
Espacios protegidos: La fase 1 del proyecto no contempla los tramos del trazado que entran dentro del LIC L’Alt Maestrat ni entra en el ámbito del PORN del Parque Natural de la Tinença de Benifassà, que, por tanto, no se ven afectados. Prescinde del mayor tramo que cruza la ZEPA L’Alt Maestrat, Tinença de Benifassà, el Turmell i Vallivana, en la que discurre en un trazado próximo a su perímetro y en el recorrido de la Red Vegas. También entra un pequeño tramo dentro del LIC Tinença de Benifassà Turmell i Vallivana, sin interceptar ningún polígono con presencia de hábitats de interés comunitario. Finalmente, es la parte norte del trazado de la fase 1 la que presenta un mayor recorrido dentro del LIC Ríu Bergantes. En definitiva, el recorrido de esta fase de las obras dentro de espacios catalogados LIC es de unos 22 km; y el recorrido dentro de la ZEPA es de unos 71 km. Aunque el trazado de las conducciones no interceptaba directamente con microrreservas de flora, los tramos inicialmente proyectados que más se acercaban a las microrreservas el Bovalar de Cinctorres, Mas del Racó, Mola d’Ares A, Mola d’Ares B y Nevera d’Ares; así como los más proximos a los parajes municipales La Mola de la Vila y la Mola d’Ares tampoco se van a ejecutar en esta primera fase.
En cuanto a la estimación de impactos, las afecciones más relevantes sobre los espacios naturales y sus valores se producirían durante las tareas de excavación. Las medidas protectoras incluidas por el promotor ya se han indicado en los apartados anteriores.
Paisaje: Tras realizar un estudio de paisaje, definiendo y describiendo las unidades por las que discurre el trazado de las conducciones a estudio, el promotor realiza una valoración paisajística del territorio. Las ubicaciones elegidas para las actuaciones están condicionadas por las necesidades técnicas de conducción del agua y en varios casos no se han podido alejar de zonas desde las que existe una mayor percepción. El impacto visual derivado del proyecto tendrá su mayor incidencia en el medio durante la fase de construcción ya que, durante la explotación, las conducciones se encontrarán enterradas siendo únicamente visibles algunos elementos del proyecto, introduciéndose cambios en cuanto a formas y contraste debido, entre otros, a la incorporación de elementos artificiales en el medio, como son los nuevos depósitos.
De los dos trazados que presentan una mayor sensibilidad paisajística, uno de ellos corresponde a la fase I, y es el Tramo 11, que atraviesa el municipio de Morella, (y que el promotor se ha comprometido a modificar tras la alegación propuesta por Promo Business Inmobiliario, S.L y el Ayuntamiento de Morella), por lo que serán en estos puntos en los que se optimizarán la aplicación de medidas preventivas con objeto de minimizar al máximo los posibles impactos sobre el paisaje. Dichas medidas serán las siguientes: se eliminarán los residuos y materiales sobrantes, mediante traslado a vertedero controlado o gestor y se adaptarán las construcciones a la tipología constructiva local. Se recomienda la utilización de materiales nobles y acordes con el entorno. Por otra parte, antes y después de los trabajos de restitución se efectuará una limpieza general de la zona y se retirarán todos aquellos materiales, herramientas, casetas y vehículos utilizados, de manera que definitivamente no quede ningún elemento ajeno al entorno natural del ámbito de las actuaciones.
Patrimonio: Las conducciones discurren próximas a algunos yacimientos arqueológicos catalogados. Además, según el informe del IGME, el trazado de la tubería discurre por el entorno de dos Puntos de Interés Geológico incluidos en el inventario del IGME, tales como río Bergantes y Capas Rojas de Morella.
Una vez realizada la prospección arqueológica para la Fase I del proyecto, y analizados los resultados por los servicios técnicos de la Dirección General de Patrimonio Cultural de la Generalidad Valenciana, se ha constatado la afección directa a dos Bienes de Interés Cultural (gravados rupestres de la Peguesa I y II) y al entorno de otros seis, dos de ellos situados a unos 50 m de distancia, en su mayoría grabados rupestres. Además se ha documentado posible afección directa a yacimientos, en otros 37 casos; e indirecta a 11 yacimientos. El informe de la Dirección General de Patrimonio Cultural señala que la peculiaridad de este patrimonio cultural cuya riqueza se ha incrementado en los últimos años, sobre todo en las comarcas septentrionales, le hace merecedor de la máxima protección legal a la que aspira en su condición de manifestaciones artísticas rupestres de acuerdo con lo dispuesto en la disposición adicional primera de la Ley 4/1998 del Patrimonio Cultural Valenciano.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley 1/1998, de 11 de junio, de la Generalidad, del Patrimonio Cultural Valenciano, el promotor aportó al órgano competente en materia de Patrimonio Cultural de la Comunidad Autónoma anexo patrimonial de la fase I del proyecto, de acuerdo con lo indicado en el Decreto 208/2010, de 10 de diciembre, del Consell, por el que se establece el contenido mínimo de la documentación necesaria para la elaboración de los informes a los estudios de impacto ambiental a los que se refiere el citado artículo 11. La Dirección General de Cultura de la Generalitat Valenciana emitió informe favorable sobre la fase I del proyecto, que fue enviado al promotor con fecha 14 de febrero de 2013. En este informe la Dirección General de Cultura indica medidas para evitar la afección por las obras al patrimonio de naturaleza arquitectónica y arqueológica, etnológica y paleontológica:
Respecto del patrimonio de naturaleza arquitectónica y arqueológica: con anterioridad al inicio de las obras deberá presentarse en la Dirección Territorial de Cultura de Generalitat Valenciana el proyecto constructivo al objeto de evaluar con precisión las afecciones. También deberá presentarse el proyecto de seguimiento arqueológico.
Respecto del patrimonio de naturaleza etnológica: deberán ejecutarse las medidas correctoras propuestas respecto al balizamiento de los elementos etnológicos para evitar cualquier afección. El promotor deberá presentar a la Dirección Genera de Cultura de la Generalitat Valenciana las fichas etnológicas de acuerdo con el modelo de esa Dirección General.
Respecto del patrimonio de naturaleza paleontológica, no existe afección.
No obstante cualquier hallazgo de índole arqueológica o paleontológica deberá ser comunicado inmediatamente a la administración competente y todas aquellas remociones de tierras que puedan afectar a posibles áreas con restos arqueológicos o paleontológicos deben contar con la debida autorización de la Dirección Genera de Cultura de la Generalitat
Asimismo, la ocupación de las vías pecuarias será objeto de solicitud de autorización administrativa ante el organismo competente en la materia (Consejería de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda de la Generalidad Valenciana) y no se producirán cortes que afecten a la circulación ganadera. Para ello se preverán pasos alternativos.
Socioeconomía: Los impactos sobre la población más reseñables son la producción de polvo y el aumento de los niveles de ruido. Por otro lado, podrán verse afectados algunos caminos y carreteras, así como montes públicos. Además, la fase de obras podrá repercutir sobre ciertas actividades económicas, tales como la afección sobre los cultivos o la destrucción de cercados ganaderos. Por último, se facilitará el abastecimiento a instalaciones ganaderas.
Para minimizar estos impactos, se dispondrá señalización para limitar la velocidad de tráfico rodado de maquinaria en los tramos que discurran junto a los núcleos urbanos, y se ubicarán los vertederos temporales a más de 400 m del casco urbano.
Durante la construcción se tomarán todas las precauciones para causar el menor daño a los propietarios de terrenos afectados, no obstante, se preverán indemnizaciones cuando las obras afecten a propiedades privadas o impliquen la existencia de servidumbres y limitaciones de uso. De la misma forma, se atenderá al mantenimiento de distintos servicios afectados y se procederá a la restitución de las zonas de cultivos y de los vallados agrícolas y ganaderos. Además, el promotor queda obligado a la rehabilitación de los daños ocasionados sobre las propiedades durante las obras, siempre y cuando sean imputables a éstos.
Una vez restituidos los terrenos afectados, únicamente resultará necesario mantener despejada una banda de 4 metros de ancho de servidumbre permanente para garantizar la correcta operación de la infraestructura. Sobre dicha servidumbre permanente se establecerán unas limitaciones, como la prohibición de arar o cavar a profundidad mayor de 50 cm y la limitación de plantar árboles y arbustos de porte alto.
4.3 Cuadro sintético de relación entre estos impactos y las medidas que a continuación se detallarán:
Impactos ambientales |
Medidas preventivas y correctoras |
---|---|
Calidad atmosférica y acústica |
|
Ruidos y contaminación atmosférica. |
Riegos para evitar el levantamiento de polvo. Control de los niveles de emisión de gases y de ruidos. |
Suelo |
|
Modificación de la topografía. Alteración de las características físicas y químicas del suelo. |
Planificación previa de la red de caminos y vías de acceso. |
Ubicación de vertederos y zonas de acopio fuera de áreas de vegetación natural o hábitats de interés comunitario. |
|
Creación de puntos limpios. |
|
Descompactación del suelo e impermeabilización del terreno. |
|
Separación del horizonte edáfico del resto de tierras. |
|
Desagües superficiales y perimetrales. |
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Hidrogeología |
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Vertidos sobre los cauces. Incremento de sólidos en suspensión en los cauces. Afecciones a las características hidromorfológicas de los cauces. Alteración de la red subterránea. |
Se prohibirá el vertido de todo tipo de sustancias. |
Ubicación de instalaciones alejadas de cauces y áreas de recarga de acuíferos. |
|
Utilización de técnicas de cruce adecuadas técnica y ambientalmente. |
|
Reposición de arroyos, vaguadas y servidumbres de paso. |
|
No superar caudales de aprovechamiento sostenible del acuífero. |
|
Construcción de balsas de decantación. |
|
Vegetación |
|
Pérdida de la cubierta vegetal. Alteración de hábitats de interés. |
Realización de prospección florística de la traza. |
Acotación de las obras. |
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Jalonamiento de vegetación natural y hábitats de interés natural más próximos, antes de la fase de construcción. |
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Trasplantes de especies protegidas ó cambio del trazado. |
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Medidas de revegetación incluidas en el Plan de Restauración Ecológica y Paisajística. |
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Protección del tronco de ejemplares de árboles aislados. |
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No realización de acopios en áreas con hábitats protegidos. |
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Retirada de restos de desbroce y tala. |
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Reducción del ancho de pista. |
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Fauna |
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Alteración de hábitats. Daños en madrigueras y nidos. Caída de vertebrados en zanjas. Aumento del riesgo de colisión y electrocución de aves. |
Comprobación previa de que no se encuentran especies en procesos de cría o nidificación. |
Creación de rampas de escape. |
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No realización de trabajos fuera del horario diurno. |
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Obras en ZEPA fuera del periodo de nidificación o cría. |
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Soterramiento de líneas eléctricas de media tensión en zonas sensibles. |
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Instalación de salvapájaros y aisladores. |
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Paisaje |
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Cambios en morfología del terreno. |
Eliminación de los residuos y materiales sobrantes. |
Adaptación a la tipología constructiva local. |
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Patrimonio |
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Afección a yacimientos arqueológicos y vías pecuarias. |
Paralización de la obra en caso de detección de restos arqueológicos. |
Balizamiento de los elementos etnológicos para evitar afecciones. |
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Presentación de proyecto de seguimiento arqueológico. |
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Solicitud administrativa para la ocupación de las vías pecuarias. |
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Socioeconomía |
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Aumento de niveles de ruido. Afección a servicios y actividades económicas y abastecimiento a instalaciones ganaderas. |
Señalización para limitar la velocidad. |
Ubicación de vertederos a más de 400 m del casco urbano. |
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Mantenimiento de los servicios afectados. |
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Restitución topográfica y restitución de los vallados afectados. |
5. Condiciones al proyecto
Para la realización del proyecto, el promotor deberá cumplir todas las medidas preventivas y correctoras contempladas en el estudio de impacto ambiental y en el plan de vigilancia ambiental, así como las siguientes condiciones de protección ambiental específicas:
Durante la elaboración del proyecto constructivo:
En el caso de que se puedan ver afectados torres, castillos o cualquier otro tipo de construcciones de naturaleza defensiva, considerados Bienes de Interés Cultural (BIC) de acuerdo con la Ley de Patrimonio Cultural Valenciano, se encuentren o no los mismos recogidos en listado oficial, deberá obtenerse autorización expresa de la Dirección General de Patrimonio Cultural de la Generalitat Valenciana. Además, en caso de afectar a algún elemento arqueológico se informará previamente a la Dirección General de Patrimonio Cultural. Por otra parte, al realizar el trazado definitivo del proyecto se aportará nueva documentación sobre la formación Arcillas de Morella, rica en restos paleontológicos, así como se realizará un seguimiento arqueológico de los movimientos de tierra que afecten a esta formación.
En el proyecto constructivo se deberán detallar las características, ubicación y número de todas las instalaciones, infraestructuras y acciones de las que consta el apartado de medidas correctoras del estudio de impacto ambiental, así como de la información complementaria al estudio, que se ejecutarán durante la actuación (destacando, entre otras, las balsas de decantación, barreras de contención, salvapájaros, aisladores, rampas de escape, transplantes de vegetación, etc). Se detallará la ubicación y características de las instalaciones y elementos auxiliares, excluyendo para su localización espacios naturales protegidos, hábitats de interés comunitario, etc. Se presupuestarán dichas medidas.
Se realizará un estudio sobre los distintos métodos posibles para ejecutar el cruce de conducciones de forma subterránea bajo los cauces, prestando especial atención a los principales elementos del cauce a tener en cuenta a la hora de elegir la técnica de cruce, que tiene que justificarse tanto por cuestiones constructivas como por cuestiones medioambientales. En todo caso, se minimizará el número de cruces con los cauces. Los tramos de sensibilidad alta, es decir, aquellos en los que el trazado del cruce coincide con el LIC fluvial, o bien presentan especies amenazadas recogidas en los catálogos nacionales y autonómicos deberán ser restaurados a su estado original posteriormente a su realización, utilizando técnicas de restitución del cauce que utilicen la vegetación como elemento principal de estabilización y control de la erosión, mediante revegetado y/o reforzado con materiales naturales o biodegradables propios del medio, evitando la construcción de la escollera y la coraza de gavión. Si no fuese posible su restauración al estado preoperacional se modificará el trazado de la conducción, revisando el punto de cruce o bien se revisará la técnica de cruce a emplear (eligiendo otras técnicas de cruce sin zanja)
Se realizará una prospección de vegetación por un especialista botánico, evaluando el estado y características específicas de los polígonos ocupados por hábitats de interés comunitario y las posibilidades de recuperación de los mismos tras las obras, así como identificando las formaciones vegetales singulares ó ejemplares catalogados, con el objeto de definir de forma definitiva el trazado de las conducciones y demás infraestructuras del proyecto, cumpliendo en todo caso las medidas preventivas y correctoras asumidas por el promotor.
El promotor deberá realizar una prospección y estudio de la situación actual de las especies de fauna amenazadas presentes en el ámbito del proyecto mediante técnicos especialistas, corroborando la adecuación de las zonas críticas incluidas en la cartografía presentada. Estos estudios deberán contar con la conformidad del órgano autonómico competente en la materia.
El cronograma del proyecto constructivo deberá recoger las limitaciones temporales por período de reproducción, nidificación y cría de las especies de avifauna sensibles tras la actualización de los inventarios y estudios indicados en el punto anterior. Dicho cronograma se presentará al órgano autonómico competente, que deberá prestar conformidad.
Se soterrará la siguiente línea eléctrica de baja-media tensión: Línea de 670 m (en ramal Vega del Moll), y localizada en el municipio de Morella, que atraviesa la ZEPA ES0000465, tal y como valoró el promotor en su documentación complementaria.
Se condiciona el soterramiento de la Línea de 630 m (tramo 9), que limita con la ZEPA ES0000465, e intersecta con la IBA nº 149 Puertos de Morella, a la actualización de la información de los inventarios de avifauna, así como a la localización de las zonas de cría. En el caso de confirmarse que esta línea eléctrica sigue cruzando la zona crítica de conservación del Milano (Milvus migrans), pudiendo provocar importantes impactos a esta especie, se proyectará su soterramiento.
Tal y como ha considerado el promotor, durante la elaboración del proyecto constructivo, se realizará un estudio específico del roquero rojo (Monticola saxatilis), que se tendrá en cuenta a la hora de definir el trazado definitivo de las infraestructuras.
Según las conclusiones obtenidas por el IGME, resultaría de gran interés desarrollar estudios específicos sobre geología y geotecnia en las zonas de ubicación de los depósitos de agua y trazados de las tuberías, para conocer los posibles riesgos de hundimiento, inestabilidad de laderas, expansión de arcillas o pérdidas de suelo. También se realizará un estudio geológico más detallado de la zona de actuación que afecte al término municipal de Morella, incluyendo cartografía geológica 1:25.000, de las denominadas Capas Rojas de Morella.
Según informó en su momento el Servicio de Prevención de Incendios y Sanidad Forestal de la Dirección General de Gestión del Medio Natural, se diseñará un programa de prevención y extinción de incendios específico para el proyecto acorde con lo establecido en el Plan de Prevención de Incendios Forestales de la Generalitat Valenciana y se cumplirá lo establecido en el Decreto 7/2004, de 23 de enero, del Consejo de la Generalitat, por el que aprueba el pliego general de normas de seguridad en prevención de incendios forestales a observar en la ejecución de obras y trabajos que se realicen en terreno forestal o en sus inmediaciones.
Previamente a la ejecución de las obras:
Respecto del patrimonio de naturaleza arquitectónica y arqueológica: con anterioridad al inicio de las obras deberá presentarse en la Dirección Territorial de Cultura de la Generalitat Valenciana el proyecto constructivo al objeto de que esa Dirección General determine con precisión las afecciones, y en su caso, las medidas aplicables. De la misma forma deberá presentar el proyecto de seguimiento arqueológico.
Respecto del patrimonio de naturaleza etnológica: El promotor deberá presentar a la Dirección Genera de Cultura de la Generalitat Valenciana las fichas etnológicas de acuerdo con el modelo de esa Dirección General.
Tras completar el estudio de afecciones que se podría ocasionar al patrimonio geológico-minero, y en el caso de detectar posibles impactos sobre estos bienes, se replanteará el trazado de la red como medida preventiva para minimizar los daños sobre este patrimonio.
De igual forma, el proyecto constructivo se presentará al órgano autonómico responsable de la Red Natura, quien deberá mostrar su conformidad al trazado de detalle, a las afecciones producidas finalmente y a las medidas preventivas y correctoras propuestas, que deben ajustarse a lo estipulado en las condiciones la proyecto de esta Resolución.
Durante la ejecución de las obras:
Cualquier hallazgo de índole arqueológica o paleontológica deberá ser comunicado inmediatamente a la administración competente y todas aquellas remociones de tierras que puedan afectar a posibles áreas con restos arqueológicos o paleontológicos deben contar con la debida autorización de la Dirección General de Cultura de la Generalitat.
Si apareciesen cuevas, simas u otras cavidades subterráneas, se comunicará a la Consejería de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente de la Generalitat Valenciana, dado que estas formaciones se hallan protegidas por la Ley 11/1994, de 27 de Diciembre, de Espacios Naturales Protegidos de la Comunidad Valenciana.
Según ha manifestado el promotor, no se modificará el régimen de explotación del Sondeo Zorita durante la explotación de la Fase 1 del proyecto. No obstante, y para garantizar las mínimas afecciones y programar la gestión de la explotación del acuífero en futuras ampliaciones del proyecto, el promotor deberá crear una red de control y seguimiento de extracciones, ya que actualmente no se puede establecer la evolución de los niveles piezométricos al no disponer de información piezométrica ni de un inventario de puntos de agua del acuífero explotado.
Especificaciones para el seguimiento ambiental:
El estudio de impacto ambiental dispone de un programa de vigilancia ambiental (PVA) para verificar el cumplimiento de las medidas protectoras y correctoras propuestas, comprobar que los impactos producidos son los previstos y que las medidas previstas funcionan minimizándolos, así como identificar los impactos no previstos.
Este PVA incluye una serie de acciones de vigilancia durante la fase de obras, entre las que destacan el control de niveles de polvo y niveles de ruido, de la generación, almacenamiento y eliminación de los residuos, vigilancia del funcionamiento de la red de ríos, barrancos y ramblizos, control de la retirada, acopio y mantenimiento de las capas de tierra vegetal, vigilancia de las obras en las zonas próximas a formaciones de vegetación natural o hábitats de interés, control de la presencia de ejemplares de árboles notables y control de las obras para evitar afecciones a especies de fauna protegida o amenazada.
Por otro lado, durante la fase de funcionamiento se procederá, entre otros, a la detección de posibles pérdidas de agua y se vigilará el crecimiento de la vegetación sobre las conducciones y bajo las líneas eléctricas, llevando a cabo los desbroces selectivos necesarios.
Tal y como indica el informe del IGME, se deberán realizar las actividades de control continuo de las extracciones y evolución de niveles en los pozos y los acuíferos implicados en el proyecto, utilizando contadores, así como instalar una red de control de aguas subterráneas, y realizar un seguimiento de los cursos de agua superficial. Se determinarán los umbrales piezométricos que permitan establecer la relación río-acuífero, afección a manantiales o vaciado excesivo de las reservas. El promotor también realizará un control de los riesgos geológicos, hidrogeológicos y geotécnicos.
Por último, el promotor deberá explicitar, en los carteles anunciadores de las obras correspondientes al proyecto evaluado, el BOE en el que se publica la Declaración de Impacto Ambiental.
En consecuencia, el Secretario de Estado de Medio Ambiente, a la vista de la propuesta de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental y Medio Natural, formula declaración de impacto ambiental favorable a la realización del proyecto Abastecimiento a la comarca de Els Ports, al concluirse que siempre y cuando se autorice en la alternativa 2 de la fase 1 y en las condiciones anteriormente señaladas, que se han deducido del proceso de evaluación, no producirá impactos adversos significativos.
Lo que se hace público, de conformidad con el artículo 12.3 del texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos, y se comunica a la Dirección General del Agua (Subdirección General de Infraestructuras y Tecnologías) del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente para su incorporación al procedimiento de aprobación del proyecto.
Madrid, 24 de julio de 2013.–El Secretario de Estado de Medio Ambiente, Federico Ramos de Armas.
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