En el recurso contencioso-administrativo número 212/2012, promovido por GAS NATURAL SDG, SA, la Sala Tercera (Sección Tercera) del Tribunal Supremo ha dictado Sentencia, de fecha 8 de julio de 2013, en cuya parte dispositiva se acuerda publicar los apartados primero y segundo que son del tenor literal siguiente:
FALLAMOS
Estimar parcialmente el recurso número 212/2012 interpuesto por «Gas Natural SDG, SA», contra la Orden del Ministerio de Industria, Energía y Turismo IET/3586/2011, de 30 de diciembre, que establece los peajes de acceso a partir de 1 de enero de 2012 y las tarifas y primas de las instalaciones del régimen especial.
Anular, por ser disconforme con el ordenamiento jurídico, la disposición adicional sexta de la referida orden.
Declarar que los artículos 3.3 (previsión del déficit de ingresos en las liquidaciones de las actividades reguladas durante el año 2012 y los artículos 7.1 y 7.2 (peajes de acceso fijados en el anexo I), así como de la parte correspondiente del referido anexo I, todos ellos de la citada Orden IET/3586/2011, ya han sido objeto de anulación en la sentencia de 2 de junio de 2012, dictada en el recurso número 52/2012.
Desestimar el resto de las pretensiones de la demanda.
Publicar los apartados primero y segundo de este fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
No imponer la condena en costas.
Así por esta nuestra sentencia, que deberá insertarse en la Colección Legislativa, lo pronunciamos, mandamos y firmamos: Pedro José Yagüe.–Manuel Campos.–Eduardo Espín.–José Manuel Bandrés.–María Isabel Perelló.–Rubricados.
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