El Real Decreto 878/2011 y el Real Decreto 879/2011, ambos de 24 de junio, regulan los títulos de Técnico Deportivo en Salvamento y Socorrismo y Técnico Deportivo Superior en Salvamento y Socorrismo, y fijan sus enseñanzas mínimas y los requisitos de acceso. La disposición transitoria segunda del Real Decreto 878/2011, de 24 de junio, establece el plazo para el reconocimiento de las formaciones deportivas a las que se refiere la disposición transitoria primera del Real Decreto 1363/2007, por el que se regula la ordenación general de las enseñanzas deportivas de régimen especial.
Las formaciones de entrenadores deportivos llevadas a cabo por las Federaciones deportivas y los órganos competentes de las Comunidades Autónomas, pueden obtener el reconocimiento a efectos de correspondencia formativa según se establece en la Orden EDU/3186/2010, de 7 de diciembre, por la que se regulan los aspectos curriculares, los requisitos generales y los efectos de las actividades de formación deportiva, a los que se refiere la disposición transitoria primera del Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre.
La solicitud de reconocimiento se podrá formular por las Comunidades Autónomas y las Ciudades de Ceuta y Melilla cuando se haya producido la publicación del Real Decreto que establece el título de Técnico Deportivo o Técnico Deportivo Superior en la modalidad.
La citada Orden EDU/3186/2010, de 7 de diciembre exige que para que las formaciones puedan obtener el efecto académico, cuenten con la autorización de la Administración competente en este ámbito, y además, con el reconocimiento del Consejo Superior de Deportes.
La Dirección General de Deportes de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha ha solicitado del Consejo Superior de Deportes el correspondiente reconocimiento de las formaciones deportivas de salvamento y socorrismo, que previamente autorizó mediante Resolución, con el objeto de que puedan obtener los efectos académicos ya señalados.
Por ello, una vez efectuada la instrucción del procedimiento conforme a lo previsto en el apartado Decimoquinto de la Orden de 30 de julio de 1999, y en virtud de las competencias que se atribuyen al Consejo Superior de Deportes en el apartado Decimoquinto de la Orden de 30 de julio de 1999, resuelvo:
A los efectos de correspondencia formativa con las enseñanzas deportivas de régimen especial de las formaciones llevadas a cabo conforme a lo previsto en la disposición transitoria primera del Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre, se otorga el reconocimiento al que se refiere el artículo 33 de la Orden EDU/3186/2010, de 7 de diciembre, a las formaciones deportivas de Monitor de Salvamento Acuático Deportivo de nivel I, Entrenador Auxiliar de Salvamento Acuático de nivel II y Entrenador Superior de Salvamento Acuático de nivel III, autorizadas por la Dirección General de Deportes de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha e impartidas por la Federación de Salvamento y Socorrismo de Castilla-La Mancha que se detallan en el Anexo de la presente Resolución.
La superación de la totalidad de las actividades formativas de Monitor de Salvamento Acuático Deportivo de nivel I dará lugar a la correspondencia formativa de módulos de enseñanza deportiva, a la equivalencia profesional, y, en su caso, a los mismos efectos académicos que el certificado académico oficial de superación del ciclo inicial de grado medio en salvamento y socorrismo.
La superación de la totalidad de las actividades formativas de Entrenador Auxiliar de Salvamento Acuático de nivel II dará lugar a la equivalencia profesional y, en su caso, a la homologación con el título de Técnico Deportivo en Salvamento y Socorrismo.
La superación de la totalidad de las actividades formativas de Entrenador Superior de Salvamento Acuático de nivel III dará lugar a la equivalencia profesional y, en su caso, a la homologación con el título de Técnico Deportivo Superior en Salvamento y Socorrismo.
A los efectos de equiparación con las enseñanzas deportivas de régimen especial, quedarán inscritas en el Consejo Superior de Deportes las formaciones reconocidas conforme a lo establecido en el apartado Primero de la presente Resolución, que dieron lugar a la expedición de los correspondientes certificados y diplomas de entrenadores deportivos.
La presente Resolución pondrá fin a la vía administrativa, pudiendo ser recurrida potestativamente en reposición, en el plazo de un mes y ante el Presidente del Consejo Superior de Deportes, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, o directamente, mediante la interposición de recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso - Administrativo, conforme a lo establecido en el artículo 9.c) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosa-Administrativa, y el artículo 90.4 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su notificación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.
Madrid, 10 de septiembre de 2013.–El Presidente del Consejo Superior de Deportes, Miguel Cardenal Carro.
Diploma de Monitor de salvamento acuático deportivo. Nivel 1
N.º |
Autorizado por |
Lugar |
Fechas |
Código de plan |
---|---|---|---|---|
1 |
Resolución 19/1/2007. |
Toledo. |
20/2/2007 al 20/12/2007 |
PT0807SSSS0101 |
2 |
Resolución 18/1/2008. |
Cuenca. |
21/2/2008 al 19/12/2008 |
PT0808SSSS0101 |
3 |
Resolución 18/1/2010. |
Tarancón (Cuenca). |
2/2/2010 al 21/12/2010 |
PT0810SSSS0101 |
4 |
Resolución 8/1/2012. |
Tarancón (Cuenca). |
1/6/2012 al 23/12/2012 |
PT0810SSSS0101 |
Total de cursos reconocidos: 4.
Diploma de Entrenador auxiliar de salvamento acuático. Nivel 2
N.º |
Autorizado por |
Lugar |
Fechas |
Código de plan |
---|---|---|---|---|
1 |
Resolución 18/1/2010. |
Tarancón (Cuenca). |
2/2/2010 al 21/12/2010 |
PT0810SSSS0201 |
2 |
Resolución 8/1/2011. |
Tarancón (Cuenca). |
1/2/2011 al 20/12/2011 |
PT0810SSSS0201 |
Total de cursos reconocidos: 2.
Diploma de Entrenador superior de salvamento acuático. Nivel 3
N.º |
Autorizado por |
Lugar |
Fechas |
Código de plan |
---|---|---|---|---|
1 |
Resolución 8/1/2012. |
Tarancón (Cuenca). |
1/6/2012 al 23/12/2012 |
PT0812SSSS0301 |
Total de cursos reconocidos: 1.
Código de plan: PT0807SSSS0101
Requisitos de acceso: Título de Graduado en Secundaria o equivalente a efectos académicos. 16 años. Pruebas de acceso de carácter específico.
|
|
Horas |
---|---|---|
Bloque común. |
Fundamentos biológicos |
15 |
|
Comportamiento y aprendizaje |
10 |
|
Teoría y práctica del entrenamiento deportivo |
15 |
|
Organización y legislación del deporte |
5 |
|
Total bloque común |
45 |
Bloque específico. |
Formación técnica, táctica y reglamentos |
10 |
|
Didáctica de la especialidad |
20 |
|
Seguridad e higiene en el deporte |
10 |
|
Desarrollo profesional |
15 |
|
Fundamentos biológicos en el deporte |
20 |
|
Total bloque específico |
75 |
Requisitos posteriores. |
Periodo de prácticas |
150 |
Carga lectiva total: 270 horas.
Código de plan: PT0808SSSS0101
Requisitos de acceso: Título de Graduado en Secundaria o equivalente a efectos académicos. 16 años. Pruebas de acceso de carácter específico.
|
|
Horas |
---|---|---|
Bloque común. |
Fundamentos biológicos Tarancón (Cuenca) |
15 |
|
Comportamiento y aprendizaje |
10 |
|
Teoría y práctica del entrenamiento deportivo |
15 |
|
Organización y legislación del deporte |
5 |
|
Total bloque común |
45 |
Bloque específico. |
Formación técnica, táctica y reglamentos |
22 |
|
Didáctica de la especialidad |
18 |
|
Seguridad e higiene en el deporte |
19 |
|
Desarrollo profesional |
12 |
|
Fundamentos biológicos en el deporte |
4 |
|
Total bloque específico |
75 |
Requisitos posteriores. |
Periodo de prácticas |
150 |
Carga lectiva total: 270 horas.
Código de plan: PT0810SSSS0101
Requisitos de acceso: Título de Graduado en Secundaria o equivalente a efectos académicos. 16 años. Pruebas de acceso de carácter específico.
|
|
Horas |
---|---|---|
Bloque común. |
Fundamentos biológicos |
15 |
|
Comportamiento y aprendizaje |
10 |
|
Teoría y práctica del entrenamiento deportivo |
15 |
|
Organización y legislación del deporte |
5 |
|
Total bloque común |
45 |
Bloque específico. |
Formación técnica, táctica y reglamentos |
32 |
|
Didáctica de la especialidad |
30 |
|
Seguridad e higiene en el deporte |
11 |
|
Desarrollo profesional |
2 |
|
Total bloque específico |
75 |
Requisitos posteriores. |
Periodo de prácticas |
150 |
Carga lectiva total: 270 horas.
Código de plan: PT0810SSSS0201
Requisitos de acceso: Título de Graduado en Secundaria o equivalente a efectos académicos. 16 años. Nivel I de salvamento y socorrismo. Pruebas específicas de acceso
|
|
Horas |
---|---|---|
Bloque común. |
Fundamentos biológicos |
25 |
|
Comportamiento y aprendizaje |
15 |
|
Teoría y práctica del entrenamiento deportivo |
25 |
|
Organización y legislación del deporte |
5 |
|
Total bloque común |
70 |
Bloque específico. |
Formación técnica, táctica y reglamentos |
110 |
|
Didáctica de la especialidad |
40 |
|
Entrenamiento específico |
50 |
|
Desarrollo profesional |
10 |
|
Total bloque específico |
210 |
Requisitos posteriores. |
Periodo de prácticas |
200 |
Carga lectiva total: 480 horas.
Código de plan: PT0812SSSS0301
Requisitos de acceso: 18 años. Título de Bachiller o equivalente a efectos académicos. Nivel II de salvamento y socorrismo. Pruebas específicas de acceso.
|
|
Horas |
---|---|---|
Bloque común. |
Fundamentos biológicos |
35 |
|
Comportamiento y aprendizaje |
10 |
|
Teoría y práctica del entrenamiento deportivo |
30 |
|
Organización y legislación del deporte |
25 |
|
Total bloque común |
100 |
Bloque específico. |
Formación técnica, táctica y reglamentos |
150 |
|
Entrenamiento específico |
100 |
|
Seguridad e higiene en el deporte |
25 |
|
Desarrollo profesional |
25 |
|
Total bloque específico |
300 |
Requisitos posteriores. |
Periodo de prácticas |
200 |
Carga lectiva total: 600 horas.
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