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De conformidad con lo dispuesto en la regla 38 de la Orden EHA/2045/2011, de 14 de julio, por la que se aprueba la Instrucción de Contabilidad para la Administración Institucional del Estado, que regula la obligación de publicar en el «Boletín Oficial del Estado» la información relativa a las cuentas anuales que determine la Intervención General de la Administración del Estado, de acuerdo con lo establecido en el artículo 136.4 de la Ley General Presupuestaria, se deberá efectuar la publicación de las cuentas anuales en el plazo de un mes, contado desde la fecha en la que la Intervención General de la Administración del Estado presente las respectivas cuentas ante el Tribunal de Cuentas, quedando regulado el contenido mínimo de la información a publicar en la disposición segunda de la Resolución de 28 de mayo de 2012 de la Intervención General de la Administración del Estado.
En cumplimiento de lo establecido en las citadas normas, he resuelto proponer la publicación del resumen de las cuentas anuales del Servicio Militar de Construcciones correspondientes al ejercicio 2012, que figura como anexo a la presente resolución.
Madrid, 2 de septiembre de 2013.–El Director General Gerente del Servicio Militar de Construcciones, Carlos Eugenio Parra Blanco.
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